BOC - 2006/232. Miércoles 29 de Noviembre de 2006 - 1619

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1619 - ORDEN de 10 de noviembre de 2006, por la que se instituyen los premios y se convoca el concurso escolar Día de Canarias: Los Contenidos Canarios en el Aula, correspondiente al curso escolar 2005/2006.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Dada la importancia que tiene la promoción, la difusión y el conocimiento de los aspectos más significativos y las singularidades de la realidad socio-cultural canaria en la formación de nuestros escolares, de forma que se identifique con los valores históricos, ambientales, sociales, etnográficos, artísticos y populares de nuestro rico patrimonio cultural canario, se ha venido fomentado, desde cursos pasados, la organización y desarrollo de actividades escolares y proyectos educativos que tienen como objetivo integrar los contenidos canarios en la planificación y programación educativa de los centros, en especial en torno a la celebración del Día de Canarias.

FUNDAMENTOS DE DERECHOS

Único.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece como objetivos de las diferentes etapas educativas el desarrollar capacidades en el alumnado de conocimiento, valoración y respeto a los aspectos básicos de la cultura, la historia y el patrimonio artístico propios (B.O.E. nº 106, de 4.5.06).

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 11, de 30.4.83), el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), de los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), corregido en el Boletín Oficial de Canarias nº 216, de 7 de octubre de 2006 y el Decreto 58/2005, de 20 de mayo, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 99, de 21.5.05).

D I S P O N G O:

Primero.- Crear los siguientes premios y convocar el concurso escolar Día de Canarias: Los Contenidos Canarios en el Aula, curso escolar 2005/2006, conforme a las bases que se establecen en el anexo I de la presente Orden.

- Educación Infantil y Primaria: un premio de mil ochocientos (1.800) euros y dos accésit de seiscientos (600) euros cada uno.

- Educación Secundaria Obligatoria: un premio de mil ochocientos (1.800) euros y un accésit de seiscientos (600) euros.

- Bachillerato, Formación Profesional Específica y Enseñanzas de Régimen Especial: un premio de mil ochocientos (1.800) euros y un accésit de seiscientos (600)euros.

Segundo.- El presente concurso escolar y los premios que se establecen tienen como objetivo incentivar el esfuerzo realizado en los centros educativos para incorporar en sus programaciones actividades referidas a los aspectos más significativos y las singularidades de la realidad socio-cultural histórico y actual de Canarias y del patrimonio natural y cultural canario, así como reconocer y difundir entre toda la comunidad escolar las experiencias más innovadoras que, año tras año, se van produciendo en cuanto a la integración de los contenidos canarios a la práctica de aula y que se ponen de manifiesto de forma destacada en torno a la celebración del Día de Canarias.

Tercero.- Los créditos consignados y reservados para financiar los premios que se establecen y se concedan, conforme a la distribución que se detalla en las citadas bases, asciende a la cantidad de 7.800,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 18.03.112A.22609.

Contra la presente Orden cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses igualmente desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de noviembre de 2006.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

A N E X O I

BASES DEL CONCURSO

Primera.- Finalidad.

Potenciar y premiar los proyectos educativos, trabajos y actividades que, en torno a los contenidos canarios y la concreción de los mismos en el currículo escolar, hayan sido desarrollados durante el curso 2005/2006, por los centros escolares públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- Destinatarios.

Podrán participar en la presente convocatoria los centros públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo a las condiciones que se establecen en las siguientes bases.

Tercera.- Premios.

Se podrán conceder los siguientes premios que serán concedidos a los centros escolares seleccionados de acuerdo con las siguientes categorías:

a) Educación Infantil y Primaria: un premio de mil ochocientos (1.800) euros y dos accésit de seiscientos (600) euros cada uno, en total mil doscientos (1.200)euros.

b) Educación Secundaria Obligatoria: un premio de mil ochocientos (1.800) euros y un accésit de seiscientos (600) euros.

c) Bachillerato, Formación Profesional Específica y Enseñanzas de Régimen Especial: un premio de mil ochocientos (1.800) euros y un accésit de seiscientos (600) euros.

Cuarta.- Características de los trabajos.

Los proyectos, programas de actividades y trabajos podrán versar sobre temáticas libres si bien deberán estar orientados a la consecución del objetivo curricular de propiciar y potenciar el conocimiento de las especificidades y singularidades de la realidad socio-cultural histórica y actual de Canarias así como el conocimiento, respeto y conservación del patrimonio natural y cultural canario.

Quinta.- Plazo de presentación.

El plazo para participar en el concurso abarcará desde la publicación oficial de la presente Orden hasta el 5 de diciembre de 2006. No será admitido ningún trabajo que no sea presentado en el plazo y lugares establecidos en esta convocatoria, quedando excluido el mismo del presente concurso.

Sexta.- Lugar de presentación.

La solicitud de participación junto con la documentación indicada en estas bases así como los proyectos y trabajos, serán presentados en los Registros del Centro del Profesorado al que esté adscrito el centro educativo.

Séptima.- Documentación.

