BOC - 2010/130. Lunes 5 de Julio de 2010 - 3823

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

3823 - ORDEN de 30 de junio de 2010, por la que se designan miembros de los comités clínicos del artículo 15.c) de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, establece en su artículo 15, apartado c) que excepcionalmente podrá interrumpirse el embarazo por causas médicas cuando, entre otras circunstancias, se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.

El Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de dicha Ley Orgánica, regula la naturaleza y composición del citado Comité y establece el procedimiento de su actuación y régimen de funcionamiento. El artículo 2.3 del citado Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, dispone que la designación de los miembros del comité se publicará en el diario oficial de la Comunidad Autónoma y comprenderá a los miembros titulares del comité y, al menos un suplente de cada uno de ellos.

Mediante Orden de la Consejera de Sanidad de fecha 30 de junio de 2010, se crean los comités clínicos del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, del Hospital Nuestra Señora de la Candelaria y del Hospital Universitario de Canarias, disponiendo su artículo 3 que los miembros de los citados comités serán designados por el Director Gerente de cada Hospital.

Razones de urgencia, motivadas por la entrada en vigor de las normas citadas, aconsejan que por esta vez sea avocada dicha competencia, procediendo la designación de los miembros de aquellos comités mediante la presente Orden.

En su virtud, en uso de la facultades que tengo legalmente atribuidas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Avocación.

Avocar la competencia delegada mediante Orden de 30 de junio de 2010, por la que se crean en la Comunidad Autónoma de Canarias comités clínicos del artículo 15.c) de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción voluntaria del embarazo.

Artículo 2.- Designación de miembros.

a) Comité Clínico del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil:

Especialistas en Ginecología y Obstetricia:

Titulares

Dña. Leonor Valle Morales.

D. José Ángel García Hernández.

Suplentes

Dr. Amina Lubrano Rosales.

Dr. Elena Cortés Cros.

Especialista en Pediatría:

Titular

Dr. Fermín García Muñoz Rodrigo.

Suplente:

Dr. Carlos Siles Quesada.

b) Comité Clínico del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria:

Especialistas en Ginecología y Obstetricia:

Titulares

Dr. José Luís Trabado Montesinos.

Dra. Aránzazu Revuelto Lalinde.

Suplentes:

Dr. Felipe Martín Casañas.

Dr. José Fernando Luís Escudero.

Especialista en Pediatría:

Titular

Dr. Santiago López Mendoza.

Suplente

Dr. Jorge Gómez Sirvent.

c) Comité Clínico del Hospital Universitario de Canarias.

Especialistas en Ginecología y Obstetricia:

Dra. Delia R. Báez Quintana.

Suplente

Dra. Erika Padrón Pérez.

Expertos en Diagnóstico Prenatal:

Dra. Ana Isabel Padilla Pérez.

Suplente

Dra. Margarita Álvarez de la Rosa Rodríguez.

Especialista en Pediatría:

Dr. Arturo Méndez Pérez.

Suplente: Dr. José Ramón Castro Conde.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de junio de 2010.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María Mercedes Roldós Caballero.



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