BOC - 2007/174. Jueves 30 de Agosto de 2007 - 1498

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1498 - ORDEN de 14 de agosto de 2007, por la que se instituyen los premios y se convoca el XIII Concurso 8 de Marzo: Educar para la Igualdad en los centros escolares.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- En la línea de favorecer la incorporación, en la práctica docente, de la educación para la igualdad de oportunidades entre ambos sexos, esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes viene convocando anualmente el "Concurso 8 de Marzo: Educar para la Igualdad", como reconocimiento y rememoración de una fecha especialmente significativa, y como un incentivo a las comunidades educativas que vienen planificando y realizando actividades desde una perspectiva coeducativa, realidad cada vez más creciente en nuestros centros escolares.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que en su artículo 2 establece los fines a los que se orientará el sistema educativo y dispone la obligación de los poderes públicos de prestar una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza, aludiendo entre ellos y en especial la educación en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres (B.O.E. nº 106, de 4.5.06).

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el articulo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 11, de 30.4.83) el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), de los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), corregido en el Boletín Oficial de Canarias nº 216, de fecha 7 de noviembre de 2006,

D I S P O N G O:

Primero.- Crear los siguientes premios y convocar el XIII Concurso 8 de Marzo: Educar para la Igualdad, en su edición correspondiente al curso 2006/2007, en las modalidades que a continuación se señalan, cuyos requisitos, condiciones y demás características se especifican en las bases contenidas en el anexo I de esta Orden.

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Educar para la Igualdad en Centros Escolares".

- Un primer premio de mil ochocientos (1.800,00) euros para el centro.

- Un segundo premio de mil quinientos (1.500,00) euros para el centro.

- Un tercer premio de mil doscientos (1.200,00) euros para el centro.

- Un accésit de seiscientos (600,00) euros para el centro.

B) Modalidad: Trabajos del alumnado: "Coeducándome".

B.1) Categoría: Relato Corto

B.2) Categoría: Cartel

- Etapa de Educación Infantil: un único premio de ciento cincuenta (150) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de seiscientos (600) euros para el centro, para cada una de las categorías.

- Etapa de Educación Primaria: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de seiscientos (600,00) euros para el centro, para cada una de las categorías.

- Etapa de Educación Secundaria Obligatoria: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de seiscientos (600,00) euros para el centro, para cada una de las categorías.

- Enseñanzas de Bachillerato, Ciclos Formativos, Educación de Personas Adultas y otros: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de seiscientos (600,00) euros para el centro, para cada una de las categorías.

Segundo.- Los créditos, consignados y reservados para financiar los premios que se establecen y concedan, conforme a la distribución que se detalla en las bases contenidas en el anexo I de esta Resolución, ascienden a la cantidad de 8.100 euros a cargo de la siguiente cobertura presupuestaria.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 18.03.421A.640.99 PI04618604.

Contra la presente Orden cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses igualmente desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2007.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.

A N E X O I

BASES DEL XIII CONCURSO 8 DE MARZO:

EDUCAR PARA LA IGUALDAD

Primera.- Finalidad.

1. Potenciar proyectos y experiencias que tengan como objetivo la promoción de la igualdad de oportunidades para ambos sexos en los diferentes ámbitos de la vida escolar: contenidos curriculares, metodología, espacios, funcionamiento del centro, tipo de actividades, etc., así como la incorporación de la perspectiva de género en la educación en valores.

2. Fomentar la sensibilización, creatividad, imaginación, inventiva, asimilación y creación literaria en el campo de la formación coeducativa del alumnado y de la prevención de la violencia de género.

Segunda.- Destinatarios.

Podrán participar en la presente convocatoria los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo a las condiciones que se establecen en las presentes bases.

Tercera.- Modalidades.

Se establecen las siguientes modalidades:

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Educar para la Igualdad en Centros Escolares", para premiar proyectos educativos, experiencias de centros y actividades desarrolladas durante el curso 2006/2007.

B) Modalidad. Trabajos del Alumnado: "Coeducándome", en las categorías de Relato Corto y Cartel, para premiar la sensibilización, creatividad, imaginación, inventiva, asimilación y creación literaria en el campo de la formación coeducativa del alumnado de las diferentes etapas educativas a través de la creación literaria en sus diversos géneros o la confección de carteles.

Cuarta.- Plazo de presentación.

