BOC - 2008/205. Lunes 13 de Octubre de 2008 - 1534

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1534 - Academia Canaria de Seguridad.- Resolución de 3 de octubre de 2008, por la que se convocan los cursos de dispensa en un grado del requisito de titulación, previstos en el apartado quinto de la Disposición Transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencia y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.

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La Disposición Transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencia y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, en su apartado quinto establece que "para la promoción interna de los funcionarios que presten sus servicios en los Cuerpos de Policía Local a la entrada en vigor de la presente Ley, y que carezcan de la titulación exigida en la misma, se podrá dispensar en un grado el requisito de titulación siempre que se hayan realizado los cursos y obtenido, con aprovechamiento, los diplomas correspondientes que imparta la Academia Canaria de Seguridad. Este derecho sólo podrá ejercitarse durante 5 años desde la entrada en vigor de esta Ley".

El artículo 4, apartado 1, del Decreto 172/1998, de 8 de octubre, por el que se regula la Academia Canaria de Seguridad, atribuye a ésta la formación, perfeccionamiento y especialización de los miembros de los Cuerpos de Policía de Canarias, para lo cual organizará cursos, seminarios, jornadas y otras actividades análogas.

En su virtud, previa aprobación del Consejo de Administración de la Academia Canaria de Seguridad a propuesta del Director de la citada Academia, y previa su inclusión en el Plan de Actividades para el año 2008 aprobado en la sesión de fecha 21 de abril de 2008 del referido Consejo, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas, resuelvo convocar los cursos de dispensa en un grado del requisito de titulación, previstos en el apartado quinto de la Disposición Transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera.- Objetivo.

1. El objetivo de la realización de los cursos convocados por la presente Resolución es dispensar de un grado del requisito de titulación a los funcionarios de carrera pertenecientes a 1os Cuerpos de la Policía Local de Canarias, a efectos de la promoción interna, de conformidad con lo establecido en el apartado quinto de la Disposición Transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.

2. Los cursos de dispensa de un grado se convocan por una sola vez, sin perjuicio de que la Academia Canaria de Seguridad realice las ediciones formativas de los mismos que sean necesarias en función del número de aspirantes. Los aspirantes a obtener la dispensa solamente podrán matricularse y presentarse una vez y los que no superen el curso quedarán decaídos en su derecho a obtener la misma sin que puedan inscribirse en otra edición que se convoque salvo que concurran circunstancias debidamente motivadas, que serán valoradas por la Dirección de esta Academia.

Segunda.- Requisitos de los participantes.

1. Podrán solicitar la asistencia a los cursos de dispensa de un grado, los funcionarios de carrera que presten servicios en 1os Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Canarias con anterioridad al día 19 de abril de 2007, fecha de la entrada en vigor de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.

2. Para poder participar en los cursos de dispensa de un grado se exigirá la acreditación de estar en posesión de la siguiente titulación:

a) Para acceder al curso de dispensa en un grado del requisito de titulación del Grupo C, Subgrupo C1, será necesario tener el título académico de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.

b) Para acceder al curso de dispensa en un grado del requisito de titulación del Grupo A, Subgrupo A2, será necesario tener el título académico de Bachillerato, Formación Profesional de Grado Superior, o equivalente, o haber superado las pruebas de acceso para mayores de veinticinco años a la Universidad.

c) Para acceder al curso de dispensa en un grado del requisito de titulación del Grupo A, Subgrupo A1, será necesario tener e1 título académico de Diplomado Universitario, o equivalente.

Tercera.- Solicitudes.

1. Quienes deseen inscribirse para participar en los cursos de dispensa de un grado deberán dirigir su solicitud a este Organismo Autónomo, en instancia que será facilitada en la página Web https://www.gobiernodecanarias.org/academiaa o en las oficinas de la Academia Canaria de Seguridad, instaladas en la Avenida Principal de Añaza, s/n, en Santa Cruz de Tenerife, y en la calle Alfonso XIII, 7, de Las Palmas de Gran Canaria, y, presentarse conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley 30/1992, y al artículo 4 del Decreto 100/1985, en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Junto con la solicitud, los interesados deberán aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de estar en posesión de la titulación requerida para aspirar a la dispensa de un grado en cada caso, conforme a lo dispuesto en la base anterior.

c) Certificación expedida por el Secretario de la Corporación acreditativa de haber adquirido la condición de funcionario de carrera de los Cuerpos de Policía Local de Canarias con anterioridad al 19 de abril de 2007.

d) Declaración responsable de no hallarse en posesión de la titulación exigida para acceder, por promoción interna, al empleo que corresponda, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 21.2 de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policía Locales de Canarias, en su redacción dada por la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y lo previsto, al respecto, en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Cuarta.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución.

Quinta.- Selección de los participantes.

1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Academia Canaria de Seguridad dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión y el plazo de subsanación de defectos que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se concede a los aspirantes excluidos. Así mismo dicha Resolución indicará el lugar y fecha de comienzo de los cursos.

