BOC - 2007/216. Sábado 27 de Octubre de 2007 - 1785

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1785 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 24 de octubre de 2007, por la que, en ejecución de las Sentencias recaídas sobre el concurso de méritos convocado por Orden de la Consejería de Presidencia de 22 de septiembre de 2000, se adjudican puestos de trabajo a los funcionarios obligados a participar que no obtuvieron destino.

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Mediante Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad de 24 de octubre de 2007 se aprobó la lista definitiva de adjudicación de puestos del concurso de méritos convocado por Orden de 22 de septiembre de 2000, en ejecución de las Sentencias recaídas sobre el mismo.

Visto que un determinado número de funcionarios obligados a participar en dicho concurso no obtuvo destino al no haber solicitado por orden de preferencia todos los puestos ofrecidos, correspondientes a su Cuerpo y Escala, según disponía la base segunda 1.

Visto, asimismo, que otros funcionarios obligados a concursar por estar ocupando un puesto de trabajo en adscripción provisional no participaron en el concurso.

Considerando que en la base cuarta del citado concurso se establece que una vez resuelto éste, a los citados funcionarios se les adjudicaría con carácter definitivo alguno de los puestos que resultaran vacantes y que a tal efecto mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 13 de abril de 2005, se instó a los mismos a solicitar los puestos sobrantes para proceder a adjudicarlos según las preferencias y la puntuación obtenida por cada uno de ellos.

Considerando que en los resultados de dicha adjudicación de puestos se detecta la existencia de puestos de trabajo que se encuentran actualmente suprimidos, modificados sustancialmente, transferidos, u ocupados con carácter definitivo por otros funcionarios en virtud de procedimientos que tuvieron lugar con posterioridad a la resolución del concurso de méritos, lo cual fue planteado a la Autoridad Judicial.

Visto que por auto de 19 de enero dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife de declaran como justificadas las causas de imposibilidad parcial de ejecución de la Sentencia nº 83 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

De conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17, apartado 2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y lo dispuesto en los artículos 103 y 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a la Consejería de Presidencia y Justicia le corresponde la obligación de ejecutar las citadas resoluciones judiciales y la de llevarlas a su puro y debido efecto, practicando lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en los fallos.

En su virtud, en cumplimiento de las Sentencias firmes recaídas sobre la Orden de la Consejería de Presidencia de 22 de septiembre de 2000 y Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 27 de julio de 2001 y en uso de las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General de la Función Pública, según Decreto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia,

R E S U E L V O:

Primero.- Adjudicar, con carácter definitivo, los puestos de trabajo que figuran en el anexo I a los funcionarios obligados a participar en el concurso de méritos convocado por Orden de la Consejería de Presidencia de 22 de septiembre de 2000, que en ejecución de las sentencias recaídas sobre el mismo no obtuvieron destino, así como a los funcionarios que, obligados a concursar, no prestaron la correspondiente solicitud de participación.

No se incluyen en dicha adjudicación aquellos funcionarios cuya adjudicación no se ha visto afectada por la ejecución de las Sentencias Judiciales por lo que se mantiene su actual situación administrativa. Dichos funcionarios aparecen relacionados en el anexo II de la presente Resolución.

Segundo.- A efectos de la participación en próximos concursos de méritos, se considerará que la permanencia en el puesto que se adjudica se produce desde el 3 de agosto de 2001.

Tercero.- Los funcionarios que tras la adjudicación de puestos realizada mediante Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 27 de julio de 2001 han obtenido un destino definitivo en virtud de otro procedimiento, aunque actualmente estén en destino provisional, podrán renunciar al puesto que ahora se les adjudica. El plazo para presentar renuncias terminará el día 31 de octubre, y las mismas se manifestarán según modelo que figura en el anexo III de esta Resolución.

Cuarto.- Los funcionarios cesarán en su anterior puesto de trabajo el día 31 de octubre, debiendo tomar posesión en el nuevo puesto adjudicado dentro de los tres días siguientes hábiles siguientes, cuando éste se encuentre localizado en la misma isla, o de un mes si el nuevo puesto radica en distinta isla. Ello no obstante, la toma de posesión tendrá efectos del 1 de noviembre de 2007.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de octubre de 2007.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

Ver anexos - páginas 24493-24497



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