BOC - 2007/117. Miércoles 13 de Junio de 2007 - 2343

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

2343 - ANUNCIO de 19 de marzo de 2007, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle DET-N06-02, manzana calles Prolongación Avenida Mesa y López, Castillejos, Industrial José Sánchez Peñate y Vergara.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2007, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"III.-ÁREA DE PLANEAMIENTO, GESTIÓN URBANÍSTICA Y PATRIMONIO. SERVICIO DE PLANEAMIENTO.

1.- Aprobación definitiva, si procede, del Estudio de Detalle formulado por la sociedad Jusan Canarias, S.A., para la manzana comprendida entre las calles Prolongación Avenida Mesa y López, Castillejos, Industrial José Sánchez Peñate y Vergara, en esta ciudad.

Se dio cuenta de la propuesta del tenor literal siguiente:

"Vistos los documentos obrantes en el expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 12 de abril de 2006, se procedió a la aprobación inicial del Estudio de Detalle correspondiente a la manzana situada entre la Prolongación de la Avenida Mesa y López y las calles Industrial José Sánchez Peñate y Vergara, en esta ciudad, estableciéndose una ordenación volumétrica de ocho plantas de altura y ático para la manzana, con las siguientes condiciones a subsanarse en el documento técnico para la aprobación definitiva:

a) En el apartado 7.2 correspondiente al epígrafe "Determinaciones del Estudio de Detalle" de la Memoria, se deberá hacer mención a un retranqueo de 3 m en la planta ático con respecto a la fachada.

b) Las cifras referidas a edificabilidad habrán de ser coincidentes tanto en la documentación escrita, como en la gráfica.

c) El artículo de referencia en relación con la altura máxima de la edificación es el 8.7.8.3 correspondiente a la Ordenanza M y no el 8.7.8.P.3.

2º)El expediente se sometió al trámite de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 137, de fecha 27 de octubre de 2006 y en el periódico Canarias 7, de fecha 20 de octubre de 2006, habiendo estado expuesto en el tabón de anuncios de este Ayuntamiento, en el período comprendido entre los días 16 de octubre de 2006 al 17 de noviembre de 2006, sin que conste en el expediente la presentación de escritos de alegaciones, según informe del Servicio de Planeamiento de fecha 19 de diciembre de 2006.

3º) Este expediente estuvo afectado de la suspensión para la tramitación de instrumentos de planeamiento de desarrollo como consecuencia de no encontrarse adaptado el Plan General Municipal de Ordenación a la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices del Turismo, que cesó tras el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada con fecha 27 de septiembre de 2006 -comunicado a este Ayuntamiento el día 3 de octubre de 2006, con R.E. nº 141.478- por el que se informó la posibilidad de tramitar Estudios de Detalle en suelo urbano consolidado establecidos por el Plan General Municipal u otras disposiciones sectoriales, en contestación a la solicitud formulada por este Ayuntamiento, por no entender sujetos los Estudios de Detalle a la Disposición Transitoria 3ª de la Ley 19/2003, de la mencionada Ley.

4º) Por escrito de fecha 17 de enero de 2007 -R.E. nº 7.960-, se presentan por la sociedad promotora páginas modificadas de la Memoria del documento técnico del Estudio de Detalle, visada con fecha 12 de enero de 2007.

5º) Se emite informe por el Servicio de Planeamiento con fecha 30 de enero de 2007, en el que se recoge:

- Que la documentación presentada corrige los apartados 7.2, 7.3, 7.6 y 7.11 del Estudio de Detalle, según lo establecido en las condiciones del acuerdo de aprobación inicial, así como el apartado 7.7 para adecuar la regulación del vuelo máximo a lo previsto en el artículo 6.8.5.5 de las Normas Urbanísticas del Plan General.

- Que por el Servicio de Proyectos y Obras de este Ayuntamiento se remitió una propuesta planimétrica para el trazado de la Prolongación de la Avenida Mesa y López, que coincide con la aportada con el Estudio de Detalle, excepto pequeños ajustes en la alineación de la parcela en cuestión, que no suponen corrección del documento pero sí deberán tenerse en cuenta en el replanteo de la obra de edificación.

- Y se propone la aprobación definitiva del Estudio de Detalle.

6º) Por los Servicios Jurídicos se emite informe con fecha 31 de enero de 2007 favorable, igualmente, para el trámite de aprobación definitiva.

Vistas las disposiciones legales de aplicación, fundamentalmente:

I.- El artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, establece la competencia del Pleno Municipal para la aprobación que ponga fin a la tramitación de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, entre los que se encuentran los Estudios de Detalle.

II.- El artículo 87.2 del Reglamento de procedimientos del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, en cuanto al traslado y remisión a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, del acuerdo de aprobación definitiva y copia del expediente administrativo y del Estudio de Detalle.

III.- El artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y el artículo 70.2 -en relación con el artículo 65.2- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a su publicación a los efectos de su entrada en vigor."

Visto, asimismo, el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha 14 de febrero de 2007, el Pleno de la Corporación,

ACUERDA:

Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle formulado por la entidad mercantil Jusan Canarias, S.A., consistente en la ordenación volumétrica de la manzana comprendida en el ámbito de las calles Prolongación de la Avenida Mesa y López, Castillejos, Industrial José Sánchez Peñate y Vergara, en esta ciudad, quedando fijada la ordenación volumétrica de dicha parcela, sin variación respecto de la aprobación inicial, de la forma siguiente:

· Una edificación de ocho plantas de altura y ático.

Segundo.- Comunicar este acuerdo a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, acompañando copia del expediente administrativo y documento técnico.

Tercero.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas este acuerdo de aprobación definitiva, junto con la normativa del Estudio de Detalle, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Quinto.- Remitir copia del documento técnico de Estudio de Detalle aprobado al Consejo Cartográfico de Canarias.

Sexto.- Notificar este acuerdo en legal forma a la sociedad promotora, haciéndole saber que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas) a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artº. 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos."

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2007.- La Secretaria General, Ana María Echeandía Mota.



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