BOC - 2010/215. Martes 2 de Noviembre de 2010 - 6025

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

6025 - ORDEN de 25 de octubre de 2010, por la que se corrige error en la Orden de 31 de agosto de 2010, que aprueba el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (BOC nº 84, de 25.4.08), a los efectos de excluir a Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz.

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Detectado error de hecho en la inclusión de Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz, con D.N.I. 23655955H, en el anexo I de la Orden de esta Consejería, de fecha 31 de agosto de 2010, por la que se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (BOC nº 84, de 25.4.08), al no reunir, en el momento de su propuesta de nombramiento como funcionaria de carrera, el requisito de no haber cumplido la edad establecida para la jubilación, recogido en la base 2.1.b) de la Orden Departamental de convocatoria, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de fecha 23 de abril de 2008, se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (BOC nº 84, de 25.4.08).

Segundo.- En el anexo I de la Resolución de la Dirección General de Personal de 4 de junio de 2009, por la que se hacen públicas las listas únicas por especialidades de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (BOC nº 116, de 18.6.09), aparece Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz, con D.N.I. 23655955H, en el puesto nº 4, en la especialidad de Geografía e Historia del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Tercero.- Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz al haber superado el procedimiento selectivo por el sistema de acceso a cuerpo de grupo superior desde uno inferior, es decir, desde el Cuerpo de Maestros al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, estaba exenta de realizar la fase de prácticas, con lo cual permaneció en su cuerpo de origen y plaza, del Cuerpo de Maestros, durante el curso escolar 2009-2010.

Cuarto.- Por Orden de esta Consejería de 31 de agosto de 2010 (BOC nº 179, de 10.9.10), se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (BOC nº 84, de 25.4.08). En los Anexos de esta Orden Departamental están incluidos aquellos funcionarios declarados "aptos" en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 23 de abril de 2008 y que se nombrarán funcionarios de carrera por el Ministerio de Educación.

Quinto.- Se ha detectado error de hecho en el anexo I de la citada Orden de este Departamento, de 31 de agosto de 2010, por la que se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 23 de abril de 2008, al incluir en la misma a Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz, con D.N.I. 23655955H, pues, si bien en el momento de publicación de la Orden de convocatoria y durante el desarrollo de las fases de oposición y concurso la aspirante cumplía con el requisito de edad, en el momento de los efectos de su nombramiento como funcionaria de carrera, con fecha 1 de septiembre de 2010, la dicente no cumple con este requisito que se exige en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero y que así recoge la Orden de convocatoria.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción actual, que establece en su artículo 105.2 que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Segundo.- Conforme establece el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley (BOE nº 53, de 2.3.07), en cuanto a los requisitos generales y el plazo en el que deben reunirse los mismos, en el artículo 12.1, apartado b), se determina que deben "tener cumplido dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación" como condición general de quienes aspiren a participar en los procedimientos selectivos, y por otra parte, en el 14 del mismo Real Decreto se dispone que: "todas las condiciones y requisitos enumerados en los artículos 12 y 13 anteriores deberán reunirse en la fecha en que finalicen los plazos de presentación de instancias y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera".

Tercero.- De acuerdo con la Orden esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de fecha 23 de abril de 2008, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (BOC nº 84, de 25.4.8), en la base 2.1, sobre requisitos generales de los aspirantes, se dispone que será de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 276/2007, determinándose entre las condiciones generales que debían cumplir los aspirantes para participar en los procedimientos selectivos, en el apartado b) la de "tener cumplido dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación".

Asimismo, en la base 4.3, de la mencionada Orden de esta Consejería de fecha 23 de abril de 2008, en relación a la admisión de aspirantes, en las listas definitivas de admitidos y excluidos se determina que "cuando de la documentación que debe presentarse tras superar las fases de oposición y de concurso se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en estos procedimientos selectivos".

Por otra parte, en la base 14, de la misma Orden de fecha 23 de abril de 2008, respecto del nombramiento de funcionarios de carrera se dispone que "concluida la fase de prácticas y tras comprobar que todos los aspirantes declarados "aptos" reúnen los requisitos generales y específicos establecidos en la convocatoria, la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes aprobará el expediente del procedimiento selectivo, haciéndolo público en el Boletín Oficial de Canarias".

Conforme a los anteriores fundamentos jurídicos y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), y los artículos 4 y 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual,

R E S U E L V O:

Primero.- Excluir de la participación de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (BOC nº 84, de 25.4.08), a Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz, con D.N.I. 23655955-H, por no reunir el requisito de edad establecida en la legislación vigente, en el momento de efectos del nombramiento como funcionaria de carrera, de fecha 1 de septiembre de 2010, de acuerdo con los fundamentos de derecho de la presente Orden.

Segundo.- Consecuentemente, corregir el error de hecho del anexo I, especialidad de Geografía e Historia, de la Orden de 31 de agosto de 2010 (BOC nº 179, de 10.9.10), por la se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (BOC nº 84, de 25.4.08), excluyendo, una vez que decae en su derecho, a Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz, con D.N.I. 23655955H, de la relación de docentes que figuran en el citado anexo I.

Tercero.- Determinar que la situación administrativa de Dña. María Fernanda Muñoz Muñoz es la previa a la convocatoria de los procedimientos selectivos convocados por Orden de 23 de abril de 2008, es decir, la de pertenecer al Cuerpo de Maestros, con destino definitivo en el IES Anaga.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes o directamente recurso contencioso administrativo ante el Órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 2010.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.



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