BOC - 2010/155. Lunes 9 de Agosto de 2010 - 4612

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

4612 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 19 de julio de 2010, por la que se dispone la publicación de la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía y Hacienda y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural para la prestación del servicio de gestión de cobro en vía ejecutiva de los débitos del citado Ente.

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 15, apartado 3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía y Hacienda y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural para la prestación del servicio de gestión de cobro en vía ejecutiva de los débitos del citado Ente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de julio de 2010.- El Secretario General Técnico, Martín Muñoz García de la Borbolla.

Adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Economía y Hacienda y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de marzo de 2010.

REUNIDOS

DE UNA PARTE: el Excmo. Sr. D. José Manuel Soria López, Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, quien se encuentra facultado para la firma de la presente Adenda del Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16.1 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

DE OTRA PARTE: el Sr. D. Pedro Pacheco González, en nombre y representación de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en virtud del Decreto 316/2007, de 31 de julio.

EXPONEN

Primero.- Que el día 2 de agosto de 2002 se suscribió un Convenio entre la Consejería de Economía y Hacienda y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 117, de 2 de septiembre de 2002.

Segundo.- Que de acuerdo con la cláusula séptima del mismo, se fija el coste del servicio a abonar por la Agencia a la Consejería de la forma siguiente:

El 15% del importe de las providencias de apremio datadas por ingreso y de los intereses de demora ingresados.

El 2,5% de las providencias de apremio datadas por anulación o por la presentación de la solicitud de aplazamiento, o dadas de baja que se deriven de los actos de gestión recaudatoria.

El coste global previsto en los apartados anteriores podrá ser revisado anualmente de mutuo acuerdo.

Tercero.- Ambas partes están de acuerdo en revisar la cláusula séptima del vigente Convenio, relativa a "Costes del servicio", con el fin de homogeneizar el coste del servicio así como abaratar el mismo, de forma que se rebaje al 13%, el coste del servicio a abonar por la Agencia a la Consejería, del importe de las providencias de apremio datadas por ingreso y de los intereses de demora ingresados.

CLÁUSULAS

Primera.- La presente Adenda tiene por objeto revisar la compensación que, por el coste del servicio de gestión de cobro, la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural debe abonar a la Consejería.

Segunda.- Se acuerda modificar el primer párrafo del apartado 1.1 de la cláusula séptima, reduciendo del 15% al 13% el coste del servicio a abonar por la Agencia a la Consejería, quedando redactado en los siguientes términos:

"1.1. El 13% del importe de las providencias de apremio datadas por ingreso y de los intereses de demora ingresados."

Tercera.- La presente Adenda surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Y para que así conste, las partes, una vez leída la Adenda, la firman por triplicado ejemplar, en prueba de conformidad en el lugar y fecha indicados.- El Consejero de Economía y Hacienda, José Manuel Soria López.- El Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, Pedro Pacheco González.



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