2. Los aspirantes excluidos y aquellos que no figuren recogidos en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución indicada en el punto anterior para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

Si dentro del plazo de subsanación señalado no se corrige el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de los aspirantes, los mismos serán definitivamente excluidos de la participación en los cursos de dispensa de un grado del requisito de titulación.

3. Una vez transcurrido el plazo de subsanación, la Academia Canaria de Seguridad dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, aprobando la lista definitiva de admitidos a los cursos de dispensa y en la misma se indicará la fecha de comienzo de los referidos cursos.

Sexta.- Contenido y duración de los cursos.

1. EI programa de las materias a impartir en cada curso se determina en los anexos I, II y III a esta Resolución.

2. Los cursos se realizarán de forma continuada y tendrán la siguiente duración:

a) Para la dispensa en un grado del requisito de titulación del Grupo C, Subgrupo C1: 300 horas.

b) Para la dispensa en un grado del requisito de titulación del Grupo A, Subgrupo A2: 600 horas.

c) Para la dispensa en un grado del requisito de titulación del Grupo A, Subgrupo A1: 400 horas.

Séptima.- Régimen académico.

El régimen académico de los cursos será a distancia, con la utilización de nuevas tecnologías que permitan adecuar su organización al hecho insular y propicien el contacto directo entre profesores y alumnos. Se realizarán pruebas presenciales y tutorías periódicas que permitan el mejor aprovechamiento de las materias que se impartan, a través de la consulta individualizada y el asesoramiento tutorial. A tal fin, la Academia Canaria de Seguridad asignará a cada alumno un tutor y fijará el calendario de las tutorías, así como las pruebas de evaluación que deberán ser superadas.

Octava.- Derechos de inscripción.

Los cursos de dispensa que se convocan por la presente Resolución son de carácter gratuito.

Novena.- Diplomas de aptitud.

1. A la finalización de los cursos de dispensa y previa superación de las pruebas de aprovechamiento, la Academia Canaria de Seguridad expedirá el diploma de dispensa de un grado de titulación al que se haya accedido.

2. Los aspirantes que no superen el curso de dispensa se considerarán decaídos en el derecho a la dispensa de un grado del requisito de titulación.

3. Los diplomas acreditativos de la superación de estos cursos no tendrán la consideración de titulación académica oficial.

Décima.- Información adicional.

Se podrá solicitar información adicional en las dependencias de la Academia Canaria de Seguridad sitas en la Avenida Principal de Añaza, s/n (Santa Cruz de Tenerife), o en la calle Alfonso XIII, 7 (Las Palmas de Gran Canaria), o llamando a los teléfonos (922) 687240 y (928) 452646.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de octubre de 2008.- El Director, Víctor Chinea Mendoza.

A N E X O I

RELACIÓN DE MÓDULOS PARA EL CURSO DE DISPENSA DE GRADO: GRUPO A2 A A1 (400 HORAS).

Dirección y gestión de recursos

La metodología de la investigación científica

Protección y prevención en la seguridad pública

Sociología aplicada en la seguridad pública

Inmigración y ámbito social

Medios de comunicación social y seguridad pública

Psicología en el contexto de la seguridad

Seguridad humana

A N E X O I I

RELACIÓN DE MÓDULOS PARA EL CURSO DE DISPENSA DE GRADO: GRUPO C1 A A2 (600 HORAS).

Historia y evolución de la seguridad

Criminología

Derecho penal y procesal

Derecho administrativo

Derecho constitucional

La protección civil

Comunicaciones en el ámbito de la seguridad

Mediación y resolución de conflictos

Seguridad vial

Funciones de los cuerpos de seguridad

A N E X O I I I

RELACIÓN DE MÓDULOS PARA EL CURSO DE DISPENSA DE GRADO: GRUPO C2 A C1 (300 HORAS)

Áreas de conocimiento:

- Humanidades y Ciencias Sociales

- Científico-tecnológico

- Comunicación

Área de Humanidades y Ciencias Sociales:

1. Obligatorios

a) Democracia y participación

b) El ser humano como ser social

c) Violencia de género: tolerancia cero

d) Inmigración I y II

2. Optativos

a) Atención a la ciudadanía

b) El mundo hoy

c) Educar para consumir

d) La Unión Europea

e) Prevención y evaluación del maltrato infantil

Área Científico-tecnológica:

3. Obligatorios:

a) Trabajo y salud

b) Medio natural canario

4. Optativos

a) Litoral canario

b) Planeta Tierra

c) Actividad física saludable

d) Números y cálculo

e) Energías renovables

f) Informática básica

g) Iniciación al tratamiento de texto

h) Tratamiento texto avanzado

i) Tratamiento de texto y tablas de cálculos

j) Sistemas operativos

Área de Comunicación:

5. Obligatorios

a) Técnicas de comunicación escrita

b) Mass media



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