BOC - 2007/134. Jueves 5 de Julio de 2007 - 1105

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1105 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 19 de junio de 2007, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de marzo de 2007, relativo a la Adaptación Plan General de Ordenación Los Realejos al Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 5 de abril de 2004, en Adaptación parcial al PIOT de los sectores de suelo urbanizable SUBR1, SUBR4, SUBR6, SUBR19 y emisión de informe del artículo 11 del TRLOT respecto al SUB-R18.

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La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2007, adoptó Acuerdo relativo a la Adaptación Plan General de Ordenación Los Realejos al Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 5 de abril de 2004, en Adaptación parcial al PIOT de los sectores de suelo urbanizable SUBR1, SUBR4, SUBR6, SUBR19 y emisión de informe del artículo 11 del TRLOT respecto al SUB-R18.

Habiéndose detectado que dicho Acuerdo aún no ha sido publicado oficialmente, tal y como exige el punto quinto del mismo, es por lo que de acuerdo con las facultades que me atribuye la normativa vigente

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de marzo de 2007, relativo a la adaptación Plan General de Ordenación Los Realejos al Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 5 de abril de 2004, en Adaptación parcial al PIOT de los sectores de suelo urbanizable SUBR1, SUBR4, SUBR6, SUBR19 y emisión de informe del artículo 11 del TRLOT respecto al SUB-R18, cuyo texto se adjunta como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2007.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 23 de marzo de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Declarar debidamente justificadas la condición impuesta en el Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. en la sesión celebrada el día 5 de abril de 2004, respecto al Suelo Urbanizable SAPUR-R1, SAPUR-R4, SAPUR R-6 y SAPUR-R 19, del Plan General de Ordenación de Los Realejos, documento de Adaptación Básica, relativa a la adaptación parcial al PIOT.

Segundo.- Levantar la suspensión en los Sectores de Suelo Urbanizable SAPUR-R1, SAPUR-R4, SAPUR R-6 y SAPUR-R 19, del Plan General de Ordenación de Los Realejos. Documento de Adaptación Básica, al entenderse acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 5 de abril de 2004, de adaptación parcial al PIOT.

Tercero.- Aprobar definitivamente, y de forma parcial, el Plan General de Ordenación de Los Realejos (Tenerife), en los Sectores de Suelo Urbanizable SAPUR-R1, SAPUR-R4, SAPUR R-6 y SAPUR-R 19, clasificándose como Suelo Urbanizable Sectorizado No ordenado.

Cuarto.- Aprobar el informe consulta previsto en el artículo 11 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, respecto a la Modificación del Plan General de Ordenación de Los Realejos en el Sector SUB R-18 en los siguientes términos:

1. Desde el punto de vista urbanístico y de adaptación al PIOT la modificación planteada se informa favorablemente, la clasificación como suelo urbanizable y la asignación del uso global residencial del SUB R-18. No obstante, se entiende que la delimitación precisa de este sector debe ajustarse en su borde oeste en función de una corrección del trazado del nuevo viario que justifica la clasificación de tales terrenos, a fin de que el mismo tenga una pendiente más acorde a su función.

2. Se debe justificar en la documentación técnica y en el expediente que se tramite el cumplimiento de la Directriz de Ordenación General 58, respecto a la exigencia de justificación suficiente y precisa del interés general y la pérdida de los valores que justificaron la clasificación, para las revisiones puntuales del planeamiento general cuyo objeto sea la reclasificación de suelo rústico a urbano o urbanizable, así como la aplicación de lo establecido en el artículo 46 del TRLOTCENC y artículos 56, 57 y 24 del Reglamento de procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias y la Ley 9/2006, de 28 de abril, y Reglamento de procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Quinto.- El presente Acuerdo será debidamente publicado en el Boletín Oficial de Canarias y se notificará al Ayuntamiento de Los Realejos y al Cabildo Insular de Tenerife.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.



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