BOC - 2008/100. Martes 20 de Mayo de 2008 - 754

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

754 - ORDEN de 25 de abril de 2008, por la que se autoriza al Centro de Educación Obligatoria Puerto del Rosario el cambio de denominación específica por Puerto Cabras.

Descargar en formato pdf

Examinado el expediente instruido a instancia de Rafael Vicente Báez González, D.N.I. 42.833.222T, Director del Centro de Educación Obligatoria Puerto del Rosario (35013957), sito en la calle Tenerife, 28, Puerto del Rosario, Fuerteventura, que en sesión del Consejo Escolar del Centro, celebrada el día 3 de diciembre de 2007, acordó proponer como denominación específica del Centro Puerto Cabras, y de conformidad con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Teniendo en cuenta el acuerdo del Consejo Escolar del Centro de fecha 3 de diciembre de 2007, por el que acuerda el cambio de denominación específica del Centro de Educación Obligatoria Puerto del Rosario por el de Puerto Cabras.

Segundo.- De acuerdo con la conformidad expresada por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario que en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2008, adoptó aprobar por unanimidad la propuesta del Centro de Educación Obligatoria Puerto del Rosario para llevar a cabo el cambio de denominación específica por el de Puerto Cabras.

Tercero.- De acuerdo con la propuesta de 24 de abril de 2008, del Ilmo. Sr. Director General de Centros e Infraestructura Educativa, por la que se propone el cambio de denominación específica del Centro de Educación Obligatoria Puerto del Rosario por Puerto Cabras, y de conformidad con los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- Es de aplicación el artículo 5.1 del Decreto 93/1999, por el que se regula la creación de los centros de educación obligatoria de la Comunidad Autónoma de Canarias y se aprueba su Reglamento orgánico (B.O.C. nº 78, de 16.6.99).

En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), en su redacción actual, el artículo 4 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, y el Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 41, de 14.7.07),

D I S P O N G O:

Único.- Autorizar al Centro de Educación Obligatoria Puerto del Rosario el cambio de denominación específica por Puerto Cabras.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 2008.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.



© Gobierno de Canarias