BOC - 2011/113. Jueves 9 de Junio de 2011 - 3185

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

3185 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 31 de mayo de 2011, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 19 de mayo de 2011, relativo a la Aprobación Definitiva de forma parcial, Revisión del Plan General de Ordenación de Telde en el ámbito del SUSNO San Antonio.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 19 de mayo de 2011, relativo a la Aprobación Definitiva de forma parcial, Revisión del Plan General de Ordenación de Telde en el ámbito del SUSNO San Antonio, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de 2011.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 19 de mayo de 2011, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.5 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por el Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobar definitivamente de forma parcial la Revisión del Plan General de Ordenación de Telde en el ámbito del SUSNO San Antonio consistente en:

1. Incluir el sistema General de Equipamiento Asistencial numero cuatro (4) de siete mil ciento diez metros cuadrados de superficie (7.110 m2).

2. Reordenar el Sistema General de Espacios Libres de diez mil metros cuadrados (10.000 m2) ubicados en la proximidad del barranco Real de Telde.

3. Ubicar un Sistema General Viario de acceso al Sistema General de Equipamiento 4 desde la carretera la Pardilla GC-101 según plano A2-Alternativa Seleccionada contenido en la aprobación provisional.

Condicionando la publicación del presente acuerdo a que se subsanen las siguientes consideraciones:

* Presentación de documento técnico que contemple exclusivamente las determinaciones mencionadas en los apartados 1, 2 y 3 del presente acuerdo.

* Deberán corregirse o aclararse las condiciones especificadas en el informe del Cabildo Insular de 5 de abril de 2011.

Segundo.- De conformidad con lo establecido en los artículos 45.5 y 46 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por el Decreto 55/2006, de 9 de mayo, suspender de forma parcial la aprobación definitiva de la Revisión del Plan General de Telde en el ámbito del SUSNO de San Antonio consistente en la modificación de las determinaciones relativas a la edificabilidad y tipología del Sector SUSNO San Antonio, ya que supone cambios sustanciales respecto del documento de avance al aprobado inicialmente y por tanto se exige una nueva fase de información pública e incluso la evaluación ambiental correspondiente, en los términos del artículo 37 del Reglamento de Procedimientos, la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el Medio Ambiente, con incumplimiento además del artículo 46.5.b) del TRLOTENC'00, al no prever el aumento de los espacios libres, así como la omisión del informe exigido por la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 2591/1998, con carácter previo a la aprobación inicial.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Procedimientos, conceder un plazo de seis meses para solicitar con carácter previo el informe sectorial al Ministerio de Fomento y se adopte el acuerdo del Pleno municipal que proceda.

Cuarto.- Notificar el Acuerdo al Ayuntamiento de Telde y publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el dispositivo primero del presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre y por el Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.

Contra el dispositivo segundo del presente acuerdo, por ser acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por el Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.



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