BOC - 2010/062. Lunes 29 de Marzo de 2010 - 1756

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

1756 - Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 12 de marzo de 2010, sobre notificación de la Resolución de 26 de febrero de 2010, que procede declarar la no exigibilidad del abono de las subvenciones concedidas a determinados beneficiarios, en ignorado paradero, mediante Orden de 1 de agosto de 2008, previstas en el proyecto de creación de empresas en Canarias para el año 2008.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de la Directora General de Promoción Económica nº 377, de 26 de febrero de 2010, por la que se procede a declarar la no exigibilidad del abono de la subvención concedida a beneficiarios que se relacionan en el anexo, al no haber justificado la realización de la actividad subvencionada en el plazo establecido en la resolución de concesión, efectuada por oficio a los domicilios que figuran en la documentación administrativa de esta Dirección General de Promoción Económica, sin que hubiera podido practicarse por no ser recibida por los interesados, a través de carta con acuse de recibo, con entrega fallida por dos veces por los servicios de Correos, es por lo que, conforme a lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1º) Notificar a los beneficiarios que se relacionan en el anexo a la Resolución de la Directora General de Promoción Económica nº 377, de 26 de febrero de 2010, pudiendo comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en las dependencias de esta Dirección General, sita en la Avenida José Manuel Guimerá, nº 10, Edificio de Usos Múltiples II, 5ª planta, de Santa Cruz de Tenerife, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro del mencionado acto y dejar constancia del mismo en dicho expediente, haciéndole saber que, transcurrido el plazo señalado sin cumplimentarlo se tendrá por realizado el presente trámite.

2º) Concluido este trámite y vistas las actuaciones pertinentes se dictará la Resolución que corresponda.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación; haciéndole saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4º) Remitir la presente Resolución a los ayuntamientos correspondientes a los domicilios de notificación, para su exposición pública en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de marzo de 2010.- La Directora General de Promoción Económica, Jimena Delgado-Taramona Hernández.

A N E X O

Nº EXPTE.: TFE.08.379.

BENEFICIARIO: José Carlos del Campo Velasco.

OBSERVACIONES: aceptó el 8 de agosto de 2008 no justificó.

Nº EXPTE.: TFE.08.482.

BENEFICIARIO: Serigrafía Mercedes y Fabián, S.L.U.

OBSERVACIONES: aceptó el 26 de agosto de 2008 no justificó.



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