BOC - 2010/072. Miércoles 14 de Abril de 2010 - 2096

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria

2096 - EDICTO de 25 de febrero de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000700/2009.

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D./Dña. Carmen Elodia Muñoz Camejo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABE: que en este Juzgado se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

D. Jorge David Ramos Cabrera, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria de esta Ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, de desahucio, nº 0000700/2009, seguidos en este Juzgado a instancia de D./Dña. Magdalena de la Caridad Vélez Domínguez, Olivia Vélez Domínguez y Víctor Manuel Vélez Domínguez, representado/a por el/la Procurador/a D./Dña. Eva Naranjo Naranjo en sustitución de Dña. Minerva Navarro Naranjo, y dirigido por el Letrado D./Dña. Penélope Medina Omar, contra D./Dña. Enrique Faber Moya y ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente Sentencia:

FALLO: que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre Dña. Magdalena de la Caridad Vélez Domínguez, Dña. Olivia Vélez Domínguez y D. Víctor Manuel Vélez Domínguez y D. Enrique Faber Moya, sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando al demandado a que, dentro del término legal, lo desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, e imponiéndole expresamente las costas de este juicio al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero de 2010.- El/la Secretario/a.



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