BOC - 2007/148. Martes 24 de Julio de 2007 - 1257

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

1257 - Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.- Resolución de 6 de julio de 2007, por la que se aprueban las bases genéricas, de vigencia indefinida, que han de regir los procedimientos de selección del personal que debe integrar las listas de reserva, para las contrataciones temporales en esta Consejería, y se convoca procedimiento selectivo para la creación de listas de reserva en determinadas categorías.

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La necesidad de agilizar el procedimiento de contratación de personal laboral temporal en la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, para cubrir las vacantes existentes y asimismo las que se produzcan por ausencia del titular, exige la elaboración y aprobación de unas bases genéricas de vigencia indefinida que configuren un sistema objetivo de selección, mediante Listas de Reserva que, a su vez, permitan conciliar los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en la selección de futuros aspirantes, con el de urgencia en la cobertura temporal de las vacantes producidas.

En su virtud, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.4.b) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, aprobado por Decreto 39/2005, de 16 de marzo, y el artículo 7 del Convenio Colectivo vigente; visto el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, y de mutuo acuerdo con los representantes de los trabajadores,

R E S U E L V O:

Artículo primero.- Aprobar las bases genéricas, de vigencia indefinida, que habrán de regir los procedimientos de selección de personal que se convoquen, con el fin de constituir listas de reserva para realizar contrataciones de duración determinada en la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

Artículo segundo.- Convocar procedimiento de selección del personal que ha de integrar las listas de reserva, para realizar contrataciones de duración determinada en la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, en las categorías que se señalan en el anexo I, de acuerdo con el temario que figura en el anexo III, el cual habrá de regirse por las bases genéricas, de vigencia indefinida, que se aprueban en la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá formular recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ante esta Secretaría General Técnica o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, que podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife.

BASES

Primera.- Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto establecer, con carácter genérico, y sin perjuicio de las especificaciones concretas que se pudieran realizar en cada convocatoria, en función de la categoría de que se trate, el procedimiento de selección al que habrán de someterse las convocatorias que se publiquen, con el fin de constituir listas de reserva para la realización de cualquier modalidad de contratación de duración determinada.

Segunda.- Requisitos de las convocatorias.

Las convocatorias que se realicen a partir de la publicación de las presentes bases, para la elaboración de listas de reserva para contrataciones de duración determinada, se regirán por lo dispuesto en las presentes bases y supletoriamente, por lo dispuesto en el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y su normativa de desarrollo, así como por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del vigente Convenio Colectivo, cada una de las convocatorias que se publiquen, en ejecución de las presentes bases, deberán haber sido acordadas con los representantes de los trabajadores.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

1. Para poder participar en las pruebas selectivas que se convoquen, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, el último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la contratación:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente podrán participar aquellas personas incluidas dentro del ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Por último, podrán hacerlo quienes, no estando comprendidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado de trabajo.

b) Haber cumplido la edad de 16 años, y reunir los requisitos del artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

c) Estar en posesión de la titulación académica y/o profesional, y de los demás requisitos que para cada categoría profesional se determine en la correspondiente convocatoria, de conformidad con el III Convenio Colectivo del personal laboral de esta Comunidad Autónoma.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las tareas y funciones que corresponden a las diferentes categorías convocadas.

e) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido objeto de despido, declarado procedente, o separado del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, mediante expediente disciplinario. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, y no sea necesario la adaptación funcional del puesto de trabajo.

Dichos aspirantes tendrán que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, qué tipo de discapacidad padecen y qué adaptaciones necesitan para la realización de los ejercicios, tal como previenen los artículos 1.2 y 5.2 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, del Título VI, de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento para su integración laboral. De otra parte, tal como previene el artículo 5.3 del mencionado Decreto 43/1998, cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicio de que se trate en el tiempo señalado, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación en un tercio del tiempo previsto para su realización.

Tales extremos tendrán que ser acreditados mediante certificación vinculante del equipo multiprofesional, previsto en el citado Decreto 43/1998, en la que asimismo deberá constar que están en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a que aspiran. La certificación habrá de ser presentada junto con la solicitud de participación. De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar al menos el justificante de haberla solicitado. En este caso, los aspirantes tendrán que aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que se refiere la base séptima.

Cuarta.- Documentación.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán de la forma que se indica a continuación, en el momento de ser llamados para ser contratados. No obstante, en el momento de la realización de cualquiera de los ejercicios, necesariamente los aspirantes habrán de identificarse mostrando la documentación relacionada en el apartado a) de esta base.

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, y que residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada del correspondiente Documento Nacional de Identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español, o del nacional de la Unión Europea con el que exista este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes a los que se refiere el último párrafo de la base tercera a), deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte en vigor, así como fotocopia compulsada del correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y de residencia.

b) Fotocopia compulsada de la titulación académica requerida, y, en su caso, de cualquier otro requisito que se haya exigido en la correspondiente convocatoria, en función de la categoría a la que se opta.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni defecto de cualquier tipo que le imposibilite la prestación del trabajo y el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

d) Declaración jurada de no haber sido separado ni despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas (anexo V).

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública (anexo V).

Quinta.- Instancias y plazo de presentación.

Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de presentar instancia, ajustada al modelo del anexo II, dirigida a esta Consejería, en la que se expresará que reúnen todos los requisitos exigidos en las presentes bases, y, en su caso, en la convocatoria correspondiente.

