BOC - 2011/174. Viernes 2 de Septiembre de 2011 - 4832

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4832 - ORDEN de 31 de agosto de 2011, por la que se delega en la Dirección General de Juventud la competencia para resolver las convocatorias de concesión de subvenciones en materia de juventud.

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El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, atribuye a los titulares de los Departamentos la competencia para conceder subvenciones.

Asimismo en virtud de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 86/2011, de 8 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, corresponden a esta Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad las competencias que en materia de juventud tenía encomendadas la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda.

Por otra parte y conforme establece el Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, la Dirección General de Juventud está adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.

Razones de índole técnica y de eficacia hacen que sea conveniente delegar determinadas competencias relativas a la concesión de subvenciones en la Dirección General de Juventud al objeto de agilizar la gestión en la concesión de subvenciones en materia de juventud.

Por ello y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 3.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

1) Delegar en la Dirección General de Juventud la competencia para resolver las convocatorias de subvenciones relativas al área de juventud, incluida la facultad para dictar cuantos actos se precisen para su aplicación.

La delegación para resolver comprende además del otorgamiento de la subvención, la desestimación y la no concesión, en su caso por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida.

2) Las resoluciones que sean dictadas en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia.

3) La presente delegación surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de agosto de 2011.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.



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