Los centros deberán presentar y cumplimentar la documentación que a continuación se relaciona, conforme a los modelos y fichas que, en su caso, se especifica en el anexo II a estas bases:

1. Solicitud de participación.

2. Programa de actividades desarrolladas durante el presente curso 2005/2006.

3. Memoria-Evaluación del desarrollo de dicho programa.

4. Documentación complementaria que -voluntariamente- se considere oportuno añadir por el centro docente: presentación en formato powerpoint que contenga el desarrollo del proyecto, reportaje fotográfico y/o vídeo (duración máxima de 15 minutos) mostrando los aspectos más significativos del trabajo desarrollado, etc.

Octava.- Jurado.

1. Para la valoración y propuesta de concesión de los premios se constituirá un Jurado presidido por la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa o persona en quien delegue, que actuará como Presidenta y formado por los siguientes miembros:

- La coordinadora de Programas de Innovación Educativa.

- Los coordinadores del Programa de Innovación Educativa de Contenidos Canarios en el Aula.

- Una asesoría de un Centro del Profesorado designada por la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa.

- Un funcionario/a de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, que actuará como secretario/a, con voz pero sin voto.

2. El Jurado emitirá su fallo en forma de propuesta de concesión de los premios en las distintas modalidades y categorías que se convocan antes del 30 de diciembre de 2006, elevándola al Consejero de Educación, Cultura y Deportes para su definitiva resolución y concesión.

El Jurado podrá declarar desiertos los premios si, a su juicio, los proyectos y trabajos presentados no reunieran méritos suficientes para ello, pudiendo en este supuesto proponer su adjudicación y dotación en forma de accésit.

Novena.- Criterios de valoración.

El Jurado valorará los proyectos, experiencias y trabajos presentados atendiendo a los siguientes criterios:

a) Consideración explícita del programa de actividades en torno a contenidos canarios, dentro de la Programación General Anual del Centro (se acreditará mediante fotocopia parcial del Plan del Centro).

b) Carácter globalizador e interdisciplinar del programa o de las actividades desarrolladas.

c) Tratamiento de las singularidades y especificidades de la realidad socio-cultural histórica o actual de Canarias y su proyección en el contexto de las relaciones y flujos internacionales.

d) Realización de actividades en el aula como parte del trabajo habitual en la misma.

e) Grado de implicación del profesorado y alumnado en la realización directa de las actividades.

f) Manifiesto carácter de rescate y conservación o mejora de elementos del patrimonio (culturales, naturales, etc.), en peligro de desaparición.

g) Elaboración de materiales didácticos (acreditada incorporando los materiales elaborados en la memoria).

h) Grado de implicación de personas del entorno (familiares, vecinos, instituciones) en la realización directa de las actividades: se considerará a partir de la relación nominal de personas e instituciones que participan reflejadas en la ficha que aportamos en el anexo.

i) Grado de proyección e incidencia de las actividades sobre la comunidad social cercana al centro.

j) Duración de las actividades.

Décima.- Abono de los premios.

1. La dotación económica de los premios y accésit, en su caso, será abonada en pagos únicos a través de libramientos extraordinarios a los centros docentes premiados, debiendo éstos a su vez proceder al abono de los premios correspondientes al alumnado concursante en su caso y aplicar el correspondiente a los centros docentes con carácter finalista para su utilización en material didáctico o en actividades o proyectos de promoción, difusión e integración escolar de los denominados contenidos canarios durante el curso escolar 2006/2007, previo conocimiento y autorización del Consejo Escolar del Centro.

2. Los centros docentes deberán justificar la correcta aplicación de los premios recibidos, remitiendo, antes del 30 de junio de 2007, certificación del Consejo Escolar, acreditativa de la correcta aplicación de los fondos recibidos, según modelo que se señala en el anexo III de esta Orden.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación (B.O.C. nº 162, de 17 de diciembre), al tener dichos fondos carácter finalista su no aplicación al destino y finalidad para la que fueron concedidos dará lugar a su reintegro y devolución.

Undécima.- Resolución de la convocatoria.

La resolución del presente concurso escolar se realizará mediante Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deportes que se dictará dentro del plazo de los quince días siguientes a la propuesta de concesión del Jurado establecida en la base octava y en todo caso antes del 30 de diciembre de 2006, ordenándose su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Duodécima.- Difusión y divulgación.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes se reserva el derecho de reproducir, publicar y distribuir en los centros educativos de esta Comunidad Autónoma y del Estado los proyectos y obras premiadas durante un plazo de cinco años, sin que los autores y autoras tengan derecho a retribución alguna diferente de la dotación del premio obtenido.

El derecho de uso, exclusivamente en centros educativos, podrá ser autorizado por esta Consejería a otras Administraciones Públicas educativas españolas.

Los trabajos no premiados podrán ser retirados por sus autores en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del fallo del concurso.

Decimotercera.- Base final.

La participación en el presente concurso presupone la aceptación incondicional de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma, no siendo apelable el fallo del jurado.

Ver anexos - páginas 27504-27506



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