BOC - 2007/153. Martes 31 de Julio de 2007 - 3062

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria

3062 - EDICTO de 19 de abril de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0001013/2006.

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El/la Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 3.

HACE SABER: que en los autos que luego se dirán consta la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:

El Ilmo. Sr. D. José Manuel Díaz Pavón, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de esta capital y su Partido, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente:

SENTENCIA

En los presentes autos de juicio incidental sobre familia. Divorcio contencioso, registrado bajo el nº 0001013/2006, en virtud de demanda formulada por D. Daniel del Pino González Brito, representado por el Procurador D. Agustín Quevedo Castellano, bajo la dirección del Abogado D. Manuel Jesús Santiago Hernández, contra Dña. Jennyfer Junieth Díaz Etheilbert, declarada judicialmente en rebeldía.

FALLO

En atención a lo expuesto, este Órgano Jurisdiccional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:

Primero.- Que estimando la demanda origen del presente procedimiento debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído por D. Daniel del Pino González Brito y Dña. Jennifer Junieth Díaz Etheilbert, en Las Palmas de Gran Canaria el 22 de julio de 2005, rigiéndose el divorcio por los efectos legales inherentes a la disolución del vínculo matrimonial por causa de divorcio.

Segundo.- No se imponen las costas a ninguna de las partes.

Firme esta Sentencia líbrese oficio al Registro Civil donde fue inscrito el matrimonio a fin de que se proceda a efectuar la correspondiente inscripción, acompañándose testimonio.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas.

Así por esta mi Sentencia de la que se expedirá testimonió para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y expido el presente para que sirva de notificación a la parte demandada Jennifer Junieth Díaz Etheilbert cuyo último domicilio se desconoce.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de abril de 2007.- El/la Secretario/a.



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