BOC - 2010/253. Lunes 27 de Diciembre de 2010 - 7115

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

7115 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 17 de diciembre de 2010, del Director, por la que se procede a la modificación del importe a abonar, por aplicación del Decreto 8/2010, de 20 de mayo, a la Fundación del Empleo, la Formación y Movimiento Cooperativo de Ingenio, como entidad promotora de los Proyectos Taller de Empleo Ares y Taller de Empleo La Cantonera, aprobados mediante Resolución de 14 de septiembre de 2010, del Director, por la que se conceden subvenciones para desarrollar Proyectos de Talleres de Empleo, convocadas por Resolución del Presidente de 3 de noviembre de 2009 y modificada por Resoluciones de 18 de diciembre de 2009, de 25 de febrero de 2010 y de 29 de junio de 2010.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 14 de septiembre de 2010, del Director, se conceden subvenciones para desarrollar proyectos de Talleres de Empleo, convocadas por Resolución del Presidente de 3 de noviembre de 2009 y modificada por Resoluciones de 18 de diciembre de 2009, de 25 de febrero de 2010 y de 29 de junio de 2010.

Segundo.- El Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, en su artículo 1.2.2.b).4 establece la minoración del 5 por ciento de las cuantías de cada uno de los conceptos retributivos que integran la nómina y que les corresponda percibir según los convenios colectivos que resulten de aplicación, al personal laboral contratado por el sector público, teniendo en cuenta que esta reducción no será de aplicación al personal laboral cuyas retribuciones por jornada completa no alcancen 1,5 veces el salario mínimo interprofesional fijado por el Real Decreto 2030/2009, de 30 de diciembre.

Tercero.- Con fecha 10 de diciembre de 2010 el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio solicita que dado que la Fundación para la promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo es un Organismo autónomo de carácter administrativo dependiente de dicho Ayuntamiento y que como organismo autónomo se rige por lo establecido en los artículos 45 al 52 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, le es de aplicación la Resolución de 18 de noviembre de 2010 del Director del Servicio Canario de Empleo.

A los citados antecedentes, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para dictar la presente resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 28 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03).

Segundo.- Resulta de aplicación lo establecido en el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público que en su artículo 1.2.2.b).4 establece la minoración del 5 por ciento de las cuantías de cada uno de los conceptos retributivos que integran la nómina del personal laboral contratado por el sector público.

En base a lo expuesto y en aplicación de la normativa legal vigente:

R E S U E L V O:

Primero.- Proceder a la modificación del importe concedido para sufragar los salarios de los alumnos trabajadores de los Proyectos Taller de Empleo Ares y Taller de Empleo La Cantonera, a la entidad Fundación Promoción del Empleo, Formación Profesional y Empleo Cooperativo, beneficiaria de subvención por Resolución nº 10/08659, de 14 de septiembre de 2010, del Director del Servicio Canario de Empleo, en las cuantías reflejadas en el siguiente cuadro:

Segundo.- Mantener el resto de la Resolución de 14 de septiembre de 2010, del Director del Servicio Canario de Empleo, por la que se conceden subvenciones para desarrollar proyectos de Talleres de Empleo, en todos sus términos.

Tercero.- Notificar esta Resolución a los interesados en el expediente respectivo con las indicaciones de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92) modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99) sin perjuicio de que la interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Vista la normativa aplicable, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo, conforme se propone, resuelvo.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de diciembre de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.



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