BOC - 2011/219. Lunes 7 de Noviembre de 2011 - 5731

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5731 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 25 de octubre de 2011, del Director, de concesión de subvención a entidades y centros colaboradores incluidos en la lista de reserva prevista en el requisito vigesimoprimero de la convocatoria, de forma anticipada, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la programación 2011, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (BOC nº 257, de 31.12.10), aprobada mediante Resolución de 22 de diciembre de 2010, de la Presidenta.

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Visto el expediente de la convocatoria efectuada mediante Resolución de 22 de diciembre de 2010, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria, de forma anticipada, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la programación 2011, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes de hecho:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo de 22 de diciembre de 2010 se aprobó la convocatoria, de forma anticipada, de concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (BOC nº 257, de 31.12.10; corrección de errores BOC nº 54, de 15.3.11 y BOC nº 86, de 2.5.11).

Segundo.- La financiación de las subvenciones previstas en la convocatoria citada asciende a un total de 34.800.000,00 euros, y se hace con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 2011.15.01. 241H.470.00, Línea de actuación 50400001 "Formación dirigida prioritariamente a desempleados/as". Las acciones formativas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo Plurirregional de Adaptabilidad y Empleo 2007ESO5UPO001 para el período 2007-2013 dentro del eje 2 denominado "Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres", categoría de gasto 66 denominada "Aplicación de medidas activas y de prevención en el mercado laboral" y línea de acción 66.5 denominada "Programas Integrados de Formación e Inserción Profesional", con un porcentaje de cofinanciación del 80%.

Tercero.- Con fecha 29 de abril de 2011, se dictó resolución del Director, de concesión de las subvenciones convocadas mediante Resolución de 22 de diciembre de 2010, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria, de forma anticipada, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la programación 2011, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

En dicha resolución se adjudicaron las solicitudes correspondientes a la oferta programada por el SCE en su anexo IV, pasando las solicitudes que sobrepasaban el número asignado en dicho anexo, a la lista de reserva.

Cuarto.- De conformidad con lo estipulado en el punto 2 del requisito vigésimo de la convocatoria aprobada mediante Resolución de 22 de diciembre de 2010 citada, antes del 30 de junio del presente año se formalizaron renuncias a acciones formativas, por parte de los beneficiarios de la subvención, por los siguientes importes:

ISLA IMPORTE DE LAS RENUNCIAS

LA PALMA 89.512,50 euros

TENERIFE 64.215,00 euros

TOTAL 153.727,50 euros

Quinto.- A la vista del importe asignado en la primera asignación, las renuncias producidas, y el presupuesto a destinar para atender las necesidades formativas establecidas en la Oferta Formativa 2011, y no cubiertas por falta de solicitudes de impartición de las mismas, a través de Centros Públicos de Formación Profesional u otros Centros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; y teniendo en cuenta que no es posible superar el límite de financiación de 34.800.000,00 euros establecido en el requisito cuarto de la convocatoria aprobada por Resolución de 22 de diciembre de 2010, la Comisión de Valoración, según los criterios y el procedimiento descrito en la convocatoria, tras varias sesiones y propuestas, emitió informe-propuesta definitivo con fecha 24 de octubre de 2011, base para la elaboración de la presente Propuesta de Resolución.

Sexto.- Para atender la Propuesta de segunda asignación formulada por la Comisión de Valoración, existe crédito disponible en la aplicación presupuestaria 2011. 241H.470.00, Línea de actuación 50400001 "Formación dirigida prioritariamente a desempleados/as", resultándole de aplicación lo dispuesto en el punto 3 del requisito cuatro de la Resolución de convocatoria de 22 de diciembre de 2010.

Séptimo.- Tras la propuesta de adjudicación elevada por la Comisión de Valoración se ha procedido al examen del requisito cuarto, punto 3, de la convocatoria aprobada por Resolución de 22 de diciembre de 2010, en la que se establece que la financiación correspondiente al ejercicio 2011 asciende a la cantidad total de 34.800.000,00 euros, correspondiendo el importe a las acciones formativas, al coste de los módulos de prácticas no laborales en empresa correspondientes a los certificados de profesionalidad regulados por el Real Decreto 34/2008 y los gastos derivados de la realización de los informes de auditoría a utilizar como medio de justificación.

Por Resolución del Director de fecha 29 de abril de 2011, se concedieron subvenciones por un importe total de 28.893.627,46 euros.

En esta segunda asignación se conceden subvenciones por un importe total de 4.686.392,87 euros para afrontar los gastos subvencionables correspondientes a los cursos asignados por importe de 4.629.048,00 euros y los gastos derivados de la realización de los informes de auditoría correspondientes a los mismos por importe de 57.344,87 euros.