Aquellos aspirantes que deseen presentarse a más de una categoría profesional, o isla, deberán presentar una instancia por cada una de ellas.

El anexo II estará disponible en la Web de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales https://www.gobiernodecanarias.org/empleoyasuntossociales, para ser cumplimentado telemáticamente por los participantes. El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Los aspirantes que por cualquier razón, no dispongan de medios o pericia para la presentación telemática de las instancias, podrán ser auxiliados mediante cita previa que se obtendrá llamando al teléfono 012.

En todo caso, las instancias deberán imprimirse y presentarse en los lugares establecidos en la base sexta.

En el caso de que algún aspirante presente varias instancias, de la misma categoría e isla, tan sólo se considerará válida la última registrada dentro del plazo fijado al efecto.

Las instancias presentadas contraviniendo lo anteriormente expuesto, carecerán de validez, con las consecuencias que de ello derive.

Sexta.- Lugar de presentación de las instancias:

Los lugares de presentación de las solicitudes serán los siguientes:

- Tenerife: Secretaría General Técnica, calle Leoncio Rodríguez, 3, Edificio El Cabo, 5ª planta, Santa Cruz de Tenerife.

- Gran Canaria: Secretaría General Técnica, calle Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Usos Múltiples II, 3ª planta, Las Palmas de Gran Canaria.

Las solicitudes podrán presentarse, asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley 30/1992, y al artículo 4 del Decreto 100/1985, en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Séptima.- Relación de admitidos y excluidos.

En el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la terminación del plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General Técnica hará públicas en los lugares señalados la base sexta de la presente convocatoria así como en la Escuela Infantil San Miguel Arcángel, calle José López, 35, Santa Cruz de La Palma, y en la página web que se indica en la base quinta de la presente convocatoria, la lista provisional correspondiente de aspirantes admitidos y excluidos, indicando en estos últimos la causa de exclusión, a fin de que puedan subsanarla, si fuera susceptible de ello, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar a partir de la publicación, ante la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Finalizado el plazo de subsanación, la Secretaría General Técnica dictará Resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos, en la que se indicará el orden de actuación de los aspirantes que resulte del sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública, al que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y el lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas, a la que deberán comparecer los aspirantes provistos del documento de identificación correspondiente, según establece la base cuarta. Dicha Resolución se publicará, asimismo, en los tablones de anuncios citados y en la referida página Web de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

Octava.- Tribunales Calificadores.

1. En la correspondiente convocatoria se determinará el número de Tribunales Calificadores que se deberán constituir, en función de las categorías que se convoquen. Dichos Tribunales serán designados mediante Resolución de la Secretaría General Técnica, tendrán carácter provincial y estarán compuestos, cada uno de ellos, por cinco miembros titulares y cinco suplentes. En función del número de instancias presentadas, la Secretaría General Técnica, en la Resolución de designación de los Tribunales podrá decidir constituir algún nuevo Tribunal, sin que en ningún caso pueda existir más de un Tribunal por provincia y categoría. Los miembros del Tribunal calificador deberán ser personal al servicio de las Administraciones Públicas, de categoría profesional igual a la exigida a los candidatos, o de categoría profesional superior, siempre que pertenezcan al área de conocimiento necesaria para poder enjuiciar a los referidos candidatos, o de cuerpo y escala del mismo grupo de titulación o superior, dentro del mismo área funcional, en el supuesto de que se trate de funcionarios.

Los Comités de empresa de ambas provincias tendrán representación ante los Tribunales, a efectos de velar por la objetividad e imparcialidad del procedimiento selectivo. Podrán recabar información de los Tribunales y hacer constar, en su caso, cualquier cuestión que afecte al procedimiento de selección.

2. Por lo que se refiere a la presente convocatoria, y en atención a las categorías que se convocan, de acuerdo con lo previsto en el anexo I, en cada provincia se constituirá un Tribunal para cada una de las siguientes categorías, o grupos de categorías, todo ello sin perjuicio de lo señalado en el apartado anterior:

- Médico.

- Psicólogo/Educador.

- Trabajador Social

- Director/Responsable de Residencia.

- Programador/Analista/Operador de Sistemas.

- Administrativo/Auxiliar administrativo.

- Cocinero/Ayudante de cocina/personal de servicios.

- Conductor-subalterno/personal subalterno/mantenimiento-vigilante.

- Educador Infantil.

Será competencia de los tribunales constituidos, la elaboración y valoración de los ejercicios de la fase de oposición y la valoración de los méritos de la fase de concurso.

La constitución de los Tribunales se expondrá en los tablones de anuncios de los lugares señalados la base sexta, así como en la Escuela Infantil San Miguel Arcángel, calle José López, 35, Santa Cruz de La Palma.

Los miembros de los Tribunales, tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que correspondan, según el artículo 40.3 del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón de servicio, fijándose en la Resolución de la Secretaría General Técnica que los designa, el número máximo de asistencias a las que tendrán derecho, en función del número de aspirantes admitidos. En todo caso, el número de asistencias por cada uno de los tribunales que se constituyan, no podrá ser superior a cincuenta.

Los Tribunales podrán constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de los miembros, requiriéndose en todo caso la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

A lo largo del proceso selectivo, los Tribunales resolverán todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas bases.

