Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, de 14.12.07), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación de los artículos 1 y 27 de los estatutos de la asociación profesional que se detalla:
Artº. 1.- Denominación: queda redactado con el siguiente texto:
De conformidad con el artº. 22 de la Constitución Española se constituye la Asociación no lucrativa, denominada Asociación de Colegios Profesionales de Canarias, ...
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle León y Castillo, nº 44, Las Palmas de Gran Canaria.
Artículo 27.- Asociados-Ámbito Profesional: queda redactado con el siguiente texto:
Podrán ser miembros de la Asociación todos aquellos Colegios Profesionales que, a petición propia y reuniendo las condiciones ...
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: Dña. Sandra Santana Trujillo, Dña. Daniel Celis Sosa, D. Francisco Javier Sánchez Eizaguirre y D. Juan Antonio García González.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de 2012.- La Directora General de Trabajo, Gloria del Pilar Gutiérrez Arteaga.
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