BOC - 2009/127. Jueves 2 de Julio de 2009 - 1012

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1012 - Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.- Resolución de 23 de junio de 2009, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2008, que establece las bases reguladoras del programa de incentivos para el impulso del acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos de las Administraciones Locales de Canarias y se efectúa su convocatoria anticipada para el año 2009 (B.O.C. nº 260, de 30.12.08).

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ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Con fecha 30 de diciembre de 2008 se publica en el Boletín Oficial de Canarias nº 260 la Orden de 22 de diciembre de 2008, por la que se establecían las bases reguladoras del programa de incentivos para el impulso del acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos de las Administraciones Locales de Canarias y se efectúa su convocatoria anticipada para el año 2009, modificada por Resolución del Director General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías de 18 de febrero de 2009, Boletín Oficial de Canarias nº 36.

2.- El punto tercero de la citada Orden establece que el importe de los créditos presupuestarios que se destinan a la financiación de la presente convocatoria ascienden a 3.000.000,00 de euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 08 24 521 A 750 00, proyecto de inversión 08708902 denominado "Fomento de la Innovación de las Administraciones Locales Canarias".

3.- En el párrafo siguiente se recoge la posibilidad de que a dicho importe, con anterioridad a la resolución de la convocatoria, se le podrán añadir los créditos que como consecuencia de la propia gestión del Programa se precisen, vía modificación de crédito o por incremento de la dotación inicialmente asignada al Programa en función del presupuesto consignado en el proyecto.

4.- El resuelvo quinto de la Orden de convocatoria señala que para el ejercicio 2009 el plazo máximo para resolver las solicitudes que se formulen será como máximo de 4 meses contados a partir del día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Este último plazo podrá ampliarse a la vista del volumen de proyectos presentados.

5.- La Resolución de 18 de febrero de 2009 (B.O.C. nº 36, de 23.2.09) modifica la Orden de convocatoria, ampliando el plazo de presentación de solicitudes terminando el 20 de marzo de 2009. En consecuencia el plazo para resolver finaliza el 21 de julio de 2009.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La citada Orden de 22 de diciembre de 2008 establece en el apartado séptimo del resuelvo la delegación en el Director General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías, del ejercicio de una serie de competencias, en concreto en el epígrafe a), se determina la correspondiente a "la modificación de la Orden y la ampliación de los plazos establecidos en la misma".

En virtud de lo anteriormente expuesto y en uso de la competencia legalmente atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Incrementar el importe de la convocatoria en la cantidad de 529.269,00 euros derivado de la generación de un crédito correspondiente al ingreso del Ministerio de Industria, Comercio y Consumo como consecuencia de la firma de la addenda al convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo del programa ciudades digitales 2007-2010 (Plan Avanza) y que se incluye en el proyecto de inversión 08708906 denominado "Fomento de la Innovación y Modernización de las Administraciones Locales Canarias (Plan Avanza)".

Este importe se destinará al proyecto recogido en el apartado a) "implantación de servicios electrónicos" del resuelvo tercero de la Orden de convocatoria.

Segundo.- Ampliar el plazo para resolver la presente convocatoria finalizando el 30 de agosto de 2009.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de la Contencioso-Administrativo, en Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, significando que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de junio de 2009.- El Director General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías, Tomás Ríos Rull.



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