BOC - 2006/204. Jueves 19 de Octubre de 2006 - 3847

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife)

3847 - ANUNCIO de 27 de abril de 2005, relativo a la aprobación definitiva del Proyecto de Plan Parcial para el desarrollo del Sector de Suelo Urbanizable Geneto 10.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de abril de 2005, adoptó el siguiente acuerdo:

"Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Plan Parcial presentado por la Unión Temporal de Empresas Promotora Acego, S.A.-Casas del Torreón, S.L. para el desarrollo del Sector de Suelo Urbanizable Geneto 10.

Segundo.- Admitir la iniciativa formulada por la Unión Temporal de Empresas "Promotora Acego, S.A.-Casas del Torreón, S.L.", en su calidad de entidad que agrupa a la totalidad de los titulares de los terrenos incluidos en el Sector de Suelo Urbanizable Geneto 10 cuyo Plan Parcial se encuentra aprobado provisionalmente, estableciendo el sistema de ejecución por concierto.

Tercero.- Aprobar la propuesta de Convenio Urbanístico de Gestión Concertada a suscribir entre el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna y la Unión Temporal de Empresas Acego-Casas del Torreón, S.L., en virtud del cual se regirá la gestión y ejecución del Sector de Suelo Urbanizable Geneto 10 cuyo texto se transcribe en la parte expositiva de este acuerdo.

Cuarto.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de los terrenos incluidos en el referido SUR GE-10, presentado por la U.T.E. Promotora Acego, S.A.-Casas del Torreón, S.L., que deberá ejecutarse bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales y la Empresa Teidagua, cumplimentando las condiciones que a continuación se señalan:

Red de abastecimiento:

Se instalará una red ¿ 300 mm F.D. por el vial norte de la urbanización o el SGRV-18 según el Plan de Ordenación Urbana.

Por el vial sur quedará instalada una red ¿ 125 mm F.D. tal como se refleja en planos y conectada a la de 300 mm con un diámetro de 100 mm F.D. (en los planos aparece una red de 90 mm). Por las aceras de estos viales, se instalará una red de ¿ 63 mm PE-16 Atm. realizando el cruce con el mismo diámetro, quedando registrados dichos cruces mediante válvulas de corte y registradas las acometidas de cada parcela.

Por los peatonales públicos se instalará una red de P.E. 63 mm-l6 Atm.

Las bocas de incendio o hidrantes quedarán instaladas de tal manera que ningún punto dentro de la urbanización quede desprotegido a más de 100 m, éstos se conectarán a la red principal.

Red de saneamiento:

Se instalará por el vial sur una red separativa pluviales de residuales de 315 PVC (color teja) quedando instalados los pozos de registro e imbornales a una distancia máxima de 50 m y en cada intersección de calle.

Por el vial norte se instalará una red de pluviales de 315 PVC para recoger las aguas que se originen en las calles y que tengan pendiente a éste.

Se tendrá en cuenta y así se refleja en el proyecto que todas las aguas residuales son enviadas al vial sur.

Por las aceras quedará instalada una red de 200 PVC para la recogida de aguas de cada vivienda o edificación y registrando cada salida mediante arquetas de 40 x 40 cm.

Alumbrado público:

En el replanteo y durante la ejecución de estas instalaciones, y con el fin de evitar posibles problemas a la hora de la recepción de las obras se deberá contactar con el Servicio de Gestión Urbanística para que supervise las obras.

Se deberá tramitar el proyecto técnico específico de alumbrado ante la Consejería de Industria para su autorización así como en el Instituto de Astrofísica de Canarias.

La instalación deberá ser ejecutada por instalador autorizado y en cumplimiento del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias (Decreto 2.413/1973, de 20 de septiembre, y Real Decreto 2.295/1985, de 9 de octubre).

Se hace constar que, una vez ejecutadas las instalaciones de alumbrado público, se deberá tramitar el boletín de la instalación eléctrica (debidamente diligenciado en la Consejería de Industria) en la compañía suministradora, contratación del suministro, si fuese necesario. Los gastos que se ocasionen en la tramitación del expediente correrán a cargo del promotor.

Quinto.- El promotor debe colocar en la obra un cartel, -que le será facilitado en las Dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo- visible desde la vía pública e indicativo del número y fecha del Acuerdo de aprobación del Proyecto de Urbanización. A dicho cartel se le sacará una foto que se entregará en esta Administración, para su archivo en el expediente.

Sexto.- Requerir al promotor para que deposite fianza por importe de ciento sesenta mil seiscientos sesenta y siete euros con cinco céntimos (160.667,05 euros), como garantía en la ejecución de las obras de urbanización. El depósito de la fianza debe hacerse efectivo en la Tesorería Municipal, y debe presentar copia justificativa del mismo en la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial de la Provincia.

Octavo.- Notificar individualmente el presente acuerdo a los propietarios afectados y comunicar el mismo a los Servicios a los que les compete.

Noveno.- Dar cuenta a la Comisión Informativa correspondiente en la primera sesión que celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 126.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales."

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del mismo, o bien, podrá impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente a esta notificación, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.

La Laguna, a 27 de abril de 2005.- El Consejero Director, Francisco Gutiérrez García.



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