BOC - 2009/253. Martes 29 de Diciembre de 2009 - 5141

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

5141 - Dirección General de la Función Pública.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 16 de diciembre de 2009, relativa a notificación de la Orden de 31 de julio de 2009, que desestima el recurso de reposición interpuesto por D. Roberto Santana Sosa, contra la Orden de 17 de febrero de 2009, por la que se excluye, en ejecución de Sentencia, determinado puesto de trabajo que figura en el anexo II puestos vacantes, de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, y se aprueba la lista de adjudicación definitiva de los mismos (BOC nº 36, de 23.2.09).

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Habiendo sido intentada, en distintas ocasiones, la notificación de la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad nº 316, de 31 de julio de 2009, por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto por D. Roberto Santana Sosa, contra la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 17 de febrero de 2009, por la que se excluye, en ejecución de Sentencia, determinado puesto de trabajo que figura en el anexo II puestos vacantes, de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, y se aprueba la lista de adjudicación definitiva de los mismos (BOC nº 36, de 23.2.09), en el domicilio que figura en el expediente administrativo sin que haya podido practicarse, y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a D. Roberto Santana Sosa, la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad nº 316, de 31 de julio de 2009, que figura como anexo de esta Resolución, por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 17 de febrero de 2009, por la que se excluye, en ejecución de Sentencia, determinado puesto de trabajo que figura en el anexo II puestos vacantes, de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, y se aprueba la lista de adjudicación definitiva de los mismos (BOC nº 36, de 23.2.09).

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 2009.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

A N E X O

Orden por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por D. Roberto Santana Sosa, contra la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 17 de febrero de 2009, por la que se excluye, en ejecución de Sentencia, determinado puesto de trabajo que figura en el anexo II puestos vacantes, de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, y se aprueba la lista de adjudicación definitiva de los mismos (BOC nº 36, de 23.2.09).

Visto el recurso potestativo de reposición interpuesto por D. Roberto Santana Sosa, contra la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 17 de febrero de 2009, por la que se excluye, en ejecución de Sentencia, determinado puesto de trabajo que figura en el anexo II puestos vacantes, de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, y se aprueba la lista de adjudicación definitiva de los mismos (BOC nº 36, de 23.2.09).

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de la Función Pública.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia, de 2 de julio de 2007, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 139, de 12.7.07).

Segundo.- D. Roberto Santana Sosa, funcionario del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidad Veterinaria Asistencial, participó, obligatoriamente, en el concurso de méritos mencionado.

Tercero.- Por Orden de 2 de octubre de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad (BOC nº 201, de 7.10.08) se aprueba la lista provisional de adjudicación de puestos del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, convocado por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, adjudicándosele provisionalmente a D. Roberto Santana Sosa el puesto de trabajo nº 10243510, Jefe de Sección de Coordinación de Mataderos, en la Unidad de Inspección Sanitaria y Laboratorio, de la Dirección de Área de Gran Canaria, en el Servicio Canario de la Salud, solicitado en primer lugar.

Cuarto.- Mediante escrito de fecha 8 de octubre de 2008, D. Roberto Santana Sosa presenta reclamación contra la lista provisional de adjudicación citada en el antecedente de hecho anterior, solicitando que se le valoren nuevamente y se le otorguen los puntos correspondientes por los servicios prestados a las Administraciones Públicas, que suman un total de 22 años y 4 meses.

Quinto.- El listado provisional de adjudicaciones fue objeto de modificación, actualizándose el 28 de noviembre de 2008, sin que ello afectase al puesto ni a la puntuación otorgada al recurrente, el cual, presentó nueva reclamación contra el listado provisional de adjudicación.

Sexto.- Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 17 de febrero de 2009, se excluye, en ejecución de Sentencia, determinado puesto de trabajo que figura en el anexo II puestos vacantes, de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, y se aprueba la lista de adjudicación definitiva de los mismos (BOC nº 36, de 23.2.09), adjudicándosele definitivamente a D. Roberto Santana Sosa el puesto de trabajo nº 10243510, Jefe de Sección de Coordinación de Mataderos, antes citado.

