BOC - 2010/119. Viernes 18 de Junio de 2010 - 3501

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3501 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 7 de junio de 2010, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 10 de marzo de 2010, de justificación de la subvención concedida a la entidad Vipconsulting Canarias, S. Coop., de las previstas en la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.- Expte. 06-38/01160.

Descargar en formato pdf

Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución de justificación en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Vipconsulting Canarias, S. Coop., de la Resolución nº 10/01299, de fecha 10 de marzo de 2010, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de D. Francisco Antonio Tosco Mesa y Dña. María Remedios Herrera González, en calidad de Presidente y Secretaria y en representación de la entidad Vipconsulting Canarias, S. Coop.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que por Resolución nº 06-35/3408 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 12 de diciembre de 2006, se concedió a la citada entidad una subvención para la incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de las previstas en el "artº. 2.a) (Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales)", de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE nº 270, de 11.11.05), por importe de dieciocho mil (18.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2006 23 01 322I 470.00, L.A./P.I. 23400601: "Desarrollo de la Economía Social".

Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo quinto de la citada Resolución y en los mismos términos en el artº. 10 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE nº 270, de 11.11.05).

Tercero.- Que la entidad aportó la documentación exigida, considerándose convenientemente justificada la subvención por el Centro Gestor.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que el Servicio Canario de Empleo es competente en la tramitación y dictado de la presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 155/2002, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 150/2001, de 23 de julio, que modifica los decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones por el SCE y se establecen normas procedimentales.

Segundo.- Examinada la documentación presentada y a la vista de los informes de la Intervención Delegada y del Centro Gestor procede declarar justificada totalmente la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.

R E S U E L V O:

Único.- Declarar justificada la subvención concedida a la entidad Vipconsulting Canarias, S. Coop. mediante Resolución nº 06-35/3408 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 12 de diciembre de 2006, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.

Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Subdirector de Promoción de la Economía Social, p.a., Resolución del Director nº 09/7023, de 22 de julio de 2009, la Subdirectora de Formación, Dunnia Rodríguez Viera. Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de marzo de 2010, por el Jefe de Servicio de Promoción de la Economía Social, Jesús Pedreira Calamita. Lo que notifico a Vd., en cumplimiento a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Jefa de Sección de Promoción de la Economía Social I, Araceli García Santamaría."

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de junio de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.



© Gobierno de Canarias