BOC - 2007/138. Miércoles 11 de Julio de 2007 - 2751

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

2751 - ANUNCIO de 21 de junio de 2007, por el que se hace pública la Resolución de 11 de junio de 2007, relativa al expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Jardín Artístico, a favor del Jardín de Aclimatación de La Orotava, término municipal de La Orotava.

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Con fecha 11 de junio de 2007, el Sr. Director Insular de Cultura de este Excmo. Cabildo Insular, dictó la siguiente Resolución:

"Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Jardín Artístico, a favor del Jardín de Aclimatación de La Orotava, sito en el término municipal del mismo nombre, y

Resultando, que con fecha 30 de octubre de 1980, se dicta Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, por la que se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Jardín Artístico, a favor del citado inmueble, publicándose la misma en el Boletín Oficial del Estado nº 311, de 27 de diciembre de 1980, no figurando en dicha Resolución la delimitación gráfica y escrita, la justificación de la delimitación y la descripción del Bien a declarar.

Resultando, que con fecha 10 de septiembre de 2004, la Sección Técnica de la Unidad de Patrimonio Histórico, presenta un informe en el que propone una delimitación para el inmueble en cuestión, al tiempo que justifica dicha delimitación, así como la conveniencia de cambiar su denominación actual por la de Hijuela del Botánico y a su vez, la categoría del mismo que pasaría a ser la de Jardín Histórico, más actualizada y en consonancia con lo que se dispone al respecto en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, y que la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, en sesión ordinaria, celebrada el 16 de septiembre de 2004, dictamina favorablemente la delimitación propuesta por la Sección Técnica así como el cambio de denominación y categoría, por lo que en base a ello, el bien pasará a denominarse Hijuela del Botánico, con categoría de Jardín Histórico.

Resultando, que según lo establecido en la Disposición Transitoria Octava de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, los procedimientos administrativos de cualquier clase iniciados con anterioridad a la aparición de esta Ley, se ajustarán a las normas aplicables en el momento de su incoación, siendo en este caso las que se contienen en la Ley de 13 de mayo de 1933 y la de 22 de diciembre de 1955, que modifica la anterior, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, y dado que ambas leyes han sido derogadas y que la Comunidad Autónoma de Canarias ha asumido plenamente las competencias en materia de patrimonio histórico, el expediente incoado para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Jardín Artístico, a favor del Jardín de Aclimatación, sito en el municipio de La Orotava, se seguirá tramitando en lo sucesivo de acuerdo con lo reglamentado en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias y con los cambios producidos en su denominación y categoría.

Considerando, que según establece el artº. 8.3.d) de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, corresponde a los Cabildos Insulares la competencia de incoar y tramitar los expedientes de declaración de bienes de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación, así como las modificaciones de dichos expedientes.

Considerando, que esta Dirección Insular de Cultura ostenta las competencias que corresponden al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife en materia de patrimonio histórico, en virtud de la delegación conferida por el Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico, Museos y Deportes, mediante Resolución de fecha 23 de junio de 2006 (publicada en el B.O.P. nº 95, de 30.6.06).

Es por lo que,

R E S U E L V O:

1º) Rectificar la Resolución de 30 de octubre de 1980, de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, por la que se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Jardín Artístico, a favor del inmueble conocido como Jardín de Aclimatación de La Orotava, sito en el municipio del mismo nombre, en el sentido de añadir la delimitación gráfica y escrita, la justificación de la delimitación y la descripción del Bien en cuestión que figuran en los anexos I y II que acompañan a la presente Resolución, así como el cambio de la denominación del mismo que a partir de ahora será la de Hijuela del Botánico y la de su categoría que pasa a ser la de Jardín Histórico.

2º) Notificar la presente Resolución a la Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural del Gobierno de Canarias, y al Ayuntamiento de La Orotava, a los efectos oportunos.

3º) Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias."

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de junio de 2007.- El Director Insular de Cultura, Cristóbal de la Rosa Croissier.

A N E X O I

BIEN DE INTERÉS CULTURAL.

CATEGORÍA: Jardín Histórico.

A FAVOR DE: Hijuela del Botánico.

MUNICIPIO: La Orotava.

DELIMITACIÓN.

La delimitación propuesta coincide con los ejes de las vías que delimitan el inmueble: Hermano Apolinar, calle Tomás Pérez, calle Nicolás de Ponte y calle Linares Rivas.

JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN.

Esta delimitación se justifica por el hecho de acoger la totalidad del inmueble con el objeto de prevenir que en su interior se puedan generar impactos que afecten directamente a los valores patrimoniales propios del mismo o en su percepción visual. Al estar incluido en el Conjunto Histórico de La Orotava, se ha propuesto un entorno de protección estrictamente reducido al viario que lo circunda.

DESCRIPCIÓN.

Se trata de un espacio público ajardinado con una superficie de 3.390 m2, localizado en la trasera del Ayuntamiento de La Orotava, sobre la antigua huerta del antiguo convento clariso de San José. Su interior se articula en una serie de parterres, que adoptan formas diversas (todas ellas distintas entre sí), delimitados por pequeños muretes y entre los que discurren paseos con pavimento de tierra. Existe una charca con algunas especies vegetales acuáticas, antiguamente destinada a riego, y dependencias para almacén y aseos. Su recinto se encuentra rodeado por un muro de cerramiento de mampostería con reja y portada de forja de los últimos años del siglo XIX.

Entre las especies de mayor significación presentes en la Hijuela han de citarse las integrantes de la flora canaria, señalándose un ejemplar de Dracaena draco (drago), Arbutus canariensis (madroño), Juniperus cedros (cedro), Pinus canariensis (pino canario), Phoenix canariensis (palmera canaria), varios ejemplares de Laurus azorica (loro) y un ejemplar de Canarina canariensis (bicácaro). Asimismo, merecen citarse otros ejemplares de flora exótica, como el ejemplar de Metasequoia glyptostroboides (sequoya del alba), única especie viva de este género y originaria de China; un ejemplar de Celtis australis (almez), de gran porte y propio de regiones templadas; un ejemplar de Jubaea chilensis (palma chilena), originaria de Sudamérica y muy amenazada en su hábitat natural; el magnífico Glinkgo biloba, única especie viva del género de las Ginkgoales y con fósiles que se remontan al período Pérmico, en el Paleozoico.

Asimismo, han de citarse los ejemplares pertenecientes a diversas especies de Magnolia; el Cercis chinensis (árbol del amor o de Judea), originario de China; el Agathis robusta (árbol Kauri), originario de Australia; y el Aleurites molucana (árbol candil).

De gran interés son, igualmente, las colecciones botánicas representadas en la Hijuela, como Aráceas, Amarilidáceas, Musáceas, Araucariáceas, Cupresáceas, Palmáceas y Coníferas; mientras que en los parterres inmediatos a la verja de cerramiento están bien representadas las plantas trepadoras: Aristolochia, Wisteria y Clematis.

Ver anexos - página 17907



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