BOC - 2011/202. Jueves 13 de Octubre de 2011 - 5350

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

5350 - ORDEN de 10 de octubre de 2011, por la que se procede a la distribución de medios personales entre las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías de Educación, Universidades y Sostenibilidad; Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas; Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda; y Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, afectadas por la reestructuración operada en virtud del Decreto 170/2011, de 12 de julio.

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En virtud del Decreto 86/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11) del Presidente, se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías del Gobierno de Canarias. Mediante este Decreto se dispone que la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad (artículo 3º) asume las competencias que en materia de medio ambiente tenía atribuidas la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente; a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (artículo 6º) le corresponden las competencias que en materia de aguas tenía encomendadas la Consejería de Obras Públicas y Transportes; la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda (artículo 7º) asume las competencias relativas a las materias de cultura y deportes que tenía asignadas la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes; y que a la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial le corresponden las competencias que en materia de ordenación del territorio y política territorial tenía asumidas la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

En virtud del Decreto 170/2011, de 12 de julio (BOC nº 138, de 14.7.11), se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, estableciéndose en su Disposición Adicional Cuarta que: "La redistribución de funciones entre departamentos, órganos y servicios administrativos implica la correlativa transferencia de las dotaciones correspondientes a los programas presupuestarios afectados y, en todo caso, la de los medios personales y materiales adscritos al ejercicio de tales funciones".

Por su parte, en el apartado 4º de la citada Disposición Adicional Cuarta del Decreto 170/2011 se establece que la distribución de los medios personales de las Secretarías Generales Técnicas afectadas se efectuará por la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Vigesimoséptima de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011, con audiencia de los departamentos afectados.

La Disposición Adicional Vigesimoséptima de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011, establece que: "En el caso de que reorganizaciones administrativas o cualquier otra medida de racionalización de plantillas originase la movilidad de las personas o puestos, la consejería competente en materia de función pública determinará los criterios para la asignación de los puestos y efectivos a cada unidad, así como procederá a la distribución de los puestos y efectivos en función de dichos criterios cuando la distribución se produzca entre distintos departamentos u organismos autónomos".

A la vista de las citadas previsiones resulta necesario proceder, con carácter inmediato, a la adscripción de determinados puestos (especialmente los procedentes de la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, suprimida en virtud del Decreto 147/2010, de 25 de octubre, BOC nº 212, de 27.10.10) a los órganos correspondientes de la actual estructura, de forma que sea posible atender necesidades derivadas de las nuevas atribuciones competenciales, no obstaculizar la normal gestión de los trámites administrativos, así como para efectuar las correspondientes adaptaciones y previsiones en el anexo de Personal de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el próximo ejercicio 2012, actualmente en elaboración.

Habida cuenta de que por este Departamento aún no han sido definidos los criterios a los que deba ajustarse la asignación de los puestos y efectivos a cada unidad, en los términos previstos en la Disposición Adicional Vigesimoséptima de la Ley 11/2010, y ante la urgencia, no obstante, de efectuar la adscripción de los puestos a que se refiere el párrafo precedente, esta Consejería entiende procedente efectuar una primera asignación de medios personales, sin perjuicio de que una vez fijados los citados criterios, y con arreglo a los mismos, los medios personales (puestos de trabajo y efectivos) afectados por esta Orden puedan ser objeto de una ulterior redistribución.

Vista la propuesta conjunta de distribución de medios personales formulada por los Consejeros de Educación, Universidades y Sostenibilidad y de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, así como la conformidad a la misma por parte de los titulares de las Consejerías de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, y de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Cumplido el trámite de audiencia previsto en el apartado 4º de la Disposición Adicional Cuarta del Decreto 170/2011, de 12 de julio, y en el ejercicio de la atribución competencial conferida por la citada Disposición Adicional a este Departamento,

D I S P O N G O:

Primero.- Adscribir a la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad los medios personales que figuran en la relación de puestos de trabajo de la extinta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobada por Decreto 246/2008, de 23 de diciembre (BOC nº 2, de 5.1.09), que se relacionan en el anexo I de esta Orden.

Segundo.- Adscribir a la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial los medios personales que figuran en la relación de puestos de trabajo de la extinta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobada por Decreto 246/2008, de 23 de diciembre (BOC nº 2, de 5.1.09), y que se señalan en el anexo II de esta Orden.

Tercero.- El Servicio de Modernización y Tecnologías de la Información que figura en la relación de puestos de trabajo de la extinta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobada por Decreto 246/2008, de 23 de diciembre (BOC nº 2, de 5.1.09), se adscribe orgánicamente a la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, dependiendo funcionalmente de las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías de Educación, Universidades y Sostenibilidad y de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, a efectos de impulsar, desarrollar y dar soporte al programa Mayte y otros programas de aplicación a las áreas de medio ambiente y ordenación territorial.

Cuarto.- La distribución de medios personales que se efectúa mediante esta Orden podrá ser objeto de revisión y modificación en función de los criterios para la asignación de los puestos y efectivos a cada unidad que se definan por aplicación de lo previsto en la Disposición Adicional Vigesimoséptima de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011, y de los expedientes que se tramiten en aplicación de dichos criterios.

Quinto.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de octubre de 2011.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.



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