BOC - 2008/191. Martes 23 de Septiembre de 2008 - 3715

IV. Anuncios - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife

3715 - EDICTO de 21 de enero de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000498/2006.

Descargar en formato pdf

El/ la Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 1.

HACE SABER: que en los autos que luego se dirán consta la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:

El Sr. D. Javier Pérez Minaya, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de esta capital y su Partido, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia con fecha 10 de enero de 2008.

SENTENCIA

En los presentes Autos de Juicio Incidental sobre familia. Divorcio contencioso, registrado bajo el nº 0000498/2006, en virtud de demanda formulada por D. Marcos Miguez Castro, representado por la Procuradora Dña. Milagros Cabrera Pérez, contra Dña. Helen Chrispim Machado, declarada judicialmente en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Dña. Milagros Cabrera, en representación de D. Marcos Miguez Castro, decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por D. Marcos Miguez Castro y Dña. Helen Chrispim Machado, manteniendo las medidas recogidas en la Sentencia de separación de 29 de marzo de 2005.

No ha lugar a hacer imposición de costas procesales.

Firme que sea esta Sentencia o, en su caso, el pronunciamiento de disolución del matrimonio, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de 5 días (artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.- El/la Secretario/a.



© Gobierno de Canarias