A propuesta de los Tribunales, la Secretaría General Técnica podrá designar el personal necesario para colaborar con las tareas extraordinarias de carácter administrativo y/o material precisas para el desarrollo del proceso selectivo. El personal designado tendrá derecho a percibir las siguientes indemnizaciones por asistencias:

- Colaboradores administrativos: 1/2 asistencia de la correspondiente al Presidente o Secretario del Tribunal.

- Colaboradores materiales: 1/2 asistencia de la correspondiente a un Vocal del Tribunal.

Asimismo, los Tribunales podrán solicitar asistencia técnica, cuando por las características y especialidades prácticas de la categoría profesional lo considere necesario, actuando en este caso la persona designada, con voz pero sin voto.

Novena.- Proceso selectivo.

Constará de dos fases: oposición y concurso.

La puntuación máxima alcanzable será de veintinueve puntos, veinte puntos en la fase oposición y nueve en la fase de concurso.

1.- Fase de oposición.

Los aspirantes que formen parte de las diferentes listas de reserva que se constituyan, una vez entren en vigor las presentes bases, podrán solicitar, en las convocatorias que se realicen para la misma categoría, en los cuatro años siguientes a la convocatoria que superen, que se les respete la puntuación obtenida en la fase de oposición, siempre y cuando no se modifique el temario de las pruebas. Dicha solicitud deberá formalizarse de forma expresa y por escrito, junto con la instancia. En ese caso quedarán exentos de presentarse a esta fase del procedimiento selectivo.

Constará de dos ejercicios de los cuales, el primero, de carácter práctico, será eliminatorio, y el segundo, de contenido teórico, tendrá carácter sumatorio y servirá para mejorar la calificación del primero.

La puntuación máxima alcanzable será de veinte puntos, diez por cada ejercicio.

1. Primer ejercicio, de carácter práctico, a desarrollar en el plazo de una hora y treinta minutos.

Para todas las categorías la prueba estará relacionada con las prestaciones propias de los puestos de trabajo, según el contenido funcional de cada categoría profesional.

Se calificará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener una puntuación mínima de 5 puntos para realizar la siguiente prueba.

2. Segundo ejercicio, de carácter teórico.

Consistirá en responder a un cuestionario tipo test, por espacio de 45 minutos a diez preguntas relacionadas con el temario que figura para la categoría profesional correspondiente en el anexo III de las presentes bases.

Se calificará de 0 a 10 puntos. En este ejercicio la puntuación a cada pregunta contestada correctamente será de 1 punto, por cada dos preguntas incorrectas se descontará una y las no contestadas no puntuarán.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por cada Tribunal.

Una vez celebradas las pruebas, se publicarán en los tablones de anuncios a que hace referencia la base sexta de la convocatoria, así como en la página web de esta Consejería, las calificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes.

2.- Fase de concurso.

Una vez concluida la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de los resultados de la misma, para la presentación del anexo IV de autobaremación, que estará disponible en la Web de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales https://www.gobiernodecanarias.org/empleoyasuntossociales, para ser cumplimentado telemáticamente por los participantes. A dicho anexo se adjuntarán los documentos originales acreditativos de los méritos alegados, o fotocopia compulsada de los mismos, debiendo tenerse en cuenta que sólo se valorarán aquellos méritos debidamente acreditados que se posean a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El anexo y documentos adjuntos se deberán presentar en las oficinas señaladas en la base sexta de la convocatoria.

Los aspirantes que por cualquier razón, no dispongan de medios o pericia para la presentación telemática del anexo IV, podrán ser auxiliados mediante cita previa que se obtendrá llamando al teléfono 012.

En la fase de concurso se valorará la experiencia y la formación profesional de los aspirantes, pudiendo obtenerse la puntuación máxima de 9 puntos, de la manera siguiente:

a) Experiencia profesional en puestos de la categoría a la que se opta, y en áreas relacionadas con las tareas a desarrollar, en los seis años inmediatamente anteriores al último día de presentación de instancias. Se valorará hasta un máximo de 5,5 puntos y de la siguiente forma:

· Haber prestado servicios anteriormente en la Administración Pública, en puestos de categoría igual, similar o análoga a los que se opta: 0,5 puntos por mes completo de servicios, debiendo acreditarse mediante certificado de los servicios prestados, cumplimentado por el órgano competente, o fotocopia compulsada de los contratos de trabajo, acompañada de certificado de vida laboral.

· Haber prestado servicios anteriormente en la Administración Pública, en categoría profesional distinta a la que se opta: 0,15 puntos por mes completo de servicios, debiendo acreditarse mediante certificado de los servicios prestados, cumplimentado por el órgano competente, o fotocopia compulsada de los contratos de trabajo, acompañada de certificado de vida laboral.

· Haber prestado servicios anteriormente en el sector privado, en puesto de categoría igual, similar o análoga, a la que se opta: 0,25 puntos por mes completo de servicios, debiendo acreditarse mediante fotocopia compulsada de los contratos de trabajo, acompañada de certificado de vida laboral.

b) Formación profesional, se valorará hasta un máximo de 3,5 puntos, de la siguiente manera:

· Por cursos, jornadas, seminarios, etc., realizados en organismos oficiales o centros homologados, sobre materias directamente relacionadas con la categoría que se solicita, según la siguiente escala:

- De hasta 20 horas lectivas, 0,15 puntos.

