BOC - 2007/208. Jueves 18 de Octubre de 2007 - 1711

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1711 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 17 de septiembre de 2007, por la que se aprueba la Carta de Servicios correspondiente a la Dirección General de Personal.

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El artículo 6 del Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 166, de 22.12.00), en su redacción actual, modificado por el Decreto 161/2002, de 18 de noviembre, en su redacción actual, establece que tales Cartas sean aprobadas por Resolución del Secretario General Técnico del Departamento al que pertenece el órgano o esté adscrito el organismo a cuyos servicios se refieren aquéllas.

En su virtud, previo informe favorable de la Inspección General de Servicios de 12 de julio de 2007, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.1, he resuelto lo siguiente:

1.- Aprobar la Carta de Servicios correspondiente a la Dirección General de Personal.

2.- Ordenar la publicación de esta Resolución y del contenido de la Carta de Servicios aprobada en el Boletín Oficial de Canarias.

3.- Remitir un ejemplar completo a la Inspección General de Servicios para su publicación en la página central del Gobierno, vía internet, y para su debida constancia.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de septiembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.

CARTA DE SERVICIOS-DGP

A.- DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA UNIDAD.

Denominación del órgano: Dirección General de Personal.

Departamento al que está adscrito: Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Dirección postal: Avenida Primero de Mayo, 11, plantas 3ª y 4ª, 35002-Las Palmas de Gran Canaria.

Teléfono: (928) 455100.

Fax: (928) 455177.

Página web: https://www.gobiernodecanarias.org/educacion//

Horario de atención al público:

De lunes a viernes:

Invierno: de 9,00 a 14 horas (octubre-junio).

Verano: de 9,00 a 13,00 horas (julio-septiembre).

Funciones y fines:

Corresponde a la Dirección General de Personal la gestión integral y máximamente optimizada del personal docente no universitario de los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante actuaciones de dirección, planificación, coordinación y control de las competencias ejecutivas que, a tal efecto, ostentan las Direcciones Territoriales de Educación.

Objetivos específicos:

Dentro de tales fines de naturaleza general, que resumen los objetivos de la Dirección General de Personal, se engloban los relativos a:

1.- La planificación y control de las plantillas docentes; las negociaciones con la representación legal del personal docente en materia de condiciones laborales.

2.- La planificación, dirección y control de la gestión de las nóminas del personal docente indicado (inclusive las referentes al personal docente de los centros educativos concertados).

3.- La tramitación de situaciones administrativas, el desarrollo de cualesquiera procedimientos de selección y provisión, de carácter provisional o definitivo, y de constitución y gestión de listas de reserva del personal docente no universitario en centros públicos (listas de secundaria).

4.- El desarrollo de las fases de iniciación y resolución de los procedimientos disciplinarios relativos al personal docente no universitario en centros públicos.

5.- Resolución de las reclamaciones interpuestas por el personal docente en vía administrativa así como la tramitación de la totalidad de los procedimientos judiciales incoados por los mismos como consecuencia de la gestión del citado colectivo.

B.- SERVICIOS QUE SE OFRECEN A LOS USUARIOS.

Dada el área competencial de la Dirección General de Personal, los destinatarios de sus servicios son, indirectamente, la totalidad de la ciudadanía por los efectos beneficiosos que, para el servicio público educativo, genera una eficiente gestión del personal docente, pero directamente tan sólo ese amplio colectivo de personal docente no universitario de los centros públicos autonómicos, en el ámbito de las enseñanzas tanto de régimen general como especial (constituido actualmente por más de 24.000 miembros), al cual la Dirección General de Personal ofrece los servicios siguientes:

- Tramitación y resolución de los procedimientos litigiosos en los que el administrado ostente la condición de parte o mero emplazado.

- Gestión de reclamaciones y sugerencias con respuestas ágiles y precisas aportadas por el personal especializado en cada área y constante actualización y mejora de las aplicaciones disponibles.

- Tramitación de la declaración de las múltiples situaciones administrativas en las que puede encontrarse el personal docente de conformidad con la normativa vigente, así como de los procedimientos de jubilación del mismo en coordinación con la Tesorería General de la Seguridad Social y las diferentes convocatorias de comisiones de servicio efectuadas a lo largo del curso académico para con el personal docente no universitario de centros públicos canarios.

