BOC - 2007/068. Miércoles 4 de Abril de 2007 - 510

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

510 - ORDEN de 14 de marzo de 2007, por la que se autoriza el cambio de la denominación específica del Centro de Educación de Personas Adultas "Tejina" por "Comarca Nordeste de Tenerife".

Descargar en formato pdf

Examinado el expediente instruido a instancia de Dña. María del Carmen González Martín, Directora del C.E.P.A. "Tejina" (38011108), sito en la calle La Palmita, 4, de Tejina, San Cristóbal de La Laguna, Tenerife, creado por Decreto 309/1993, de 26 de noviembre (B.O.C. nº 156, de 10 de diciembre), que en sesión del Consejo Escolar del Centro, celebrada el día 22 de septiembre de 2006, acordó proponer como denominación específica del Centro "Comarca Nordeste de Tenerife".

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Teniendo en cuenta el acuerdo del Consejo Escolar del Centro con fecha 22 de septiembre de 2006, que por unanimidad acuerda solicitar el cambio de denominación específica del C.E.P.A. "Tejina" por el de "Comarca Nordeste de Tenerife".

Segundo.- De acuerdo con la conformidad expresada por el Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna de fecha 9 de marzo de 2007, al que se suma también el Ayuntamiento de la Villa de Tegueste, quedando patente la expansión que ha sufrido el Centro con aulas en diferentes localidades de la zona.

Tercero.- De acuerdo con la propuesta de fecha 12 de marzo de 2007 del Ilmo. Sr. Director General de Centros e Infraestructura Educativa, por la que se propone la modificación de la denominación específica del C.E.P.A. "Tejina" por el de "Comarca Nordeste de Tenerife".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- Es de aplicación por analogía a las enseñanzas impartidas y recogidas en el ordenamiento general del sistema educativo, el artículo 6.1 del Decreto 129/1998, de 6 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria (B.O.C. nº 107, de 24 de agosto).

En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 11, de 30.4.83), el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06) en su redacción actual, el Decreto 58/2005, de 20 de mayo, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 99, de 21.5.05),

D I S P O N G O:

Único.- Modificar la denominación específica del Centro de Educación de Personas Adultas "Tejina" (38011108), sito en la calle La Palmita, 4, de Tejina, San Cristóbal de La Laguna, Tenerife, por el de Centro de Educación de Personas Adultas "Comarca Nordeste de Tenerife".

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de marzo de 2007.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.



© Gobierno de Canarias