BOC - 2012/142. Viernes 20 de Julio de 2012 - 3742

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

3742 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 29 de junio de 2012, de la Secretaria, por el que se hace pública la Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 32/12, incoado a Dña. María José Rodríguez Moreno en ignorado paradero.

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Siendo ignorado el paradero de Dña. María José Rodríguez Moreno a efectos de la notificación de la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 32/12, seguido por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda protegida de promoción pública sita en el término municipal de La Laguna, Grupo 18 Viviendas Camino La Hornera, 2º Fase, Avenida de la Libertad, nº 13, Edificio Araucaria, portal 2, viviendas nº 13, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

ANUNCIO

Notificar a Dña. María José Rodríguez Moreno la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 26 de junio de 2012, recaída en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido, cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"Resolver la adjudicación de la vivienda protegida de promoción pública sita en el término municipal de La Laguna, Grupo 18 Viviendas Camino La Hornera, Avenida La Libertad, nº 13, Edificio Araucaria, portal 2, vivienda nº 13, desahuciando a Dña. María José Rodríguez Moreno por no destinarla como domicilio habitual y permanente, requiriéndole para que en el plazo de quince días a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución, desaloje las pertenencias que, en su caso, pudiese tener en el inmueble, con apercibimiento de proceder de lo contrario al lanzamiento de cuantos muebles y enseres de su propiedad se encontrasen en el mismo.

El lanzamiento será ejecutado por el Instituto Canario de la Vivienda, que designará a las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabará la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.

Contra este acto que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de junio de 2012.- La Secretaria, Pilar Herrera Rodríguez.



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