- De 21 horas y hasta 40, 0,45 puntos.

- De 41 horas y hasta 80, 0,75 puntos.

- De 81 horas y hasta 160, 1 puntos.

- De 161 horas o más, 1,35 puntos.

La valoración de los cursos requiere la acreditación mediante copia compulsada del correspondiente certificado de asistencia.

En el caso de empate, la prelación vendrá determinada por las siguientes circunstancias por orden de preferencia:

a) Pertenecer a colectivos desfavorecidos (mayores de cincuenta y dos (52) años, Minusválidos, perceptores de AEBAS y pensiones no contributivas, y mujeres víctimas de maltrato).

b) Mayor antigüedad en categoría igual, similar o análoga en las Administraciones Públicas.

c) Mayor puntuación en categoría igual, similar o análoga en la empresa privada.

Décima.- Elaboración y exposición de las Listas de Reserva.

Por el Secretario de cada Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo que hayan actuado, y hará constar en ella los aspirantes presentados y no presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que, a juicio del Tribunal, deba reflejarse en acta.

El Tribunal de Selección propondrá una Lista de Reserva, con los aspirantes que hayan superado al proceso selectivo, por orden de puntuación. La puntuación total será la suma de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso.

Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica se aprobarán las correspondientes Listas de Reserva, que se publicarán en los tablones de anuncio a que hace referencia la base sexta de la convocatoria, así como en la página web de esta Consejería.

Undécima.- Reserva para personas con discapacidad.

Al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, así como a lo dispuesto en el artículo 12 del Convenio Colectivo vigente, la cobertura de la reserva de éstos se instrumentará de la siguiente manera:

Los aspirantes a los que se les reconozca el derecho a concurrir por la reserva de discapacitados (con una minusvalía igual o superior al 33%), figurarán en la lista que les corresponda y en el orden que resulte de la puntuación definitiva que obtuvieran. No obstante, deberá producirse el llamamiento del primero de ellos, en la oferta de la tercera contratación que se vaya a realizar, en la categoría e isla en que se encuentren propuestos; en la decimotercera al segundo; la vigesimotercera al tercero, y así sucesivamente, ello sin perjuicio del derecho, que pudieran tener derivado de la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo.

Duodécima.- Llamamientos.

Cuando se precise proveer un puesto o efectuar una contratación temporal con los seleccionados en la forma prevista en esta Resolución, se efectuará el llamamiento, mediante telegrama a las tres primeras personas disponibles de la correspondiente Lista, con el fin de la contratación. Las personas designadas deberán contactar con la Secretaría General Técnica que hace el llamamiento, el mismo día o antes de las 14,00 horas del día siguiente a partir de la fecha de recepción del telegrama, y manifestar su disposición a proveer la plaza o a su contratación temporal. Para la formalización del contrato deberá aportar la documentación a la que se refiere la base cuarta, así como la que se le solicite al efecto. En caso de que no la presente o ésta no esté en vigor, decaerá en su derecho para esa contratación y, aunque seguirá formando parte de la lista, deberá subsanar los errores detectados para poder acceder a una contratación posterior. Personadas las citadas dentro del plazo correspondiente, se contratará por orden de lista al que corresponda.

En el caso de tratarse de la cobertura en interinidad de una plaza vacante de plantilla se llamará por orden de lista con independencia de que ya existiera una relación laboral vigente, salvo que ésta tuviera el mismo carácter que la que se pretende celebrar.

Examinada y admitida la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Los contratos se formalizarán por escrito de conformidad con las disposiciones en vigor. Una vez finalice la contratación, el aspirante volverá a ocupar su puesto en la lista, con el mismo número de orden.

En el caso de que la lista de la categoría solicitada se encontrara agotada, se podrá realizar el llamamiento al aspirante que le corresponda de la misma categoría de la lista en vigor en la isla más cercana. El aspirante deberá comunicar al Centro Directivo su aceptación en el mismo plazo que el fijado en el primer párrafo de esta base. La renuncia del aspirante, en su caso, no será tenida en cuenta a efectos de lo dispuesto en la base decimocuarta.

Decimotercera.- Son causas justificadas para aplazar la contratación las siguientes:

- Encontrarse en incapacidad temporal o enfermedad común debidamente acreditada.

- Encontrarse en el permiso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.

- Estar desempeñando cargo público o sindical.

- Estar trabajando en otra empresa en el momento de ser llamado, debiendo aportar copia del contrato.

- Estar desempeñando funciones para esta Consejería u otras Consejerías, aportando el correspondiente nombramiento y/o contrato.

- Tener al cuidado hijos menores de 3 años, o familiares con una enfermedad grave hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad.

Las causas para aplazar la contratación deberán acreditarse ante la Administración con anterioridad a la fecha del llamamiento. No se admitirá la acreditación de causa justificativa para no efectuar la contratación una vez haya sido emplazado el aspirante para ello, salvo causas de fuerza mayor o incapacidad temporal sobrevenida. Cuando inicialmente no se conozca la fecha de término de las mencionadas causas, el interesado deberá comunicársela a la Administración cuando se produzca, pasando en ese momento a ocupar su puesto en la lista de reserva, con el mismo número de orden.

Decimocuarta.- Renuncia.