- Apertura, gestión y utilización de las listas de reserva del personal docente en las diferentes especialidades (excepto maestros).

- Dirección y coordinación del funcionamiento de los procedimientos administrativos que, en relación con el personal docente no universitario en centros públicos, y en materia de su competencia, se desarrollen a través de cualesquiera medios telemáticos.

- Iniciación y resolución de los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo docentes no universitarios en centros públicos vacantes con carácter provisional y definitivo, así como la instrucción de los procedimientos selectivos para el ingreso y acceso a los diferentes cuerpos docentes no universitarios en centros públicos y procedimientos de adquisición de nuevas especialidades del personal docente no universitario.

- Dirección, control y planificación de la gestión de nóminas del personal docente no universitario en centros públicos incluyendo aquel que imparta enseñanza en centros educativos privados que previamente hayan formalizado concierto educativo con este departamento.

C.- NUESTROS COMPROMISOS.

A. COMUNES.

- Optimizar las relaciones interadministrativas entre la Dirección General de Personal como gestora del personal docente, las Direcciones Territoriales de Educación y los equipos directivos de los diferentes centros educativos, facilitando la cobertura de las funciones docentes con agilidad con el objetivo último de ofrecer una calidad creciente al servicio público educativo.

- Facilitar al administrado docente, a través del órgano competente, una información precisa y rápida sobre los procedimientos en los que se halle inmerso que resulten competencia de este centro directivo, perfeccionando con tal fin las nuevas tecnologías que permitan compatibilizar una atención ágil con una mayor eficiencia administrativa.

- Continuar con una política de cobertura total de las sustituciones generadas en los centros educativos de forma rápida y eficaz tal y como exige un servicio público educativo de calidad.

- Divulgar los distintos procedimientos competencia de este centro directivo a través de la web y mantener actualizada la información en un plazo no superior a 24 horas desde que se produzca la modificación.

- Simplificar la gestión y la organización del personal docente mediante el uso de herramientas informáticas facilitadas por la Dirección General de Personal.

- Responder a las sugerencias y reclamaciones con la mayor brevedad posible.

- Creación y puesta en marcha, a corto plazo, de la página web propia de la Dirección General de Personal que, entre otros, tendrá el contenido siguiente:

1. Control de visitas que entran en la página citada.

2. Facilitar el acceso a la información de los usuarios.

3. Preguntas frecuentes.

4. Modelos de formularios y documentación.

5. Tablón de anuncios.

6. Instrucciones sobre uso y manejo de las aplicaciones.

7. Participación telemática en los distintos procedimientos competencia de la Dirección General de Personal.

B. ESPECÍFICOS.

1. Relativos al Servicio de Selección y Provisión de Recursos Humanos:

- Mejora de las aplicaciones informáticas actuales a fin de agilizar la gestión de los procedimientos competencia de la Dirección General de Personal, permitiendo la participación de los ciudadanos en tales procedimientos y facilitando la comunicación telemática.

- Cumplimiento de los calendarios que se hacen públicos en las convocatorias de los distintos procedimientos propios del servicio.

2.- Relativos al Servicio de Control de Efectivos y Retribuciones:

- Garantizar el abono puntual antes del último día de cada mes de las nóminas del personal docente no universitario en centros públicos incluyendo aquel que imparta enseñanzas en centros educativos privados que previamente hayan formalizado concierto educativo con este departamento.

3. Relativos al Servicio de Gestión de Recursos Humanos:

- Agilizar la resolución de los procedimientos relativos a las declaraciones de situaciones administrativas, reingreso al servicio activo y jubilaciones (excepto maestros) del personal docente no universitario en centros públicos.

- Garantizar la agilidad y la eficacia que demandan los usuarios del sistema educativo en la cobertura de sustituciones, mediante nombramiento administrativo de profesorado interino y sustituto procedente de las correspondientes listas de reserva.

4. Relativas al Servicio de Régimen Jurídico:

- Agilizar las resoluciones de los recursos administrativos de reposición, alzada, extraordinario de revisión, y de las reclamaciones previas a la vía laboral interpuestos por el personal docente contra las resoluciones de la Dirección General de Personal o de las Direcciones Territoriales de Educación.