Séptimo.- Por escrito de 27 de febrero de 2009, registrado de entrada en esta Dirección General el 24 de marzo del mismo año, D. Roberto Santana Sosa interpone recurso de reposición contra la Orden citada en el antecedente de hecho anterior, alegando, en síntesis, que ya había presentado alegaciones a la puntuación otorgada en la lista de adjudicación provisional, momento en el que adjuntó escrito de la Dirección General de Recursos Humanos que argumenta el error del anterior Certificado de Antecedentes Administrativos y el certificado emitido tras subsanar dicho error, en el que se recogen los servicios prestados como veterinario en el período de 19 de diciembre de 1984 a 25 de octubre de 1986, para la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, pero que dicha alegación no ha sido tomada en consideración.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad es competente para conocer y resolver el presente recurso de reposición, interpuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al ser el órgano que dictó el acto objeto de impugnación.

Segunda.- El recurso interpuesto reúne los requisitos determinantes de su admisión a trámite, en cuanto a capacidad, legitimación e interposición dentro de plazo de acuerdo con lo previsto en los artículos 30, 31, 107.1, 116 y 117, respectivamente, de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercera.- El presente recurso se resuelve en función de la obligación que tiene la Administración de dictar resolución expresa en todos los procedimientos, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la misma Ley.

Cuarta.- La Comisión de Valoración del concurso de méritos, en su Acta de 10 de septiembre de 2008, dispone que:

"... En relación con el certificado de antecedentes administrativos de D. Roberto Santana Sosa, y a la vista de la certificación de servicios previos emitida por la Jefa de Servicio de Personal e Inspección de Servicios de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de fecha 8 de julio de 2008, el interesado prestó servicios como contratado laboral durante el período comprendido entre el 19 de diciembre de 1984 hasta el 25 de octubre de 1986, por lo que tiene una antigüedad reconocida de 22 años y 4 meses."

Por otra parte, la citada Comisión de Valoración, en su Acta de 28 de enero de 2009, en relación a la alegación de D. Roberto Santana Sosa de que se le valore, por el epígrafe 1.3 del anexo, relativo al "Trabajo desarrollado en puestos anteriores", el desarrollo de las funciones desempeñadas en Sanidad Exterior en Las Palmas, acuerda que:

"La Comisión de Valoración desestima la reclamación ya que el trabajo desarrollado desde el 19 de diciembre de 1984 hasta el 25 de octubre de 1986 con vínculo de contratación laboral no resulta valorable, de acuerdo con lo establecido en el epígrafe 1.3 del baremo, que establece que sólo se valorarán méritos por este apartado cuando el vínculo con la Administración sea como funcionario de carrera, interino o bien en prácticas."

Quinta.- Es doctrina consolidada la establecida en relación con las facultades de valoración de conocimientos y méritos que tienen los Tribunales que juzgan oposiciones o concursos, y los límites de los órganos jurisdiccionales y administrativos al revisar los actos de aquéllos en el sentido de que, salvo excepciones justificadas, no pueden entrar a conocer del acierto o desacierto de su apreciación al constituir materia reservada a su discrecionalidad técnica. Del mismo modo, según la doctrina jurisprudencial (Sentencia del Tribunal Constitucional 215/1991 o Sentencia del Tribunal Constitucional 48/1998, entre otras), los órganos administrativos sólo pueden revisar las calificaciones otorgadas por los órganos de valoración en relación con las propuestas que les son elevadas por éstos, y únicamente cuando resulte evidente la arbitrariedad en la que haya podido incurrirse al realizar la correspondiente propuesta, con manifiesto quebrantamiento de los principios de mérito y capacidad.

Pues bien, a la vista de lo anterior ha de concluirse que no concurren razones que aconsejen en esta instancia proceder a la revisión de los argumentos tenidos en cuenta por la Comisión de Valoración para la emisión de su juicio técnico, que, por tanto, debe ser ratificado.

Por cuanto antecede, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

Desestimar el recurso potestativo de reposición interpuesto por D. Roberto Santana Sosa, contra la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 17 de febrero de 2009, por la que se excluye, en ejecución de Sentencia, determinado puesto de trabajo que figura en el anexo II puestos vacantes, de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 2 de julio de 2007, que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidades de Farmacia Asistencial y Veterinaria Asistencial, y se aprueba la lista de adjudicación definitiva de los mismos (BOC nº 36, de 23.2.09).

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o de la circunscripción en la que tenga su domicilio el recurrente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.- El Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, José Miguel Ruano León.



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