El plazo para participar en el concurso abarcará desde la publicación oficial de la presente Orden hasta el 31 de octubre de 2007. No será admitido ningún trabajo que no sea presentado en el plazo y lugares establecidos en esta convocatoria, quedando excluido el mismo del presente concurso.

Quinta.- Jurado.

1. Para la valoración y propuesta de concesión de los premios se constituirá un Jurado presidido por la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, o persona en quién delegue, que actuará como Presidenta, y formado por los siguientes miembros:

- La coordinadora de Programas de Innovación Educativa.

- Personas que coordinan el Programa de Innovación Educativa "Educar para la Igualdad de Oportunidades entre ambos sexos".

- Una asesoría de un Centro del Profesorado, designada por la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa.

- Un/a funcionario/a de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, que actuará como secretario/a, con voz pero sin voto.

2. El jurado emitirá su fallo en forma de propuesta de concesión de los premios en las distintas modalidades y categorías que se convocan antes del 30 de noviembre de 2007 elevándola a la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para su definitiva resolución y concesión.

3. El jurado podrá declarar desierto los premios si a su juicio los proyectos y trabajos presentados no reunieran méritos suficiente para ello.

Sexta.- Criterios de valoración.

El Jurado valorará los proyectos, experiencias y trabajos presentados en las diversas modalidades, atendiendo a los siguientes criterios:

A) Modalidad Experiencias de Centro "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

a) La coherencia de las actividades realizadas y su contribución a la consideración de la coeducación como valor educativo dentro del proyecto educativo y curricular del centro y de su programación anual, y, en especial, el desarrollo de un programa de actividades en torno a prácticas y conductas coeducativas, de sensibilización sobre el sexismo en la sociedad. Estas circunstancias se acreditarán mediante certificación literal del Secretario o Secretaria del Centro.

b) Duración de las actividades y participación del alumnado, profesorado y familias.

c) Carácter globalizador del programa o sus actividades.

d) Realización de actividades en el aula como parte del trabajo habitual de la misma.

e) Grado de implicación del profesorado, alumnado y familias en la realización directa de las actividades.

f) Grado de implicación, proyección e incidencia de las actividades sobre la comunidad social cercana al centro educativo.

g) Calidad de la presentación de la documentación.

B) Modalidad:Trabajos del alumnado: "Coeducándome".

B.1) Categoría Relato Corto:

a) Originalidad, creatividad y estilo en la elaboración y composición del texto.

b) Presentación de las ideas con orden.

c) Utilización de enlaces adecuados.

d) Corrección gramatical.

e) Empleo de estructuras textuales adecuadas al estilo literario usado: narrativa, poesía, cuento, etc.

f) Empleo e expresiones adecuadas al contexto.

g) Uso del lenguaje adaptado a la intención y finalidad comunicativas.

h) Estilo, léxico, reglas de concordancia, complejidad sintáctica y legibilidad.

B.2) Categoría Cartel:

a) Originalidad, creatividad y estilo en la elaboración y composición del Cartel.

b) Técnicas empleadas.

c) Presentación.

d) Complejidad.

e) Materiales empleados

En ambas categorías, estos criterios de valoración se ponderarán en función de la etapa y ciclo educativo en la que se encuentre el alumnado participante.

Séptima.- Condiciones de participación.

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

Podrán participar en esta modalidad los centros docentes, tanto públicos como privados concertados, del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, que impartan enseñanzas de Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, ciclos formativos, Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, conservatorios de Música, Enseñanzas Oficiales de Idiomas y de Educación de Personas Adultas. La participación y presentación podrá ser suscrita por el centro en su conjunto, por un departamento, por un grupo de profesorado, por niveles educativos o cualquier otro agrupamiento. En todo caso, deberá figurar siempre un profesor o profesora del centro como responsable del proyecto.

B) Modalidad: Trabajos del alumnado: "Coeducándome".

Podrá participar en esta modalidad el alumnado de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, tanto públicos como privados concertados del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias que impartan cualquiera de los niveles de enseñanzas señaladas para la modalidad "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

La participación por esta modalidad se hará a través del centro docente correspondiente, mediante la solicitud según modelo que se establece en el anexo a las presentes bases, suscrita por la dirección del centro, en la que se certifica y acredita la identificación del alumnado autor de la obra o trabajo presentado, curso, nivel y etapa de enseñanza en la que se encuentra matriculado, así como el profesor o la profesora que coordina la realización de la obra o trabajo presentado.

