BOC - 2012/170. Jueves 30 de Agosto de 2012 - 4388

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4388 - Viceconsejería de Industria y Energía.- Anuncio de 2 de julio de 2012, por el que se someten a información pública las solicitudes de autorización administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación eléctrica "Subestación 66/30 KV de Montaña Mina II y L.A.T. S.E. Montaña Mina II-S.E. Callejones", en los términos municipales de Arrecife y San Bartolomé de Lanzarote.- Expte. ER 12/0010.

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Solicitada autorización administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública ante esta Viceconsejería de Industria y Energía de las instalaciones eléctricas que se citan en el expediente ER 12/0010, y a los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de la empresa Alas Capital & G.N., S.A., con domicilio en el paseo de La Cornisa, nº 3, oficina 10, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, sobre la siguiente instalación:

- Instalación: Subestación 66/30 kV de Montaña Mina II y Línea de Alta Tensión desde la subestación Montaña Mina II hasta la futura subestación Callejones.

- Términos municipales: Arrecife y San Bartolomé de Lanzarote.

- Características técnicas:

* Punto de conexión: Futura Subestación Callejones 66 kV.

* Subestación eléctrica de generación con relación de transformación 30/66 kV, a la que se interconectarán los Parques Eólicos Montaña Mina II (ER10/0007) y Chimida (ER10/0008), con la configuración indicada a continuación.

- Se dispondrá de un edificio en una sola planta, que contendrá el centro de control del parque eólico de Montaña Mina II, el control de la subestación proyectada, las cabinas de media tensión de los diferentes embarrados de 30 kV y los cuadros de baja tensión de los sistemas auxiliares, todos ellos convenientemente separados.

- Transformador trifásico 66/30 kV de 20,5 MVA, tipo intemperie, aislado en aceite mineral, con regulación en carga en el lado de alta tensión.

- La subestación dispone del espacio necesario para incorporar los elementos de interrupción, seccionamiento y aislamiento de circuitos, transformadores de protección y medida, así como del transformador de potencia, necesarios para la interconexión con las cabinas de 30 kV de Generación del parque eólico.

- En concreto, la posición de 66 kV estará equipada con la siguiente aparamenta: módulo intemperie aislado en SF6 con interruptor automático tripolar, seccionador trifásico con cuchillas de puesta a tierra para la llegada de línea y tres transformadores de intensidad (del tipo módulo HIS); tres transformadores de tensión inductivos de 66 kV; seis autoválvulas para el lado de 66 kV (sistema puesto a tierra directamente) y tres autoválvulas para el lado de 30 kV (sistema aislado de tierra).

* Línea de evacuación aérea de 66 kV con origen en la subestación proyectada y final en el punto de conexión a la red, contando con 14 apoyos y conductores LARL-180 de aluminio-acero recubierto, con una sección total de 181,6 mm2 y 2.870 metros de longitud aproximada.

* El cable de fibra óptica utilizado es del tipo AUTO-48, con una sección resistente de 179,1 mm2.

* Presupuesto: asciende a la cantidad de un millón setecientos setenta y un mil seiscientos cuarenta y nueve euros con treinta céntimos (1.771.649,30 euros).

La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general y, también, especialmente a los propietarios y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al final de este anuncio como anexo, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, para que, por cualquier interesado pueda ser examinado el Proyecto de ejecución y Documento técnico de afecciones de la instalación en la oficina de esta Viceconsejería, sita en la planta 2ª del Edificio de Usos Múltiples III en Las Palmas de Gran Canaria en horario de 11:00 a 13:00, así como en los Ayuntamientos de San Bartolomé de Lanzarote y Arrecife y Cabildo Insular de Lanzarote, y formularse, por duplicado, las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el apartado 5º del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de julio de 2012.- La Viceconsejera de Industria y Energía, Francisca Luengo Orol.



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