BOC - 2010/110. Lunes 7 de Junio de 2010 - 3253

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

3253 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Resolución de 4 de junio de 2010, del Director Ejecutivo, por la que que se determinan los servicios mínimos a cumplir y el personal que deberá atender los mismos, durante el tiempo de huelga convocada por las diferentes organizaciones sindicales los próximos días 8 y 9 de junio de 2010.

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Presentado preaviso de huelga por parte de las organizaciones sindicales CSI-F, CC.00. y U.G.T. desde las 00,00 horas del día 8 de junio de 2010 hasta las 00,00 del día 9 de junio de 2010.

Presentado preaviso de huelga por parte de la organización sindical Confederación Intersindical Canaria desde las 8,00 horas del día 8 de junio de 2010 hasta las 8,00 del día 9 de junio de 2010.

Presentado preaviso de huelga por parte de la organización sindical Sindicato Empleados Públicos de Canarias (SEPCA) durante la jornada del día 8 de junio de 2010.

Considerando la necesidad de garantizar cautelarmente la prestación de servicios considerados esenciales, dentro del conjunto de las funciones que son competencia de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

Oído el Comité de Huelga en la fijación de los servicios mínimos propuestos por esta Agencia.

Vistas las disposiciones de aplicación, y en especial, el Decreto Territorial 2411987, de 13 de marzo, de establecimiento de servicios mínimos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n¡ 32, de 16 de marzo).

Considerando las competencias atribuidas al Director Ejecutivo, en virtud del artículo 19 del Decreto 189/2001, de 15 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural,

R E S U E L V O:

Determinar los servicios mínimos a cumplir y el personal que deberá atender los mismos, durante el tiempo de huelga convocada por las diferentes organizaciones sindicales los próximos días 8 y 9 de junio de 2010, que serán los definidos en el anexo a esta Resolución.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o de diez días, si se acudiera al procedimiento previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Potestativamente, para el supuesto de que se acudiera al procedimiento ordinario, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significándole que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de junio de 2010.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN

Servicios mínimos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA:

Servicio de Régimen Interior y Registro:

D. Rosa María Sánchez González, Jefa de Negociado de Registro.

SANTA CRUZ DE TENERIFE:

Servicio de Régimen Interior y Registro: Dña. María Reyes García, Auxiliar.



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