BOC - 2012/053. Jueves 15 de Marzo de 2012 - 1371

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

1371 - Viceconsejería de Política Territorial.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 2 de marzo de 2012, relativa a la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y emplazamiento de los interesados en el procedimiento administrativo nº 6/2012 iniciado por Tecorene, S.L., Kabana, S.A. e Iber Park, S.A., contra el Decreto 307/2011, de 27 de octubre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Insular de Ordenación de El Hierro.

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En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el procedimiento 6/2012, iniciado por Tecorene, S.L., Kabana, S.A. e Iber Park, S.A., contra el Decreto 307/2011, de 27 de octubre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Insular de Ordenación de El Hierro.

Considerando que el Tribunal Constitucional ha deducido de la consagración constitucional del derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales, la existencia de un deber de estos de promover las posibilidades de defensa de todos aquellos que pudieran ver afectados sus derechos e intereses legítimos por la decisión de un proceso contencioso-administrativo, emplazándolos personalmente, siempre que ello fuera posible, para que comparezcan en él como codemandados, pero sin que dicho deber sea absoluto o incondicionado, pues, al no consagrar la Constitución de derechos absolutos o ilimitados, tampoco impone como correlato de los derechos fundamentales que garantiza obligaciones que tengan ese carácter, de modo que dicha limitación implícita del deber de emplazamiento personal deviene explícita cuando el recurso contencioso-administrativo en el que el emplazamiento no se produjo se dirigía contra una disposición de carácter general (Sentencia 61/1985 -RTC 1985/61-), contra un acto general normativo o contra un acto dirigido a una pluralidad indeterminada de sujetos (Sentencia 82/1985 -RTC 1985/82-), supuestos ambos en los que dicho Tribunal ha entendido que no se daba el deber de emplazamiento personal (Sentencia 133/1985, de 28 de octubre -RTC 1985/133- y Auto 875/1987, de 8 de julio -RTC 1987/875-), y teniendo en cuenta las referidas sentencias

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo relativo a la aprobación del Plan Insular de Ordenación de El Hierro mediante Decreto 307/2011, de 27 de octubre, a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias para que conste en los autos del procedimiento nº 6/2012, interpuesto por Tecorone, S.L., Kabana, S.A. e Iber Park, S.A.

Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos pudieran aparecer como interesados para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen en los autos citados en el plazo de nueve días.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de marzo de 2012.- El Viceconsejero de Política Territorial, Mario Pérez Hernández.



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