BOC - 2007/155. Jueves 2 de Agosto de 2007 - 3101

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

3101 - Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 11 de mayo de 2007, por el que se hace pública la notificación a D. Francisco Rodríguez Pérez, de la Resolución que acuerda el archivo por notificación de denegación al no cumplir los requisitos o condiciones establecidos a tal fin de la ayuda destinada al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar, por encontrarse en ignorado paradero.- Expte. PMD2006TF000433.

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Asunto: notificación de denegación por superar la persona mayor dependiente los ingresos (6.788,46 euros) durante el año 2004.

La Ilma. Sra. Directora de Servicios Sociales ha impuesto mediante resoluciones lo que a continuación de transcribe:

"Visto el expediente instruido como consecuencia de las solicitudes de ayudas destinadas al cuidado de las personas mayores dependientes en su hogar presentadas por las personas relacionadas en el anexo, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 14 de junio de 2006 (B.O.C. nº 121, de 23.6.06), por la que se regulan las citadas ayudas y teniendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS

Único.- Que D. Francisco Rodríguez Pérez, presentó solicitud de ayuda destinada al cuidado de la persona mayor dependiente en su hogar, al amparo de lo dispuesto en la Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales de 14 de junio de 2006, por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de ayudas destinadas al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar y se efectúa la convocatoria para el 2006.

Examinadas la solicitud y la documentación acompañante aportada por D. Francisco Rodríguez Pérez se acredita que la petición de ayuda no puede ser atendida, al no cumplir en su totalidad las condiciones o requisitos necesarios exigidos en la Orden reguladora.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La denegación de la ayuda está fundamentada en lo dispuesto en la Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales de 14 de junio de 2006 (B.O.C. nº 121, de 23 de junio), por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de ayudas destinadas al cuidado de las personas mayores dependientes en su hogar y se efectúa la convocatoria para el 2006.

Segundo.- Es competencia del titular de la Dirección General de Servicios Sociales la Resolución de denegación de la ayuda, en virtud de delegación expresa de la titular de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales efectuada en el apartado dos de la base decimotercera contenida en la citada Orden de 14 de junio de 2006.

Por todo cuanto antecede,

R E S U E L V E:

Denegar a D. Francisco Rodríguez Pérez la ayuda destinada al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar, por no cumplir los requisitos o condiciones establecidos a tal fin en la Orden de 14 de junio de 2006 de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, y que se detalla en el hecho tercero de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses; ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, sin perjuicio del ejercicio, por parte del interesado, de cualquier otra acción que estime conveniente a su derecho.

De optarse por la interposición del recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo."

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de mayo de 2007.- El Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03), Jesús M. Coello Gil.



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