El personal seleccionado que no haga uso del derecho reconocido en la base anterior y una vez producido el llamamiento no comparezca o renuncie a la contratación ofertada, pasará al final de la lista de reserva hasta en tres ocasiones, tras las cuales quedará excluido definitivamente.

Asimismo, cuando la contratación ofertada corresponda a alguna de las categorías para las que es requisito estar en posesión del carné de manipulador de alimentos en vigor, es imprescindible su presentación en el momento de formalizar el contrato, cuando el llamamiento sea para realizar una contratación temporal distinta de la de interinidad en plaza vacante. Si el interesado que corresponda llamar por las listas, en orden de derecho, no reuniera este requisito, se continuará con el orden de los llamamientos, realizándose la contratación con el primer aspirante de la lista que lo cumpla, aunque permanezca sin nombrar quienes le preceden en orden de derecho.

También quedarán excluidos de la lista cuando se haya extinguido la relación contractual por causa de despido procedente.

Decimoquinta.- Vigencia.

Las listas de reserva mantendrán la vigencia temporal prevista en el Convenio Colectivo. No obstante, si con dos meses de antelación a la llegada del término expresado no fueran denunciadas por cualquiera de las partes, éstas quedarán prorrogadas por períodos trimestrales, salvo que sean denunciadas en estos períodos.

Una vez denunciadas, deberá acordarse la realización de una nueva convocatoria en el plazo de 2 meses, continuando en vigor las listas denunciadas hasta tanto la convocatoria sea publicada y resuelta. Si no se cumpliera dicho plazo por causa imputable a la Administración, las listas perderán su vigencia a la finalización del mismo.

En el caso de que antes de la expiración del mencionado plazo de vigencia, alguna de las listas de reserva quedara agotada, o el número de aspirantes fuera insuficiente para hacer frente al volumen de contrataciones existentes, podrá realizarse nueva convocatoria pública, a la que le serán de aplicación las presentes bases con las siguientes salvedades:

1º) Los aspirantes seleccionados en la segunda convocatoria pasarán a ocupar por orden de puntuación, los puestos de la lista de reserva de que se trate a partir del último aspirante seleccionado en la primera convocatoria.

2º) La vigencia de la lista no se modificará, computándose el año desde que se aprobó inicialmente.

Una vez hechas públicas las listas de reserva de personal seleccionado en virtud de la presente convocatoria, quedarán sin vigencia alguna, todas las listas de reserva que se encuentren en vigor al día de la fecha en las mismas categorías e islas.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan Carlos Pérez Frías.

Ver anexos - páginas 18709-18710

A N E X O I I I

TEMARIO

CATEGORÍA: MÉDICO.

Tema 1.- Normativa básica: LISMI (Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos). Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía y Real Decreto 1.169/2003, de 12 de septiembre, por el que se modifica el anexo I del Real Decreto 1.971/1999.

Tema 2.- Definición según O.M.S. de los conceptos: Deficiencia. Discapacidad y Minusvalía.

Tema 3.- Órganos técnicos competentes para la emisión de dictámenes técnico-facultativos.

Tema 4.- Normas generales de valoración de minusvalía.

Tema 5.- Valoración del sistema músculo-esquelético, sistema nervioso central y periférico.

Tema 6.- Valoración del aparato respiratorio, circulatorio y hematopéyico. VIH.

Tema 7.- Valoración del aparato digestivo y genito-urinario.

Tema 8.- Valoración del sistema endocrino-metabólico.

Tema 9.- Valoración de piel y anejos.

Tema 10.- Criterios generales de valoración de neoplasias.

Tema 11.- Criterios de valoración del aparato visual y auditivo. Valoración del lenguaje.

Tema 12.- Trabajo en equipo para la valoración de la discapacidad en los trastornos mentales.

Tema 13.- Concepto y objetivos de:

· Ayudas técnicas.

· Barreras arquitectónicas.

· Adaptación funcional de la vivienda.

· Centros Ocupacionales (C.O.).

· Centros de Atención a Minusválidos Psíquicos (C.A.M.P.).

· Centros de Atención a Minusválidos Físicos (C.A.M.F.).

· Centros de Recuperación de Minusválidos Físicos (C.R.M.F.).

Tema 14.- Criterios de valoración de movilidad. Aplicación del baremo.

Tema 15.- Criterios de valoración de necesidad de asistencia de tercera persona. Aplicación del baremo.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: PSICÓLOGO/A.

Tema 1.- Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores.

Tema 2.- El desarrollo de la primera infancia. Percepción y atención. El desarrollo físico y psicomotor.

Tema 3.- Interacción social en la etapa infantil. Proceso de socialización. Integración de menores con necesidades educativas especiales. Atención a la multiculturalidad.

Tema 4.- Desarrollo de la etapa de la Educación Primaria. Procesos cognitivos.

Tema 5.- El desarrollo de la adolescencia. Procesos cognitivos. Desarrollo de la personalidad.

Tema 6.- Familias en situación de riesgo. Programas de prevención familiar dirigidos a contextos de riesgo. Las drogodependencias y el alcohol en el sistema familiar. El divorcio y los hijos.

Tema 7.- Técnicas de intervención y asesoramiento a menores maltratados y sus familias. Programas de apoyo.

