No habiéndose podido practicar la notificación a D. Óscar M. Naranjo Pérez y a Dña. Inmaculada del Pino Montesdeoca Ramírez de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 876, de fecha 28 de abril de 2010, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Óscar M. Naranjo Pérez y a Dña. Inmaculada del Pino Montesdeoca Ramírez la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 876, de fecha 28 de abril de 2010, recaída en el expediente instruido en esta Agencia por infracción a la Ordenación Territorial con referencia I.U. 481/04 (I.U. 3/04), que dice textualmente:
"1.- Se cumpla en sus propios términos Auto de 15 de marzo de 2010 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de los de Las Palmas, en relación con el procedimiento ordinario 649/2009, medidas cautelares 5/2010.
2.- Procédase a dejar en suspenso la ejecución de la orden de demolición acordada hasta que recaiga sentencia firme que ponga fin al procedimiento o finalice por cualquiera de las causas prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio.
3.- Notifíquese la presente Resolución a las partes personadas al amparo del artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial."
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de julio de 2010.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
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