El Decreto 190/2001, de 29 de octubre, por el que se regulan los premios de investigación "Hacienda Canaria", modificado por el Decreto 53/2005, de 12 de abril, establece en el apartado 1 del artículo 3 que en cada modalidad se concederá un primer premio, un segundo premio y los accésit que se incluyan cada año en la convocatoria de los citados premios.
Se considera conveniente prever que cualquiera de estos galardones se pueda conceder de forma compartida o ex aequo, sin que ello suponga incremento de la dotación económica total asignada a estos premios de investigación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2008,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Modificación del Decreto 190/2001, de 29 de octubre, por el que se regulan los premios de investigación "Hacienda Canaria".
El artículo 3.1 del Decreto 190/2001, de 29 de octubre, por el que se regulan los premios de investigación "Hacienda Canaria", quedará redactado del siguiente modo:
"Artículo 3.- Premios.
1. En cada modalidad se concederá un primer premio, un segundo premio y los accésit que se incluyan cada año en la convocatoria.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el primer y segundo premio podrán concederse ex aequo, en cuyo caso quedará desierto el galardón inmediatamente posterior, acumulándose sus dotaciones y la cantidad resultante se dividirá en partes iguales".
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2008.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Paulino Rivero Baute.
EL CONSEJERO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA, p.s.,
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
(Decreto 58/2008, de 13 de mayo,
del Presidente),
María del Pilar Merino Troncoso.
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