Tema 8.- El acogimiento familiar. Naturaleza y finalidad de la medida de amparo. Criterios en la toma de decisiones sobre la Idoneidad o no Idoneidad en el Acogimiento Familiar. Coordinación con los municipios para el seguimiento de la medida.

Tema 9.- Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos. Normas de desarrollo. La valoración y la calificación de minusválidos. Los Equipos Técnicos de Valoración: composición y funciones.

Tema 10.- La deficiencia mental. Concepto. Clasificación. Características. Atención y servicios específicos.

Tema 11.- Trastornos generalizados del desarrollo. Concepto. Características clínicas.

Tema 12.- Trastornos mentales. Definición. Criterios de valoración en relación con la calificación de minusvalía.

Tema 13.- Definición de conceptos: deficiencia, discapacidad, minusvalía, menoscabo permanente y dependencia.

Tema 14.- Conceptos y objetivos de: ayudas técnicas, barreras arquitectónicas, adaptación funcional de la vivienda, CO, CEE, CRMF, CAMF y CAMP.

Tema 15.- Participación del Psicólogo en la valoración de la discapacidad derivada de los trastornos del Sistema Nervioso Central.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: TRABAJADOR/A SOCIAL.

Tema 1.- Ley 1/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 2.- Los servicios sociales generales y comunitarios. Las prestaciones básicas de servicios sociales.

Tema 3.- Fundamentos, principios y función básica del trabajo social.

Tema 4.- Técnicas instrumentales del Trabajador Social: el informe y la entrevista personal.

Tema 5.- Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 6.- Plan Integral del Menor en Canarias.

Tema 7.- Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido.

Tema 8.- Proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

Tema 9.- Ley de Conciliación de la vida familiar y laboral.

Tema 10.- Ley 3/1996, de 11 de julio, de Participación de las Personas Mayores y de la Solidaridad entre Generaciones.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: EDUCADOR/A.

Tema 1.- Los Centros de Atención a Menores dentro del organigrama de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia. Internados y Centros de día. Centros Propios y Colaboradores.

Tema 2.- Ámbito y funciones de la intervención en el Educador. El Educador de Centro. El Educador de familia.

Tema 3.- Desarrollo emocional y conflictos afectivos en la infancia y adolescencia. La relación afectiva como base del aprendizaje.

Tema 4.- Metodología e instrumentos de intervención, organización, evaluación y seguimiento en la labor educativa.

Tema 5.- Programas de desarrollo individualizado. Adquisición de hábitos higiénicos, escolares, conductuales y sociales del menor. La formación integral del menor.

Tema 6.- El trabajo en equipo. Equipos interdisciplinares y multidisciplinares. Agrupamiento, funciones y organización del equipo educativo.

Tema 7.- Liderazgo en la dinámica de grupos. Grupos y membrecias de grupos. Papel del Educador como moderador del grupo.

Tema 8.- El trabajo cooperativo y la intervención social. Técnicas de análisis y dinamización grupal.

Tema 9.- La organización del tiempo libre y de los espacios como recursos y soporte del proceso de aprendizaje dentro de la institución.

Tema 10.- El ingreso en Centros. La temporalidad del ingreso en función del diagnóstico y pronóstico del caso.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: DIRECTOR/A/RESPONSABLE DE RESIDENCIA.

Tema 1.- Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales.

Tema 2.- Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores en Canarias.

Tema 3.- El trabajo en equipo. La dinámica de grupos en el Centro.

Tema 4.- La seguridad e higiene en el trabajo. Psicosociología.

Tema 5.- Derechos y deberes del trabajador. El absentismo laboral. La clasificación profesional.

Tema 6.- Procedimientos disciplinarios: las faltas disciplinarias. Faltas leves, graves y muy graves. Sanciones. Prescripción de faltas.

Tema 7.- El Reglamento de Régimen Interior de un Centro. Características y aspectos a abordar.

Tema 8.- Elementos básicos de la organización de un Centro: horarios, agrupamientos, funciones y organización del personal y de los servicios auxiliares.

Tema 9.- Los derechos de los niños y las niñas.

Tema 10.- Malos tratos a menores. Concepto, detección e indicadores.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: PROGRAMADOR/A II.

Tema 1.- El Soporte lógico de las comunicaciones. Protocolo de transmisión y software de comunicaciones. Las comunicaciones en el modelo OSI. Protocolos de red. Protocolos de aplicación.

Tema 2.- Arquitectura de sistemas. Modelos. Definición de arquitectura. Tipos. Proceso cooperativo, distribuido y arquitectura cliente/servidor. Arquitectura distribuida. Tecnologías emergentes: orientación a objetos. CORBA.

Tema 3.- Redes de área local, metropolitana y extensas. Concepto, estructura y topología de las redes locales. Niveles físico y lógico. Estándares: IEEE 802. Redes públicas de transmisión de datos. Red digital de servicios integrados. Redes metropolitanas y extensas. Interconexión de redes.

Tema 4.- Servicios avanzados de telecomunicaciones. Definición. Correo electrónico y EDI. Normativas aplicables. Videotex, audiotex y similares. Acceso a bases de datos. Otros servicios: trunking, TMA, videoconferencia, etc.

Tema 5.- Representación de la información. Estructuras de datos. Codificación de la información. Ficheros y archivos. Métodos de organización. Métodos de acceso.

