BOC - 2009/240. Miércoles 9 de Diciembre de 2009 - 1806

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1806 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 26 de noviembre de 2009, por la que se da publicidad a las convocatorias y a las bases para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo de Oficialía Mayor, clase 1ª, Subescala de Secretaría, categoría superior y Vicesecretaría, clase 1ª, Subescala de Secretaría, categoría superior, reservados a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

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Examinado el expediente iniciado a solicitud del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo de Oficialía Mayor, clase 1ª y Vicesecretaría, clase 1ª, reservados a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal, de la Subescala de Secretaría, categoría superior.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante oficios de fecha 10 de noviembre de 2009 (Registros de Salida números 59.032 y 59.026), que tuvieron entrada en esta Dirección General el día 12 siguiente, la Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria da traslado a este Centro Directivo de los Decretos números 26.227/2009, de 4 de noviembre y 26.226/2009, de 3 de noviembre, de la Alcaldía de la Corporación, en cuya virtud se aprueban las convocatorias para la provisión de los indicados puestos de trabajo por libre designación, así como las bases por las que se regirán.

2º) Por Resolución de esta Dirección General, de 14 de marzo de 2002, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 43, de 3 de abril, se creó y clasificó el puesto de Oficialía Mayor, clase 1ª, como puesto a proveer por el sistema de libre designación. Por Resolución de esta Dirección General, de 5 de junio de 2002, se corrige error material advertido en la anterior Resolución.

3º) Por Resolución de esta Dirección General, de 3 de noviembre de 2000, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 151, de 17 de noviembre, se clasificó el puesto de Vicesecretaría, clase 1ª, entre otros, como puesto a proveer por el sistema de libre designación.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El apartado 5.2 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (B.O.E. nº 89, de 13 de abril), establece: "Excepcionalmente, para los municipios de gran población previstos en el artículo 121 de la Ley 7/1985, así como las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, podrán cubrirse, por el sistema de libre designación, entre funcionarios con habilitación de carácter estatal de la subescala y categoría correspondientes, los puestos a ellos reservados que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo en los términos previstos en la legislación básica sobre función pública.

Segunda.- El artículo 28.2 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el artículo noveno del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (B.O.E. nº 163, de 9 de julio), por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que la convocatoria para cubrir los puestos de libre designación corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Diario Oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Administraciones Públicas, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada. La Dirección General para la Administración Local dispondrá la publicación, cada mes y con carácter regular, del extracto de dichas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. Y especifica, además, que la indicada convocatoria se realizará en el plazo máximo de tres meses desde que el puesto hubiese resultado vacante.

Tercera.- Corresponde a esta Dirección General el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios con habilitación de carácter estatal, están atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 22/2008, de 19 de febrero (B.O.C. nº 45, de 3 de marzo).

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

Primero.- Dar publicidad al Decreto 26.227/2009, de 4 de noviembre, dictado por el Alcalde del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en cuya virtud se aprueba la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Oficialía Mayor, clase 1ª, así como las bases por las que se regirá, que se transcriben a continuación:

"Vista la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece el régimen de provisión de los puestos de trabajo reservados a los funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Vistos asimismo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, así como las normas reglamentarias de desarrollo que tengan carácter básico, tal y como se deduce del artículo 3.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, que contienen la normativa básica en relación con los funcionarios con habilitación estatal.

Visto el Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Vistos los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación y, en el ejercicio de las competencias que ostento, vengo en disponer

Primero.- La iniciación del trámite de convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de Oficialía Mayor, clase 1ª.

Segundo.- La aprobación de las bases que han de regir la convocatoria, anexas a la presente Resolución.

Tercero.- La remisión de la presente Resolución a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y la remisión al Ministerio de Administraciones Públicas en el plazo de 10 días, con referencia precisa al número y fecha del diario en que ha sido publicada y a efectos de la inserción de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente a cuatro de noviembre de dos mil nueve, de todo lo cual como Secretaria General del Pleno, doy fe.- El Alcalde, Jerónimo Saavedra Acevedo.- La Secretaria General del Pleno, Ana María Echeandía Mota.