- Atender eficazmente y con la mayor prontitud posible los requerimientos realizados por los ciudadanos a través de las instituciones del Diputado del Común y el Defensor del Pueblo.

D.- INDICADORES DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.

- Número de quejas y reclamaciones, por parte de los usuarios, relacionadas con la lentitud en la prestación de los servicios propios de este centro directivo.

- Número de quejas presentadas en relación al personal de la Dirección General de Personal.

- Porcentaje sobre el total de las gestiones realizadas a través de internet.

- Porcentaje de solicitudes atendidas en relación con el total.

- Número de solicitudes tramitadas para la participación en los procedimientos selectivos para el ingreso y el acceso a los diferentes cuerpos docentes no universitarios en centros públicos, en procedimientos de adquisición de nuevas especialidades, en procedimientos para la provisión de puestos de trabajo docentes no universitarios en centros públicos vacantes con carácter provisional y definitiva.

- Porcentaje de sustituciones cubiertas a lo largo del curso escolar.

- Número de solicitudes relacionadas con la gestión de la lista de sustitutos e interinos atendidas.

- Número de expedientes de compatibilidad tramitados en plazo.

- Porcentaje de solicitudes de licencias de estudio atendidas en plazo.

- Porcentaje de solicitudes sobre situaciones administrativas atendidas en plazo.

- Porcentaje de tramitaciones de cambios de situaciones administrativas atendidas en plazo.

- Número de reclamaciones a la plantilla de los centros presentadas.

- Número de recursos administrativos de reposición, alzada, extraordinario de revisión y de reclamaciones previas resueltos en plazo.

- Número de recursos administrativos de reposición, alzada, extraordinario de revisión y de reclamaciones previas interpuestos.

- Número de quejas presentadas al Diputado del Común y al Defensor del Pueblo respecto a la gestión del personal docente que desempeña la Dirección General de Personal.

- Número de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública interpuestas ante este centro directivo.

- Número de reclamaciones presentadas en relación con la gestión de la nómina docente, incluyendo centros concertados.

E.- NECESITAMOS SU OPINIÓN. SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES.

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un sistema de evaluación global del conjunto de los servicios públicos. Parte del mismo se basa en el sistema de sugerencias y reclamaciones, mediante el cual los ciudadanos y organizaciones pueden evidenciar y proponer áreas de actuación con la finalidad de mejorar la organización y la calidad de los servicios públicos.

Puede acceder al sistema mediante escrito simple o a través del impreso que se encuentra a su disposición en todas las Oficinas de Registro y Oficinas Centrales de Información, Iniciativas y Reclamaciones.

También puede acceder al sistema verbalmente en las Oficinas Centrales de Información, Iniciativas y Reclamaciones, y a través del Servicio Telefónico de Atención al Ciudadano del Gobierno de Canarias (012).

El sistema está abierto a la transmisión de datos mediante correo electrónico y a través de la página web del Gobierno de Canarias.

En un plazo máximo de tres meses recibirá una contestación a su sugerencia o reclamación. Si no es así, o considera que la contestación es insuficiente, diríjase a la Inspección General de Servicios.

La Inspección General de Servicios velará por el cumplimiento del procedimiento de tramitación de las sugerencias y reclamaciones, y localizará dónde se viene produciendo un funcionamiento incorrecto de los servicios públicos y actuará puntualmente o efectuará los estudios y propuestas necesarios para la subsanación de las deficiencias detectadas.

Solicite más información de este sistema en cualquier oficina de registro o información del Gobierno de Canarias: sus sugerencias y reclamaciones no nos molestan, son necesarias para saber dónde nos estamos equivocando.

Si es usted usuario de los servicios sanitarios, sus solicitudes y reclamaciones se encauzarán en la forma prevista en el número 6 del artículo 12 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), y en el Decreto 94/1999, de 25 de mayo, de desarrollo (B.O.C. nº 78, de 16.6.99).

Sus reclamaciones y sugerencias relativas al funcionamiento e información de los servicios administrativos no sanitarios dentro del Sistema Canario de Salud, se tramitarán conforme a lo previsto en el Reglamento del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por Decreto 161/2002, de 18 de noviembre.



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