BOC - 2011/154. Viernes 5 de Agosto de 2011 - 4408

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

4408 - ORDEN de 22 de julio de 2011, por la que se delega en el titular de la Secretaría General Técnica la competencia para autorizar la enajenación de bienes muebles de desecho inútiles para el servicio público.

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El artículo 47.1 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 141, de 21.7.06), establece que corresponde al titular de la consejería u organismo público al que estuvieren adscritos la enajenación de bienes muebles de desecho inútiles para el servicio público.

Razones de eficacia hacen conveniente delegar en la Secretaría General Técnica las competencias para la enajenación de bienes muebles inútiles para el servicio público, en concordancia con las funciones que se atribuye a los titulares de las Secretarías Generales Técnicas establecidas, con carácter general, en el artículo 15.4 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16.9.91) "desempeñar directamente las funciones de inventario patrimonial"; y con carácter específico, en el artículo 12.e) del Reglamento Orgánico de este Departamento, aprobado mediante Decreto 31/2007, de 5 de febrero (BOC nº 32, de 13.2.07 y c.e. BOC nº 56, de 19.3.07) "la administración e inventario del patrimonio mobiliario e inmobiliario adscrito a la Consejería, sin perjuicio de la competencia que corresponda en esta materia a la Dirección General de Patrimonio y Contratación".

De acuerdo con lo previsto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el titular de la Secretaría General Técnica del Departamento, la facultad para autorizar la enajenación de bienes muebles de desecho inútiles para el servicio público adscritos al Departamento, prevista en el artículo 47.1 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Las Resoluciones administrativas y los documentos que se adopten en uso de la presente delegación indicarán expresamente dicha circunstancia.

Tercero.- La presente delegación surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de julio de 2011.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Juan Ramón Hernández Gómez.



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