Bases de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo denominado Oficialía Mayor, clase 1ª, por el sistema de libre designación, reservado a personal funcionario de carrera.

Primera.- Objeto de las bases.

Estas bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo denominado Oficialía Mayor, clase 1ª, existente en la plantilla de puestos de trabajo de esta Corporación, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de acuerdo a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda 5.2 y en la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en los términos que establecen los artículos 27 y siguientes del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo de la Administración Local reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, que se entenderán referidas a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal, en tanto no se aprueben las normas de desarrollo de la Disposición Adicional Segunda del Estatuto, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Segunda.- Características del puesto.

2.1. Las características del puesto son:

a. Entidad Local: Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

b. Área: Alcaldía.

c. Código del puesto: 1671FU300282.

d. Denominación: Oficialía Mayor.

e. Nivel de complemento de destino: 30.

f. Complemento específico anual: 27.000,12 euros.

g. Grupo: A.

h. Escala: Habilitación de carácter estatal.

i. Subescala: Secretaría.

j. Categoría: Superior.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Será requisito indispensable para concurrir a la presente convocatoria, y poder desempeñar el puesto de trabajo, pertenecer a la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal, Subescala Secretaría, Categoría Superior.

No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 18, apartado 3, del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo de la Administración Local reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Cuarta.- Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, sito en la calle León y Castillo, 270, en sus registros desconcentrados, o también en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso el aspirante justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos o Registro del organismo público correspondiente y anunciará al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en el mismo día, la remisión de la solicitud mediante fax (928) 446132 o correo electrónico (cortega@laspalmasgc.es). Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la solicitud si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, siete días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la solicitud, ésta no será admitida en ningún caso.

Los interesados dirigirán su solicitud al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, acompañando a la misma el currículum vitae -en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, así como cualesquiera otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto-, la documentación justificativa de los requisitos requeridos, la acreditación de los méritos alegados, que han de ser los que correspondan a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, así como una declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan su participación en la convocatoria, recogidas en la base tercera de la presente convocatoria.

Quinta.- Resolución de la convocatoria.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de Cooperación para la Administración Local para anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento establecido. El órgano competente para resolver declarará desierta la convocatoria si no concurren funcionarios o cuando quienes participen no reúnan los requisitos establecidos en la misma.

Sexta.- Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o puestos de trabajo en localidad distinta. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de la Función Pública.

Séptima.- Incidencias.

En lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación la normativa vigente en materia de Función Pública de las Corporaciones Locales y del Estado, en especial, la referida a la provisión de puestos de trabajo.

Octava.- Recursos y reclamaciones.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Excmo. Sr. Alcalde, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta ciudad, en el plazo de dos meses, conforme los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa."

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de noviembre de 2009.- El Alcalde, Jerónimo Saavedra Acevedo.

Providencia de ordenación: procédase a la comunicación, publicación y ejecución del acuerdo adoptado por la Secretaría General del Pleno, informando periódicamente de lo actuado al Ilmo. Sr. Concejal de Gobierno del Área de Organización e Innovación, Empleo y Recursos Humanos.- El Alcalde, Jerónimo Saavedra Acevedo".

Segundo.- Dar publicidad al Decreto 26.226/2009, de 3 de noviembre, dictado por el Alcalde del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en cuya virtud se aprueba la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Vicesecretaría, clase 1ª, así como las bases por las que se regirá, que se transcriben a continuación:

"Vista la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece el régimen de provisión de los puestos de trabajo reservados a los funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Vistos asimismo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, así como las normas reglamentarias de desarrollo que tengan carácter básico, tal y como se deduce del artículo 3.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, que contienen la normativa básica en relación con los funcionarios con habilitación estatal.