Tema 6.- Lenguajes de programación. Concepto y clasificación. Compiladores e intérpretes. Lenguaje de cuarta generación. Programación orientada a objetos.

Tema 7.- Presentación de la información. Diseño y ergonomía de las interfaces de usuario. Interfaces gráficas de usuario. Estándares aplicables.

Tema 8.- Bases de datos I. Bases de datos: definición y clasificación. Evolución histórica. Arquitectura de las B.D.: requisitos técnicos. Integridad. El modelo de referencia ANSI. Bases de datos relacionales. Normalización. Bases de datos relacionales: SQL y normativas aplicables. Bases de datos distribuidas: tipos, requisitos.

Tema 9.- Desarrollo de sistemas de información. Técnicas de desarrollo. Prototipado. Metodologías de desarrollo. Desarrollo asistido por ordenador. Prueba e implantación. El ciclo de vida de los sistemas de información. Mantenimiento.

Tema 10.- Microinformática. El ordenador personal y las estaciones de trabajo. Sistemas operativos: MS-DOS, WINDOWS-NT. Herramientas para la informática personal: proceso de textos, hojas de cálculo, gestores de datos, etc. La informática personal en el marco de la informática corporativa.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: ANALISTA II.

Tema 1.- Informática y legislación: Ley Orgánica de Regulación de Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD). Disposiciones, principios y derechos. La Agencia de Protección de Datos. La protección Jurídica del "Software".

Tema 2.- Sistemas Operativos. Microinformática. Integración y administración.

Tema 3.- Bases de datos. Diccionario de datos. SQL. Diseño y creación de bases de datos.

Tema 4.- Interfaces de usuario. Diseño de interfaces de usuario. Desarrollo de aplicaciones en entornos gráficos. Lenguajes visuales. La Ofimática como interfaz de usuario.

Tema 5.- Entornos cliente-servidor. ODBC y ADO.

Tema 6.- Redes de área local. Sistemas operativos de red. Servicios que proveen. Administración de redes de área local. Gestión de datos y usuarios.

Tema 7.- TCP/TP (Configuración avanzada). Equipos de interconexión de redes.

Tema 8.- Redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y características.

Tema 9.- Internet. Localización de recursos. Conexión y acceso. Internet. Políticas de seguridad. Cortafuegos. Detección de intrusos.

Tema 10.- Implantación de mecanismos de seguridad de sistemas. Medidas de seguridad de una instalación y de los soportes de la información.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: OPERADOR/A DE SISTEMAS.

Tema 1.- Fundamentos de los ordenadores. Componentes y funcionamiento de la unidad central de proceso. Unidad de control. Memoria. Clasificación y funcionamiento. Dispositivos de Entrada/Salida de datos. Dispositivos de almacenamiento de la información. Configuración e instalación de tarjetas de red. Periféricos: Bus IDE, SCSI. Puertos Serie, Paralelo y USB. Características, funciones. Instalación y configuración de componentes y periféricos.

Tema 2.- Sistemas Operativos y gestión de almacenamiento. Conceptos y funciones. Características generales de los sistemas operativos. Arquitectura de sistemas. Definición y modelos. Servidores en Dominios Windows 2000/2003. Características. Directorio Activo. Nociones sobre administración de usuarios, grupos y recursos de red. Directivas. Estaciones con Windows 2000/XP: características principales, instalación y configuración, conexión a una red/dominio Windows 2000/2003. Perfiles de usuario. Administración de Discos: creación de volúmenes y particiones. Características principales de los sistemas de ficheros FAT32 y NTFS. Soluciones de almacenamiento.

Tema 3.- Ofimática (Microsoft Office: Word, Excel, Powerpoint, Access). Concepto y características. Instalación y configuración. Uso de formularios, plantillas, combinación y correspondencia e impresión.

Tema 4.- Redes y soporte lógico de las comunicaciones. Soporte físico de las comunicaciones. Equipos terminales y de comunicaciones. Dispositivos de interconexión de redes (Concentradores, bridges, routers, switches). Fundamentos de las redes de área local (LAN): concepto, estructura y topologías. Redes Ethernet. Estándares. IEEE 802. Protocolos de transmisión y software de comunicaciones. Las comunicaciones en el modelo OSI. Protocolos de red. TCP/IP. Protocolos de aplicación. Utilidades de diagnóstico y resolución de problemas: Ping, telnet, traceroute, nslookup, nbtstat.

Tema 5.- Internet/Intranet y sistemas de correo electrónico. Concepto. Características generales, funciones y tipos. Uso y configuración de navegadores de Internet y clientes de correo electrónico. Configuración de cuentas de correo electrónico. Conexión a Servidores POP/IMAP y sus ventajas y desventajas.

Tema 6.- Bases de datos y seguridad informática. Concepto. Características principales. Conocimientos en SQL. Nociones de operación sobre bases de datos Oracle y Microsoft SQL*Server. Copias de seguridad: conceptos, características y tipos. Soluciones para la seguridad de los datos en disco. Virus informático: concepto, características y tipos. Medidas de seguridad y soluciones antivirus.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

ADMINISTRATIVO/A.

Tema 1.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Los recursos administrativos.

Tema 2.- Derechos de los ciudadanos. Derecho de acceso a archivos y registros. Colaboración de los ciudadanos con la Administración Pública.