En esta modalidad, cada centro podrá presentar hasta un máximo de cinco trabajos por etapa.

Octava.- Premios y dotación.

Se podrán conceder los siguientes premios, con las dotaciones que se señalan:

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Educar para la Igualdad en Centros Escolares".

- Un primer premio, como dotación extraordinaria para el centro, de mil ochocientos (1.800,00) euros.

- Un segundo premio, como dotación extraordinaria para el centro, de mil quinientos (1.500,00) euros.

- Un tercer premio de mil doscientos (1.200,00) euros para el centro.

- Un accésit de seiscientos (600,00) euros, para el centro.

El Jurado podrá declarar desiertos los premios si, a su juicio, los proyectos y trabajos presentados no reunieran méritos suficientes para ello, pudiendo en este supuesto proponer su adjudicación en forma de accésit, cuya dotación sólo podrá otorgarse por una cantidad equivalente a la mitad del premio consignado,

B) Modalidad: Trabajos del alumnado: "Coeducándome".

- Etapa de Educación Infantil: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de seiscientos (600,00) euros para el centro.

- Etapa de Educación Primaria: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de seiscientos (600,00) euros para el centro.

- Etapa de Educación Secundaria Obligatoria: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de seiscientos (600,00) euros para el centro.

- Enseñanzas de Bachillerato, ciclos formativos, educación de personas adultas y otros, un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiados y un único premio de seiscientos (600,00) euros para el centro.

El Jurado podrá declarar desiertos los premios si, a su juicio, los proyectos y trabajos presentados no reunieran méritos suficientes para ello, pudiendo en este supuesto proponer su adjudicación en forma de accésit, cuya dotación sólo podrá otorgarse por una cantidad equivalente a la mitad del premio consignado.

Novena.- Características y requisitos de los trabajos.

En ambas modalidades, los trabajos presentados tendrán como tema la igualdad de oportunidades para ambos sexos, con contenidos relacionados con dicha temática como los que, a título orientativo, se señalan a continuación:

- Las niñas y los niños en la escuela.

- El uso del lenguaje.

- Las mujeres están presentes en los contenidos escolares: Historia, Lengua y Literatura, Música, Educación Física.

- Aprendiendo a compartir las tareas domésticas.

- Las relaciones en la vida escolar y la prevención de la violencia hacia las mujeres.

- Evolución del papel de los hombres y las mujeres en la sociedad canaria y en el mundo: logros y nuevos retos.

- Construyendo nuestra identidad sin sexismo.

- Opciones vitales y profesionales.

- La educación en valores con perspectiva de género.

- Otros que se consideren de relación.

A) Modalidad: Proyectos de Centro "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

El enfoque de los proyectos educativos, las experiencias de centro y las actividades es totalmente libre, si bien, deberán contribuir a la construcción de un centro coeducativo en el que se ofrezcan a los alumnos y a las alumnas referencias masculinas y femeninas que les sirvan de apoyo y orientación para estar libremente en la escuela y en el mundo, no habiendo sido presentado a otras convocatorias anteriores.

B) Modalidad: Trabajos del alumnado: "Coeducándome".

B.1) Categoría Relato Corto.

En las etapas de Educación Infantil y Primaria, los relatos deben contar con un mínimo de 2 páginas y un máximo de 4. En Educación Infantil y Primer Ciclo de Primaria, los trabajos constarán de relatos ilustrados y acompañados de breves textos escritos.

En el resto de Etapas y Enseñanzas, el mínimo será de 4 y el máximo de 6 páginas.

Cada trabajo se presentará en un sobre cerrado, en el que figurará el título del mismo, la modalidad y el nivel al que pertenece el autor o autora.

Dentro del sobre se introducirá:

- El trabajo firmado con un seudónimo y el nivel y etapa a la que pertenece el autor o autora.

- Un sobre cerrado, en cuyo exterior figure el seudónimo y en su interior un certificado del centro en el que conste el seudónimo y los datos completos del autor o la autora.

Si el relato estuviera escrito a mano, la letra ha de ser clara y legible.

Los trabajos deberán ser originales, inéditos, no debiendo haber sido presentados en otras convocatorias anteriores.