Teniendo en cuenta que existen necesidades formativas establecidas en la Oferta Formativa que no han sido cubiertas por no existir solicitudes para la impartición de dichas especialidades, se destinará un importe de 1.037.969,53 euros, para la impartición de dichas especialidades a través de Centros Públicos de Formación Profesional u otros Centros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, según lo previsto en el requisito decimocuarto, punto 3, párrafo tercero, de la Resolución de 22 de diciembre de 2010.

Esto suma un importe total de 34.617.989,86 euros, que no supera los 34.800.000,00 euros, fijados como financiación máxima prevista establecida en la Resolución de convocatoria de 22 de diciembre de 2010 ya citada.

En relación con los gastos del informe de auditoría se han aplicado los criterios establecidos en el punto 4 del requisito vigesimoctavo de la Resolución de convocatoria de 22 de diciembre de 2010.

El desglose de ambos conceptos correspondientes a la reasignación, aplicados los criterios establecidos en el requisito vigesimoctavo citado, es el siguiente:

A los citados hechos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- En el requisito decimoséptimo, punto 1, de la convocatoria, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, aprobada por Resolución de la Presidenta de 22 de diciembre de 2010, se señala que la Dirección del SCE, una vez instruido el expediente, dictará la Resolución de concesión.

Esto ha de ser puesto en relación con lo establecido en el requisito vigesimoprimero, punto 2, de la citada convocatoria, que establece que si se produjese alguna de las circunstancias previstas en el requisito 4º, apartado 3, o si alguno de los beneficiarios/as renunciase total o parcialmente a la subvención, una vez aceptada, la Dirección del SCE podrá acordar la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes que figuren en la relación a que se hace referencia en la lista de reserva, siguiendo el orden de puntuación y los criterios establecidos en la requisito decimocuarto; por lo que el Director del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para resolver este procedimiento.

Segundo.- Es de aplicación lo establecido en el requisito vigesimoprimero de la citada convocatoria aprobada por Resolución de la Presidenta de 22 de diciembre de 2010.

Tercero.- En la instrucción del expediente, se ha observado lo establecido en los requisitos decimotercero "Instrucción del Procedimiento", decimocuarto "Valoración de las solicitudes y selección", decimoquinto "Criterios de valoración", decimosexto "Propuesta de resolución, provisional y definitiva" y decimoséptimo "Resolución de concesión" de la convocatoria aprobada por Resolución de 22 de diciembre de 2010.

Cuarto.- A la hora de realizar la propuesta de segunda asignación la Comisión de Valoración ha dado cumplimiento a los criterios establecidos en el punto 4 del requisito cuatro.- Dotación presupuestaria, cofinanciación del Fondo Social Europeo, de la convocatoria aprobada por Resolución de la Presidenta de 22 de diciembre de 2010.

Quinto.- Para la determinación del gasto derivado del informe de auditoría resulta de aplicación lo establecido en el punto 4 del requisito vigesimoctavo.- Gastos subvencionables, de la convocatoria aprobada por Resolución de la Presidenta de 22 de diciembre de 2010.

Sexto.- De acuerdo con lo establecido el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 37.6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09), no podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.

Séptimo.- Dado que no se ha cubierto en su totalidad la Oferta Formativa correspondiente a 2011, por no existir solicitudes de determinadas especialidades, y de acuerdo con lo establecido en el propio texto de la convocatoria (párrafo tercero del punto 3 del requisito decimocuarto.- Valoración de las solicitudes y selección de las acciones que entrarán en programación), el SCE puede disponer del presupuesto sobrante resultante de la aplicación del procedimiento de selección previsto en la convocatoria con el fin de atender estas necesidades formativas establecidas en la Oferta Formativa y no cubiertas por falta de solicitudes de impartición de las mismas, a través de Centros Públicos de Formación Profesional u otros Centros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por todo lo expuesto, vista la propuesta de la Subdirección de Formación, y resultando de aplicación a la presente resolución el procedimiento de control financiero permanente de la Intervención Delegada en el SCE,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder una subvención (Segunda Asignación) a las entidades o centros colaboradores que figuran en el anexo I, y que la han aceptado expresamente, por los importes que en dicho anexo se relacionan, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente presupuesto de gastos, y en las que se incluye el importe correspondiente a los gastos derivados de la realización del informe de auditorías de esta segunda asignación.

Segundo.- Notificar la presente Resolución a los interesados, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que el interesado interponga, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 2011.- El Director, Manuel León Ortega.



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