La Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2012, en su artículo 53.3 sobre normas de gestión de personal docente y otro profesorado, posibilita que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas efectúe el nombramiento de funcionarios interinos y sustitutos del profesorado, para impartir enseñanzas de formación profesional reglada y formación permanente de adultos en las ramas agrarias y marítimo-pesquera de las escuelas de capacitación agraria y en los institutos de formación marítimo-pesquera.
El artículo 4 del Decreto 31/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, que resulta de aplicación conforme a la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14 de julio), atribuye al Titular del Departamento, entre otras competencias, las que se refieren a la regulación de la actividad docente en las Escuelas de Capacitación Agraria y en los Institutos de Formación Marítimo-Pesquera.
Al objeto de facilitar los fines institucionales encomendados a esta Consejería, es preciso delegar en el Secretario General Técnico del Departamento, el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas para el nombramiento de funcionarios interinos y sustitutos del profesorado, para impartir enseñanzas de formación profesional reglada y formación permanente de adultos en las ramas agrarias y marítimo-pesquera de las Escuelas de Capacitación Agraria y en los Institutos de Formación Marítimo-Pesquera, posibilitando con ello una mayor agilidad y eficacia en la gestión.
Por ello, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en el Secretario General Técnico del Departamento, la competencia para el nombramiento de funcionarios interinos y sustitutos del profesorado, para impartir enseñanzas de formación profesional reglada y formación permanente de adultos en las ramas agrarias y marítimo-pesquera de las Escuelas de Capacitación Agraria y en los Institutos de Formación Marítimo-Pesquera.
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de enero de 2012.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Juan Ramón Hernández Gómez.
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