El artículo 69.1 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública, establece que corresponde a los titulares de los departamentos aprobar y comprometer los gastos propios de los servicios a su cargo, así como reconocer las obligaciones correspondientes e interesar del ordenador general de pagos la realización de los correspondientes pagos, recogiéndose en el punto 3 la posibilidad de delegación.
Razones de eficacia hacen conveniente delegar en el titular de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías la competencia para reconocer las obligaciones e interesar la ordenación del pago de las obligaciones derivadas de encomiendas de gestión y convenios tramitados con cargo a las aplicaciones presupuestarias gestionadas por dicho centro directivo.
En el ejercicio de las competencias previstas en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en el titular de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías la competencia para reconocer las obligaciones e interesar la ordenación del pago de las obligaciones derivadas de encomiendas de gestión y convenios tramitados con cargo a las aplicaciones presupuestarias gestionadas por el citado Centro Directivo.
Segundo.- Las Resoluciones administrativas y los documentos que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Tercero.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de agosto de 2011.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA E IGUALDAD,
Francisco Hernández Spínola.
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