BOC - 2011/102. Martes 24 de Mayo de 2011 - 2797

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

2797 - EDICTO de 6 de mayo de 2011, relativo al fallo de la sentencia dictada en el procedimiento de divorcio contencioso nº 0000757/2010.

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D./Dña. Víctor Manuel Morote Albert Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas Gran Canaria.

Se ha dictado sentencia en fecha 15 de abril de 2011 cuyo fallo establece:

Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de de Dña. María Dolores Cruz Duarte, contra D. Brahim Lamrani, en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 11 de agosto de 1.982, con disolución del régimen económico matrimonial y demás efectos legales inherentes a dicha declaración, sin que proceda hacer expresa imposición de costas procesales.

Firme que sea esta sentencia remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil del lugar donde esté inscrito el matrimonio a los efectos oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas el cual deberá ser preparado en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, haciéndole saber que puede interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de 5 días siguientes a la publicación del edicto, en Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de mayo de 2011.- El/la Secretario.



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