Visto el Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Vistos los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación y, en el ejercicio de las competencias que ostento, vengo en disponer

Primero.- La iniciación del trámite de convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de Vicesecretaría, clase 1ª.

Segundo.- La aprobación de las bases que han de regir la convocatoria, anexas a la presente Resolución.

Tercero.- La remisión de la presente Resolución a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y la remisión al Ministerio de Administraciones Públicas en el plazo de 10 días, con referencia precisa al número y fecha del diario en que ha sido publicada y a efectos de la inserción de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente, a tres de noviembre de dos mil nueve, de todo lo cual como Secretaria General del Pleno, doy fe.- El Alcalde, Jerónimo Saavedra Acevedo.- La Secretaria General del Pleno, Ana María Echeandía Mota.

Bases de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo denominado Vicesecretaría, clase 1ª, por el sistema de libre designación, reservado a personal funcionario de carrera.

Primera.- Objeto de las bases.

Estas bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo denominado Vicesecretaría, clase 1ª, existente en la plantilla de puestos de trabajo de esta Corporación, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de acuerdo a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda 5.2 y en la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en los términos que establecen los artículos 27 y siguientes del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo de la Administración Local reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, que se entenderán referidas a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal, en tanto no se aprueben las normas de desarrollo de la Disposición Adicional Segunda del Estatuto, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Segunda.- Características del puesto.

2.1. Las características del puesto son:

a. Entidad Local: Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

b. Área: Alcaldía.

c. Código del puesto: 003FU300138.

d. Denominación: Vicesecretaría.

e. Nivel de complemento de destino: 30.

f. Complemento específico anual: 27.000,12 euros.

g. Grupo: A.

h. Escala: Habilitación de carácter estatal.

i. Subescala: Secretaría.

j. Categoría: Superior.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Será requisito indispensable para concurrir a la presente convocatoria, y poder desempeñar el puesto de trabajo, pertenecer a la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal, Subescala Secretaría, Categoría Superior.

No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 18, apartado 3, del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo de la Administración Local reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Cuarta.- Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, sito en la calle León y Castillo, 270, en sus registros desconcentrados, o también en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso el aspirante justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos o Registro del organismo público correspondiente y anunciará al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en el mismo día, la remisión de la solicitud mediante fax (928) 446132 o correo electrónico (cortega@laspalmasgc.es). Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la solicitud si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, siete días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la solicitud, ésta no será admitida en ningún caso.

Los interesados dirigirán su solicitud al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, acompañando a la misma el currículum vitae -en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, así como cualesquiera otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto-, la documentación justificativa de los requisitos requeridos, la acreditación de los méritos alegados, que han de ser los que correspondan a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, así como una declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan su participación en la convocatoria, recogidas en la base tercera de la presente convocatoria

Quinta.- Resolución de la convocatoria.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de Cooperación para la Administración Local para anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento establecido. El órgano competente para resolver declarará desierta la convocatoria si no concurren funcionarios o cuando quienes participen no reúnan los requisitos establecidos en la misma.

Sexta.- Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o puestos de trabajo en localidad distinta. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuanta de este acuerdo a la Dirección General de la Función Pública.

Séptima.- Incidencias.

En lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación la normativa vigente en materia de Función Pública de las Corporaciones Locales y del Estado, en especial, la referida a la provisión de puestos de trabajo.

Octava.- Recursos y reclamaciones.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Excmo. Sr. Alcalde, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta ciudad, en el plazo de dos meses, conforme los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa."

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de noviembre de 2009.- El Alcalde, Jerónimo Saavedra Acevedo.

Providencia de ordenación: procédase a la comunicación, publicación y ejecución del acuerdo adoptado por la Secretaría General del Pleno, informando periódicamente de lo actuado al Ilmo. Sr. Concejal de Gobierno del Área de Organización e Innovación, Empleo y Recursos Humanos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de noviembre de 2009.- El Alcalde, Jerónimo Saavedra Acevedo".

Tercero.- Publicar la siguiente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de noviembre de 2009.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.



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