B.2) Categoría Carteles.

Todos los trabajos deberán ser presentados en formato papel, tamaño DIN-A3, pudiendo ser acompañado de su versión digital.

Décima.- Documentación.

Los centros deberán presentar la siguiente documentación:

En la Modalidad A: Experiencias en Centros "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares":

A.1. Solicitud de participación según el modelo que se especifica en el anexo II correspondiente a estas bases.

A.2. Memoria evaluación del desarrollo del programa de actividades diseñadas y realizadas tanto dentro como fuera del aula, haciendo mención especial de aquellas actividades más innovadoras, realizadas por grupos concretos de alumnos y alumnas; una breve reseña del contexto del que se parte, y la valoración de las personas implicadas en la experiencia: profesorado, alumnado, familias.

Dicha memoria deberá llevar un título, pero sin especificar el nombre del centro ni el de las personas participantes.

A.3. Acreditación de la realización de dichas actividades mediante certificación al efecto de la Secretaría del Centro, en sobre cerrado con título, especificando en el interior todos los datos del Centro y participantes. Se adjuntarán además los datos completos de los grupos que realizaron las actividades más innovadoras dentro del proyecto.

A.4. La memoria se presentará en formato papel y digital; opcionalmente se podrá acompañar de reportajes fotográficos o audiovisuales sobre los aspectos más significativos del trabajo desarrollado.

Modalidad B: Trabajos del alumnado: "Coeducándome".

B.1. Solicitud de participación según el modelo que se establece en el anexo III correspondiente a las presentes bases.

B.2. Entrega de la obra conforme a los requisitos especificados en la base novena, apartado B), de la presente Orden.

B.3. Certificación de la Secretaría del Centro en la que se acredite el número y títulos de los trabajos presentados, con identificación de la autoría, curso, nivel y etapa de enseñanza en la que se encuentra matriculado el alumnado, así como el profesor o la profesora que coordina la realización de cada obra.

Undécima.- Lugar de presentación.

Toda la documentación indicada en estas bases y en las especificadas en cada modalidad, así como los proyectos y obras que se presenten al concurso, serán presentados en el Registro del Centro del Profesorado al que esté adscrito el centro educativo.

Duodécima.- Abono de los premios.

1. La dotación económica de los premios y accésit, en su caso, será abonada en pagos únicos a través de libramientos extraordinarios a los centros docentes premiados, debiendo éstos a su vez proceder al abono de los premios correspondientes al alumnado concursante en su caso y aplicar el correspondiente a los centros docentes con carácter finalista para su utilización en material didáctico o en actividades relacionadas con la coeducación y con el desarrollo y contenido de proyectos de esta temática durante el curso escolar 2006/2007, previo conocimiento y autorización del Consejo Escolar del Centro.

2. Los centros docentes deberán justificar la correcta aplicación de los premios recibidos, remitiendo, antes del 30 de junio de 2008, certificación del Consejo Escolar, acreditativa de la correcta aplicación de los fondos recibidos, según modelo que se señala en el anexo IV de esta Orden.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación (B.O.C. nº 162, de 17 de diciembre), al tener dichos fondos carácter finalista su no aplicación al destino y finalidad para la que fueron concedidos dará lugar a su reintegro y devolución.

Decimotercera.- Resolución de la convocatoria.

La resolución del presente concurso escolar se realizará mediante Orden de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes que se dictará dentro del plazo de los quince días siguientes a la propuesta de concesión del Jurado establecida en la base quinta.2 y en todo caso antes del 30 de diciembre de 2007 ordenándose su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Decimocuarta.- Difusión y divulgación.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes se reserva el derecho de reproducir, publicar y distribuir en los centros educativos de esta Comunidad Autónoma y del Estado Español los proyectos y obras premiadas durante un plazo de cinco años, sin que los autores y autoras tengan derecho a retribución alguna diferente de la dotación del premio obtenido.

El derecho de uso, exclusivamente en centros educativos, podrá ser autorizado por esta Consejería a otras Administraciones Públicas educativas españolas.

Los trabajos no premiados podrán ser retirados por sus autores en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del fallo del concurso.

Decimoquinta.- Base final.

La participación en el presente concurso presupone la aceptación incondicional de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma, así como la no apelabilidad del fallo del jurado.

Ver anexos - páginas 21301-21303



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