BOC - 2008/116. Miércoles 11 de Junio de 2008 - 891

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

891 - ORDEN de 21 de mayo de 2008, por la que se dispone el cese y nombramiento de miembros titulares y suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional.

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Examinadas las propuestas relativas al cese y nombramiento de miembros del Consejo Canario de Formación Profesional, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 19 de octubre de 2001, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales, titulares y suplentes, del Consejo Canario de Formación Profesional (B.O.C. nº 146, de 9.11.01), se nombra como vocal titular, en representación del Gobierno de Canarias a D. Fernando Hernández Guarch, Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación, y como vocales suplentes a D. Luis Fernández Marcos y D. José María Heras Santamaría.

Segundo.- Por Orden de 11 de abril de 2002, por la que se nombran vocales del Consejo Canario de Formación Profesional (B.O.C. nº 52, de 24.4.02), se designa vocal titular, en representación del Gobierno de Canarias, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, a D. Francisco Javier Fraile Bonafonte y como vocal suplente a D. Francisco Javier Egaña Irusta.

Tercero.- Por Orden de 29 de octubre de 2004, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales, titulares y suplentes, del Consejo Canario de Formación Profesional (B.O.C. nº 230, de 25.11.04), se cesa como secretario del Consejo Canario de Formación Profesional a D. José María Heras Santamaría y se nombra como secretario del Consejo Canario de Formación Profesional a D. Fernando Duerto Segura y como secretario suplente a D. José María Heras Santamaría.

Cuarto.- El 16 de abril de 2008 tiene registro de entrada en la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes una comunicación de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la que se propone el nombramiento como vocal titular del Consejo Canario de Formación Profesional a D. Francisco Javier Egaña Irusta y como suplente a D. Francisco Javier Fraile Bonafonte.

Quinto.- El 24 de abril de 2008 tiene registro de entrada en la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, una certificación del Acuerdo adoptado por la Comisión Ejecutiva de Comisiones Obreras de Canarias, en la que se propone como vocal titular del Consejo Canario de Formación Profesional a D. Braulio Romero Molero y vocal suplente a Dña. Pilar Magariños Martín.

A los anteriores hechos les es de aplicación el siguiente

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- El Decreto 233/1997, de 18 de septiembre, por el que se crea el Consejo Canario de Formación Profesional (B.O.C. nº 140, de 29.10.97), establece en su artículo 3.1.b) que el Consejo Canario de Formación Profesional estará compuesto por los siguientes vocales:

- Seis en representación del Gobierno de Canarias, tres a propuesta de la Consejería competente en materia de educación, dos a propuesta de la Consejería competente en materia de empleo y uno a propuesta de la Consejería competente en materia de agricultura.

- Seis en representación de las organizaciones sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias, a propuesta de las mismas.

El citado Decreto dispone además en su artículo 3.4 que se nombrará un número de vocales suplentes igual al de titulares, a quienes podrán sustituir en caso de vacante, ausencia o enfermedad, o cuando concurra alguna causa justificada.

El punto 2 del artículo 3 establece que el Secretario, con voz pero sin voto, será el funcionario designado por el Presidente del Consejo.

En el punto 5 del mismo artículo se establece que se nombrará a los mismos fines Secretario suplente.

En consecuencia y por aplicación del artículo 4 del Decreto 233/1997, de 18 de septiembre, por el que se crea el Consejo Canario de Formación Profesional, los vocales, titulares y suplentes, serán nombrados por Orden del Consejero que ostente la Presidencia del Consejo.

Habida cuenta que, en la actualidad, la Presidencia del Consejo es desempeñada por la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 4 del Decreto 233/1997, de 18 de septiembre,

D I S P O N G O:

Primero.- El cese de los siguientes vocales titulares del Consejo Canario de Formación Profesional:

- D. Fernando Hernández Guarch.

- D. Francisco Javier Fraile Bonafonte.

- D. Vicente Sebastián Trullen.

Segundo.- El cese de los siguientes vocales suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional:

- D. Luis Fernández Marcos.

- D. José María Heras Santamaría.

- D. Francisco Javier Egaña Irusta.

- Dña. Dácil Darias Herrera.

Tercero.- El nombramiento de los siguientes vocales titulares del Consejo Canario de Formación Profesional:

En representación del Gobierno de Canarias:

- Viceconsejero/a de Educación y Universidades, a propuesta de la Consejería competente en materia de educación.