Tema 3.- Concepto de documentos, registros y archivos. Clases de archivos y criterios de ordenación. Especial consideración del archivo de gestión.

Tema 4.- Técnicas de la comunicación: elaboración de oficios y comunicaciones de régimen interno.

Tema 5.- Nociones sobre ordenadores. Sistema operativo Windows XP. Herramientas de ofimática: Microsoft office. Correo electrónico. Internet.

Tema 6.- Los interesados en el procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Estudio especial de los informes. Términos y plazos.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: COCINERO/A.

Tema 1.- Manipulación de alimentos. Tratamiento y conservación. Indicadores higiénico sanitarios de interés en el campo alimentario.

Tema 2.- Distribución del trabajo en la cocina.

Tema 3.- Prevención de accidentes en la cocina.

Tema 4.- Alimentación, nutrición y dietética. Alimentación equilibrada.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: EDUCADOR/A INFANTIL.

Tema 1.- Proyecto curricular. Finalidad. Elaboración. Elementos.

Tema 2.- La Programación. Principios generales. Las unidades didácticas o de Programación: Objetivos, contenidos, actividades, recursos didácticos y metodológicos, evaluación y adaptaciones curriculares.

Tema 3.- La escuela infantil y el proceso de socialización. Función social de la educación infantil. La incorporación del niño a la escuela infantil. Intervención de los padres. Las entrevistas.

Tema 4.- Importancia del juego en el desarrollo general. Tipos de juegos. La intervención del adulto. Organización del espacio. Mobiliario. Material.

Tema 5.- El lenguaje: adquisición y desarrollo. Su importancia en la vida social y afectiva del niño. Anomalías.

Tema 6.- Una edad específica: un Educador con identidad propia. Las características y necesidades de la infancia. Los procesos de relación. La dependencia del medio.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: CONDUCTOR/A-SUBALTERNO.

Tema 1.- Estructura de la Administración Pública Canaria: Consejerías y Organismos Autónomos. Localizaciones. Ubicación de centros dependientes de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales. Localización de los principales organismos públicos con sede en la isla: Cabildo, Ayuntamientos, Administración General del Estado.

Tema 2.- Código de la circulación. Conocimientos básicos sobre mantenimiento de vehículos.

Tema 3.- La atención al ciudadano, recepción y telefonía. Recursos y actuaciones de comunicación: preparación de locales y materiales. Normas de protocolo.

Tema 4.- Organización de los medios auxiliares de una oficina: medios de reproducción de documentos, archivo, encuadernación, ordenadores, centrales telefónicas.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: MANTENIMIENTO-VIGILANTE.

Tema 1.- Instalaciones básicas de fontanería, saneamiento, carpintería y electricidad, esquemas y croquis. Manejo de herramientas específicas.

Tema 2.- Revestimientos y mantenimiento de parámetros (horizontales y verticales) y cubiertas, impermeabilización. Pequeñas reparaciones de electrodomésticos industriales. Herramientas específicas.

Tema 3.- Conocimientos básicos en seguridad e higiene. El fuego, clases y métodos de extinción, sistemas de detección.

Tema 4.-Vigilancia y custodia de enseres y edificios, apertura y cierre de puertas, control de accesos.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.

Tema 1.- Nociones sobre ordenadores. Sistema operativo Windows XP. Herramientas de ofimática: Microsoft office. Correo electrónico. Internet.

Tema 2.- Tratamiento de la información. Archivo y documentación. Tipos de fichero y método de acceso. La base de datos.

Tema 3.- Atención al público. Acogida e información al ciudadano.

Tema 4.- Técnicas de la comunicación: elaboración de oficios y comunicaciones de régimen interno.

· La prueba de tratamiento de texto words, versará sobre sus principales funciones y utilidades, creación y estructura de documentos, gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros.

· Alfabetización.

CATEGORÍA: AYUDANTE DE COCINA.

Tema 1.- Manipulación de alimentos. Uso correcto de los alimentos.

Tema 2.- Cantidades, distribución y partición. Herramientas de trabajo.

Tema 3.- Prevención de accidentes en la cocina.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: PERSONAL DE SERVICIOS.

(Camarera/Limpiadora, Limpiadora, Servicios Generales).

Tema 1.- El área de trabajo. Limpieza y mantenimiento de superficies. Productos y útiles de limpieza. Servicio de comedor. Limpieza de habitaciones.

Tema 2.- La limpieza. Su necesidad y forma de efectuarla. Determinación de la clase de suciedad que debe eliminarse. Clases de limpieza: diaria y rotativa.

Tema 3.- Cuidados que se deben seguir en el almacenaje de productos de limpieza. Medidas de precaución con los líquidos inflamables o tóxicos. Seguridad e higiene en el trabajo.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

CATEGORÍA: PERSONAL SUBALTERNO.

(Ordenanza, Portero, Telefonista).

Tema 1.- Correos y telecomunicación. Recepción y envío de documentos. Correspondencia con acuse de recibo. Correspondencia urgente. Valija.

Tema 2.- Organización de los medios auxiliares de una oficina: medios de reproducción de documentos, archivo, encuadernación, ordenadores, centrales telefónicas.

Tema 3.- Atención al público. Vigilancia del centro de trabajo. La identificación de visitantes en las dependencias públicas.

· Prueba práctica sobre el temario anterior.

Ver anexos - páginas 18716-18719



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