BOC - 2010/168. Jueves 26 de Agosto de 2010 - 4949

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

4949 - Secretaría General Técnica.- Anuncio de 13 de agosto de 2010, relativo a notificación de la Resolución de 26 de marzo de 2010, que estima devolución de tasas académicas a D. Diego Hernán Ruiz Zamora.

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Examinado el procedimiento iniciado con fecha 5 de enero de 2010 por D. Diego Hernán Ruiz Zamora referente a devolución de tasas académicas abonadas en concepto de matrícula de inglés de nivel básico 2 de alemán y nivel intermedio 2 de inglés en la Escuela Oficial de Idiomas de Los Cristianos, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 17 de junio de 2009 ingresó 72,33 euros (35,64 euros matrícula curso completo por dos idiomas y expedición tarjeta de identidad 1,05 euros) en la cuenta que para tal efecto tiene la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- La Escuela Oficial de Idiomas certifica en escrito de 15 de marzo de 2010 que el alumno formalizó matrícula de inglés nivel intermedio II y con fecha 16 de diciembre de 2009 le viene concedida la beca del Ministerio de Educación para inglés nivel intermedio II. Por tanto, procede la devolución de la matrícula que pagó por el idioma inglés, cantidad que asciende a 35,64 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que la disposición adicional cuarta de la Resolución de 3 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para el curso académico 2009/10, para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios, establece que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte eximirá del pago de las tasas de matrícula al alumnado matriculado en centros públicos dependientes del mismo que resulte beneficiario/a de alguna de las becas o ayudas al estudio convocadas por esta Resolución.

Esta Secretaría General Técnica, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 9.1.e) del Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06) por la que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,

R E S U E L V O:

Primero.- Estimar la devolución de tasas académicas presentada por D. Diego Hernán Ruiz Zamora por importe de 35,64 euros.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa.

Contra esta Resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, podrá dirigir a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes recurso potestativo de reposición, o bien reclamación económico-administrativa, en los términos previstos en el artículo 29 de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, ante la Junta Central, las Juntas territoriales Económico-Administrativas de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife en su caso, con la salvedad de que, si interpusiera el recurso de reposición, no podrá interponer la reclamación económico-administrativa hasta que aquél se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de agosto de 2010.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.



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