BOC - 2007/180. Viernes 7 de Septiembre de 2007 - 3541

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana

3541 - EDICTO de 15 de mayo de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000153/2006.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 2 de febrero del dos mil siete.

Vistos por mí Juan Luis Egea Marrero, Magistrado-Juez los presentes autos del procedimiento del juicio verbal nº 153/2006, sobre reclamación de cantidad, instado por el Procurador de los Tribunales Dña. Raquel Hidalgo Fernández, en nombre y representación de Dña. Rafaela Esther Brito Santana defendido por la letrada Sra. Afonso Santana, contra D. Jorge Cazorla Pérez, declarado en rebeldía, y la compañía aseguradora Reale Seguros Generales representados por el Procurador de los Tribunales D. José Javier Fernández Manrique de Lara y defendidos por la letrada Sra. Pintor Medina.

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por Dña. Raquel Hidalgo Fernández en nombre y representación de Dña. Rafaela Esther Brito Santana y hacer los siguientes pronunciamientos:

1º.- Que debo condenar y condeno de forma solidaria a D. Jorge Cazorla Pérez y la compañía aseguradora Reale Seguros Generales al pago de doscientos ochenta y un euros con cinco céntimos (281,05 euros), así como al pago de los intereses de esta cantidad en la forma descrita en el último párrafo del fundamento segundo de esta resolución.

2º.- Condeno al abono de las costas procesales causadas a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciendo constar que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación a preparar en este juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación a las partes.

Así por esta mí sentencia, lo acuerdo, mando y firmo yo Juan Luis Egea Marrero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de San Bartolomé de Tirajana y su partido.- Doy fe.

PUBLICACIÓN. Leída y publicada ha sido la presente resolución en el día de su fecha estando su S.Sª. celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Jorge Cazorla Pérez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En San Bartolomé de Tirajana, a 15 de mayo de 2007.- La Secretario.



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