BOC - 2007/078. Jueves 19 de Abril de 2007 - 604

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

604 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 11 de abril de 2007, por la que se declaran debidamente subsanadas las observaciones enumeradas en el Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 20 de diciembre de 2006, y se hace público dicho Acuerdo.

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I. ANTECEDENTES

I.- Con fecha 20 de diciembre de 2006, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias acordó la aprobación del Plan General de Ordenación de La Orotava (Tenerife) en las áreas correspondientes a la vía de circunvalación parte Este, tramos 1 y 2 y U.A. La Luz-1, que habían sido suspendidas por Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 23 de diciembre de 2003 y la aprobación, con carácter definitivo, la Modificación puntual del Plan General de Ordenación de La Orotava (Tenerife) en el enlace de la autopista TF-5, con las carreteras TF-31, TF-217, y TF-176 y con los Caminos de Los Rechazos y del Risco Caído y en el Sector Centro Valle, así como en las inmediaciones de los campos de fútbol Quiquirá y La Luz, y en las Urbanizaciones Las Araucarias y La Dehesa.

Asimismo, se acordó que la publicación del Acuerdo se condiciona a la incorporación de los condicionantes impuestos por el Consejo Insular de Aguas en sus informes de fechas 11 de julio de 2006 y 22 de septiembre de 2006 y corroborado por informe de la Dirección General de Urbanismo.

II. Aportada la documentación por la que se subsanan las observaciones realizadas, se emite informe con fecha 9 de abril de 2007 dando por cumplido lo requerido.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Único.- De conformidad con lo preceptuado en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, la publicación del acuerdo de la C.O.T.M.A.C. se sujeta a la previa subsanación de los reparos observados en el expositivo cuarto del propio acuerdo.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar debidamente subsanadas las observaciones enumeradas en el Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 20 de diciembre de 2006, y en consecuencia, proceder a su publicación como anexo a la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de abril de 2007.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar el Plan General de Ordenación de La Orotava (Tenerife) en las áreas correspondientes a la vía de circunvalación parte Este, tramos 1 y 2 y U.A. La Luz-1, que habían sido suspendidas por Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 23 de diciembre de 2003.

Segundo.- Aprobar, con carácter definitivo, la Modificación puntual del Plan General de Ordenación de La Orotava (Tenerife) en el enlace de la autopista TF-5, con las carreteras TF-31, TF-217, y TF-176 y con los Caminos de Los Rechazos y del Risco Caído y en el Sector Centro Valle, así como en las inmediaciones de los campos de fútbol Quiquirá y La Luz, y en las Urbanizaciones Las Araucarias y La Dehesa.

Tercero.- El presente Acuerdo, una vez subsanadas las observaciones indicadas y emitido informe de conformidad por la Director General de Urbanismo, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- Remitir copia del presente Acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de La Orotava y al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre y por el Decreto 234/2005, de 27 de diciembre".- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., Ana María del Hoyo Mora.



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