BOC - 2007/147. Lunes 23 de Julio de 2007 - 2925

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2925 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 6 de julio de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Dña. Herminia Luis Pacheco, interesada en el expediente nº 735/03-M.

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No habiéndose podido notificar a Dña. Herminia Luis Pacheco en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la Resolución dictada en el expediente tramitado por esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural con referencia 735/03-M, de conformidad con el apartado cuarto del antes mencionado artículo,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a Dña. Herminia Luis Pacheco la Resolución de fecha 18 de junio de 2007, recaída en el expediente con referencia 735/03-M que dice textualmente:

"Examinado el expediente sancionador nº 735/03-M, instruido a Dña. Herminia Luis Pacheco por infracción administrativa al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes y consideraciones jurídicas.

ANTECEDENTES

Primero.- Por Resolución nº 3538, de 27 de diciembre de 2006, del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, se incoa procedimiento administrativo sancionador a Dña. Herminia Luis Pacheco como presunta responsable de una infracción administrativa muy grave al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, consistente en el abandono de un vehículo en el Espacio Natural Protegido Paisaje Protegido "La Resbala", dentro del término municipal de La Orotava. Dicha resolución se notificó a la interesada el día 4 de enero de 2007.

Segundo.- Con registro de entrada en la Agencia de fecha 12 de enero de 2007 D. Cipriano Pacheco Trujillo, en nombre y representación de la interesada, presenta escrito adjuntando la documentación relativa a la baja del vehículo denunciado y factura de la grúa al desguace, y solicitando el archivo del expediente.

Tercero.- Según consta en diligencia extendida al efecto por Agente de Medio Ambiente con fecha 27 de marzo de 2007, el vehículo ha sido retirado del lugar de la denuncia.

Cuarto.- Con fecha 19 de abril de 2007 se formula por la instrucción del presente procedimiento sancionador Propuesta de Resolución, notificada a la interesada el día 16 de mayo de 2007, no habiendo presentado escrito de alegaciones en el plazo concedido para la realización del trámite de audiencia.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- Es competente para la incoación, tramitación y resolución del presente expediente la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 190.c) y 229 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, en relación con el Decreto 189/2001, de 15 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia y el Convenio de adhesión del Cabildo Insular de Tenerife a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (B.O.C. nº 102, de 29.5.03), en virtud del cual se delegan las competencias de inspección, supervisión, sanción y restablecimiento de la legalidad en materia disciplinaria medioambiental por infracciones al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

II.- Los hechos que han resultado probados son constitutivos de una infracción administrativa al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, calificada como muy grave y tipificada en el apartado c) del artículo 202.3 del citado Texto Legal que dispone "... la implantación y el desarrollo de usos no amparados por el o los actos administrativos que legalmente deban legitimarlos e incompatibles con la ordenación aplicable", estando localizada la actividad denunciada en Espacio Natural Protegido, en concreto, en el Paisaje Protegido de La Resbala.

III.- En virtud de lo prescrito en el artículo 189.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, serán responsables las personas físicas y jurídicas que infrinjan lo prevenido en este Texto Refundido y, en especial: a) en las obras, instalaciones, construcciones, edificaciones, actividades o usos del suelo ejecutados o desarrollados sin concurrencia de los presupuestos legales para su legitimidad [...] 1) Los promotores y constructores de las obras o instalaciones, actividades o usos [...]", y teniendo en cuenta los hechos expuestos, se imputa la responsabilidad de los hechos a Dña. Herminia Luis Pacheco, en calidad de promotora de la actividad.

IV.- El artículo 221 del Texto Refundido sanciona con multa de 601,01 euros a 60.101,21 euros el depósito o abandono de materiales no autorizados, imponiéndose, en el presente caso, una multa de ciento ochenta (180,00) euros, todo ello de conformidad con el artículo 182.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, que prevé la reducción en un noventa por ciento de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador por restablecimiento del orden jurídico perturbado.

V.- De conformidad con el artículo 179 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, se procederá a la reposición de las cosas a su estado anterior a la presunta infracción en los siguientes supuestos:

a) Cuando se ubiquen o realicen en suelo urbanizable, cuya ordenación no se haya pormenorizado, o en suelo rústico, cuando sea necesaria la calificación territorial, carezcan de la misma.

b) Cuando instada la legalización, ésta haya sido denegada.

c) Cuando no se haya instado la legalización en el plazo concedido al efecto y de la instrucción del procedimiento resulte la incompatibilidad de lo realizado y proyectado con las determinaciones de la ordenación ambiental, territorial y urbanística aplicables.

En virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Imponer a Dña. Herminia Luis Pacheco una multa de ciento ochenta (180,00) euros como responsable de la comisión de una infracción muy grave al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, consistente en el abandono del vehículo matrícula TF-6712-J, en el lugar conocido por calle Cuesta Bacalao, p.k. 0,300, en el Espacio Natural Protegido Paisaje Protegido "La Resbala", dentro del término municipal de La Orotava.

Segundo.- Se le advierte de que, en el supuesto de que incurra en análoga conducta, podría ser considerado como reincidente, con el agravamiento de la sanción que conllevaría.

Tercero.- Notificar la presente Resolución a la interesada.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez firme la Resolución en vía administrativa.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en Derecho o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."

Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2007.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.



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