BOC - 2007/053. Miércoles 14 de Marzo de 2007 - 369

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

369 - ORDEN de 21 de febrero de 2007, por la que se aprueban las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, propuestas por el Ayuntamiento de Telde, a instancia de la empresa Aguas de Telde, Gestión Integral del Servicio, S.A., para su aplicación en dicho municipio.- Expte. CTP 22/2006-LP.

Descargar en formato pdf

Examinado el expediente tramitado en la Dirección General de Comercio para resolver la petición formulada por el M.I. Ayuntamiento de Telde, de aprobación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en dicho municipio.

Vista la propuesta del Director General de Comercio y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Con fecha 21 de noviembre de 2006, tiene entrada en este Departamento solicitud de aprobación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, propuesta por el Ayuntamiento de Telde, a instancia de la empresa Aguas de Telde, Gestión Integral del Servicio, S.A., para su aplicación en dicho municipio.

2º) En sesión celebrada el día 15 de febrero de 2007, el Grupo de Trabajo de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, elaboró el correspondiente informe, acordándose su elevación al Pleno de la citada Comisión.

3º) A la vista del informe, la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, en su sesión plenaria celebrada el mismo día 15 de febrero de 2007, dictaminó aprobar las tarifas del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de Telde, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo, que serán debidamente notificados a los interesados.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- El expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 24 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Segundo.- A este expediente le resultan de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos Territoriales 241/2003, de 11 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y 178/2003, de 23 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica de las Consejerías de Presidencia y Justicia y de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías; el Decreto 101/2006, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, y demás disposiciones de general o particular aplicación.

En uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Aprobar las tarifas de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de Telde, las cuales quedarán establecidas en las cuantías siguientes:

CONSUMO DOMÉSTICO GENERAL:


Cuota del servicio 14,65 euros

Bloques:

Hasta 8 m3 0 euros/m3

De 9 a 30 m3 1,36 euros/m3

De 31 a 45 m3 1,74 euros/m3

Más de 45 m3 2,44 euros/m3


CONSUMO DOMÉSTICO (FAMILIAS NUMEROSAS):


Cuota del servicio 0,00 euros

Bloques:

Hasta 8 m3 0 euros/m3

De 9 a 30 m3 1,36 euros/m3

Más de 30 m3 1,74 euros/m3


CONSUMO DOMÉSTICO (PENSIONISTAS):


Cuota del servicio 0,00 euros

Bloques:

Hasta 8 m3 0 euros/m3

De 9 a 30 m3 1,36 euros/m3

De 31 a 45 m3 1,74 euros/m3

Más de 45 m3 2,44 euros/m3


CONSUMO DOMÉSTICO (ASOCIACIONES DE VECINOS Y OTRAS ENTIDADES CON FINES CULTURALES, RECREATIVOS Y DEPORTIVOS):


Cuota del servicio 0,00 euros

Bloques:

Hasta 8 m3 0 euros/m3

De 9 a 30 m3 1,36 euros/m3

De 31 a 45 m3 1,74 euros/m3

Más de 45 m3 2,44 euros/m3


CONSUMO INDUSTRIAL, ORGANISMOS OFICIALES Y COMUNIDADES:


Cuota del servicio 14,65 euros

Tarifa única 1,82 euros/m3


CONSUMOS MUNICIPALES:


Cuota del servicio 14,65 euros

Dependencias 1,40 euros/m3

Parques y jardines 0,85 euros/m3


La aplicación de las tarifas se hará con carácter bimestral.

Estas tarifas surtirán efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de febrero de 2007.

LA CONSEJERA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,

María Luisa Tejedor Salguero.



© Gobierno de Canarias