BOC - 2010/116. Martes 15 de Junio de 2010 - 3447

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3447 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 19 de mayo de 2010, relativo al depósito de documentación sobre la modificación de los estatutos de la asociación denominada Asociación de Mujeres Progresistas, Empresarias y Profesionales del Distrito Puerto-Canteras, Ampro.

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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, de 14.12.07); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación de la asociación empresarial que se detalla:

Artº. 1º DENOMINACIÓN: Asociación de Mujeres Progresistas, Empresarias y Profesionales del Distrito Puerto-Canteras, Ampro.

ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.

DOMICILIO: calle La Naval, 39, esquina calle Luján Pérez, C.P. 35008-Las Palmas de Gran Canaria.

ÁMBITO PROFESIONAL: las personas físicas con capacidad de obrar, no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación. Los menores no emancipados de más de catorce años con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad. Las personas jurídicas.

Artº. 2º FINES: se añaden los siguientes apartados:

11.- Fomentar y defender el sistema de economía libre de mercado e iniciativa probada considerando a la empresa privada como exponente básico generador y creador de riqueza, y al mismo tiempo, con el objetivo fundamental de la prestación de servicios a la sociedad y por tanto, digan de la consideración y respeto que toda conducta ajustada a derecho merece.

12.- Estudiar, proponer y gestionar ante los organismos competentes cuantas medidas se estimen necesarias para el mejor desarrollo de las actividades económicas de la isla, siendo cauce de participación en todas las instancias representativas de gestión y decisión económica a cualquier nivel.

13.- Elaborar recomendaciones y principios sobre política salarial y colectivo-contractual, así como de intervenir en el ámbito de su competencia en cuantas situaciones de conflictos colectivos pudieran suscitarse, y el participar en las negociaciones colectivas que le afecten.

14.- Fomentar el progreso en las técnicas de gestión de las empresas, mediante realización de estudios y difusión de los medios de formación correspondientes.

15.- Promover y fomentar las relaciones con otras organizaciones profesionales de empresarios de análoga naturaleza y finalidad, tanto a nivel nacional como internacional.

16.- Administrar los recursos económicos de la Asociación y su aplicación a los fines y actividades de la misma.

17.- Promover y colaborar en la mejora de los rendimientos y de la productividad de las empresas y en la formación y promoción profesional de los trabajadores integrantes de aquéllas.

18.- Trabajar, promover y defender los intereses comerciales y de otros ámbitos, del colectivo empresarial en general y de nuestras afiliadas en particular.

19.- Desarrollar y promover todas las iniciativas comerciales y empresariales de nuestras afiliadas que vayan encaminadas al desarrollo comercial del Distrito Puerto-Canteras y de nuestra ciudad.

20.- Dar a conocer a las diferentes Administraciones Públicas los distintos proyectos que nos demanden desde el punto de vista tanto empresarial como comercial, nuestras afiliadas y el empresariado del Distrito en particular, y la ciudad o la isla en general.

21.- Y, en general cualquiera otras que en el ámbito de su competencia, tiendan directamente a la más eficaz defensa de los intereses colectivos de sus miembros.

FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: Dña. Adelaida Pérez Sánchez, Dña. Dafne Tamara Guerrero Rovero, D. José Matías Alemán Carrasco y Dña. Rosario Armas Estévez.

Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.



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