- Jefe de Servicio de Capacitación Agraria, a propuesta de la Consejería competente en materia de agricultura.

En representación de las organizaciones sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias:

- D. Braulio Romero Molero, a propuesta del sindicato Comisiones Obreras.

Cuarto.- El nombramiento de los siguientes vocales suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional:

En representación del Gobierno de Canarias:

- Responsable del Servicio de Escolarización y Estadística y Técnico/a de Ordenación y Normativa Académica, a propuesta de la Consejería competente en materia de educación.

- Director/a del Instituto de Formación Profesional Marítimo-Pesquero de Lanzarote, a propuesta de la Consejería competente en materia de agricultura.

En representación de las organizaciones sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias:

- Dña. Pilar Magariños Martín, a propuesta del sindicato Comisiones Obreras.

Quinto.- El cese como secretario de D. Fernando Duerto Segura, y como secretario suplente de D. José María Heras Santamaría.

Sexto.- El nombramiento como secretario al Responsable del Servicio de Formación Profesional y como secretario suplente al Jefe de Sección de Centros Colaboradores y Evaluación de la Calidad Formativa.

Séptimo.- Una vez realizados los nombramientos, la composición de los vocales del Consejo Canario de Formación Profesional queda como sigue:

Vocales en representación del Gobierno de Canarias.

A propuesta de la Consejería competente en materia de educación:

Vocales Titulares:

- Viceconsejero/a de Educación y Universidades.

- Director/a General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

- Director/a General de Universidades.

Vocales Suplentes:

- Responsable del Servicio de Escolarización y Estadística.

- Técnico/a de Ordenación y Normativa Académica.

- Director/a General de Personal.

A propuesta de la Consejería competente en materia de empleo:

Vocales Titulares:

- Director/a del Servicio Canario de Empleo.

- Subdirector de Formación del Servicio Canario de Empleo.

Vocales Suplentes:

- Secretario/a General del Servicio Canario de Empleo.

- Director/a del Instituto Canario de Cualificaciones Profesionales.

A propuesta de la Consejería competente en materia de agricultura:

Vocal Titular:

- Jefe del Servicio de Capacitación Agraria.

Vocal Suplente:

- Director del Instituto de Formación Profesional Marítimo-Pesquero de Lanzarote.

En representación de las organizaciones sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

A propuesta del sindicato Unión General de Trabajadores (U.G.T.):

Vocales Titulares:

- D. Andrés Pérez Ramos.

- D. José Montesdeoca Santana.

- D. José Francisco González Carrillo.

Vocales Suplentes:

- Dña. Agustina Morales de León.

- Dña. Carmen Déniz Mendoza.

- Dña. Xaqueline Armas Rodríguez.

A propuesta del sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.):

Vocales Titulares:

- Dña. Adela Rodríguez Jiménez.

- D. Braulio Romero Molero.

- D. Miguel Guerrero Barrera.

Vocales Suplentes:

- Dña. Ana Artiles Bolaños.

- Dña. Eva María Herrera González.

- Dña. Pilar Magariños Martín.

En representación de las organizaciones empresariales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

A propuesta de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE-Tenerife):

Vocales Titulares:

- D. Pedro Alfonso Martín.

- Dña. Eulalia García Silva.

- D. Octavio Calderón OÕDonell.

Vocales Suplentes:

- D. Nicolás Soriano y Benítez de Lugo.

- D. Víctor Portugués Carrillo.

- D. José González González.

A propuesta de la Confederación Canaria de Empresarios (CCE):

Vocales Titulares:

- Dña. Luz Marina Cabrera Santana.

- D. Cristóbal Castro Henríquez.

- D. Juan Carlos Betancort García.

Vocales Suplentes:

- D. Salvador García Carrillo.

- D. Fernando Fraile González.

- Dña. María Jesús Rodríguez Herrera.

En representación del Consejo Escolar de Canarias.

Vocales Titulares:

- D. Orlando Suárez Curbelo.

- D. Antonio Hernández Hernández.

Vocales Suplentes:

- D. Cándido Padrón Padrón.

- Dña. Angelina Rodríguez Ramírez.

Secretario:

- Responsable del Servicio de Formación Profesional.

Secretario Suplente:

- Jefe de Sección de Centros Colaboradores y Evaluación de la Calidad Formativa.

Octavo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2008.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.



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