BOC - 2007/235. Viernes 23 de Noviembre de 2007 - 4629

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 7 de San Bartolomé de Tirajana

4629 - EDICTO de 7 de noviembre de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000429/2005.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 7 de San Bartolomé de Tirajana.

JUICIO: familia. Divorcio contencioso 0000429/2005.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Clotilde Alemán Ojeda.

PARTE DEMANDADA: D. Mustapha Majal.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Estimar parcialmente la demanda de divorcio presentada por la Procuradora Dña. Natalia Matos Ávila en nombre y representación de Dña. Clotilde Alemán Ojeda contra D. Mustapha Majal, declarando disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con los efectos legales inherentes, disolviéndose el régimen económico matrimonial una vez firme la presente resolución.

No procede realizar especial declaración sobre las costas causadas en el presente procedimiento.

Firme que sea esta resolución expídase el oportuno mandamiento para anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio de los litigantes en el Registro Civil de Santa Lucía de Tirajana.

Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal la presente resolución, haciéndolas saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a partir de su notificación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Las Palmas.

Así lo pronuncio, mando y firmo en nombre de su Majestad el Rey.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de esta fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En San Bartolomé de Tirajana, a 7 de noviembre de 2007.- El Secretario Judicial.



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