BOC - 2006/195. Jueves 5 de Octubre de 2006 - 1325

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1325 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 29 de septiembre de 2006, por la que se anuncia convocatoria de selección de personal, para la contratación laboral temporal de un Conductor.

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Vista la solicitud de jubilación voluntaria anticipada formulada por el trabajador que ocupa el puesto de trabajo 19225 Conductor, de la relación de puestos de trabajo de esta Consejería, modificada por el Decreto 217/2005, de 24 de noviembre (B.O.C. nº 244, de 15 de diciembre).

Considerando lo establecido en el artículo 30 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias y en el Real Decreto 1.194/1985, de 17 de julio, relativo a normas sobre anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento del empleo, entre las que figura la rebaja de la edad mínima de sesenta y cinco años, que se exige con carácter general en el Sistema de la Seguridad Social para causar derecho a la pensión de jubilación, a los sesenta y cuatro años, para los trabajadores por cuenta ajena cuyas empresas los sustituyan, simultáneamente a su cese por jubilación, por otros trabajadores, en las condiciones previstas en dicho Real Decreto.

Vistos los informes emitidos por la Dirección General de la Función Pública, la Dirección General de Planificación y Presupuesto y la Dirección General del Servicio Jurídico.

En uso de las facultades que me confiere el artículo 13.b) del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (B.O.C. nº 170, de 29 de diciembre),

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar procedimiento selectivo, mediante oposición, para la cobertura, en régimen laboral temporal, de la plaza de la vigente relación de puestos de trabajo de esta Consejería que a continuación se expresa:

CENTRO DIRECTIVO: Secretaría General Técnica.

UNIDAD: Servicio de Asuntos Generales.

Nº DEL PUESTO: 19225.

DENOMINACIÓN: Conductor.

GRUPO: IV.

FUNCIONES: las propias de su categoría, según Convenio.

CLASE DE VÍNCULO: personal laboral.

LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: 7.60 (Santa Cruz de Tenerife).

Segundo.- Al contrato laboral temporal que se celebre con la persona que resulte seleccionada y a la situación jurídica originada por el mismo, incluido el período de prueba, le será de aplicación la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1.194/1985, de 17 de julio, relativo a acomodación de normas sobre anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento del empleo (B.O.E. de 20 de julio); el Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, en materia de contratos de duración determinada (B.O.E. de 8.1.99) y las demás disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.

Tercero.- El contrato laboral se formalizará en los términos del artículo 3 del Real Decreto 1.194/1985, de 17 de julio, ya que tiene por objeto la sustitución del trabajador que se jubila anticipadamente a los sesenta y cuatro años, y al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, y conforme a los procedimientos de selección y provisión establecidos en el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarto.- La persona que, conforme a lo previsto en esta convocatoria, se contrate, quedará sometida al período de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo, siempre y cuando no haya prestado servicio con la misma categoría en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso queda exenta del mismo según establece el artículo 14.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, cuyo Texto Refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Quinto.- El procedimiento selectivo y la provisión del puesto objeto de esta convocatoria, se realizarán de conformidad con lo previsto en las bases que se anexan a esta resolución.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en el artículo 8.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría General Técnica, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que tenga lugar su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de septiembre de 2006.- La Secretaria General Técnica, María Jesús Ibarria Martín.

A N E X O

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA

Primera.- Requisitos de los participantes.

Para poder participar en el procedimiento selectivo, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán ser admitidos el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. La anterior condición será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

Así mismo, podrán participar, en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, los extranjeros residentes en España con permiso de trabajo.

b) Haber cumplido la edad de dieciocho años.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

e) Estar inscrito como desempleado en el Servicio Canario de Empleo y en poder de la tarjeta de demandante de empleo.

f) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

Segunda.- Presentación de solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán dirigir su solicitud a esta Consejería, en instancia cuyo modelo figura en el anexo I, y presentarla conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en las dependencias de los Cabildos Insulares, según establece el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley 30/1992, y al artículo 4 del Decreto 100/1985 en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la resolución por la que se convoca el procedimiento selectivo.

Tercera.- Lista de admitidos y excluidos.

Dentro de los cinco días siguientes al de terminación del plazo de presentación de instancias, se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (planta cuarta del Edificio de Usos Múltiples II de Santa Cruz de Tenerife, sito en la Avenida José Manuel Guimerá, s/n) la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de errores, conforme a lo dispuesto en el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dentro de los cinco días siguientes a este último plazo, se publicará en el tablón de anuncios señalado anteriormente la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, estableciéndose el lugar, día y hora de celebración de las pruebas, a las que comparecerán los aspirantes provistos de su D.N.I. o pasaporte y del permiso de conducción.

Cuarta.- Acreditación de requisitos.

A) Los requisitos expresados en la base primera se acreditarán adjuntando a la solicitud de participación en el concurso:

- Los referidos en los apartados a) y b), fotocopia cotejada del D.N.I. Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán presentar una fotocopia cotejada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar residente comunitario en vigor, o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de Noruega o Islandia que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en todo caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los extranjeros residentes en España, a los que no les sea de aplicación lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, deberán acreditar encontrarse en posesión del correspondiente permiso de residencia y trabajo.

- Los referidos en los apartados c), d) y e) mediante documentación original o fotocopia cotejada de la misma correspondiente a cada uno de los documentos.

- El referido en el apartado f), mediante declaración responsable del interesado, según anexo II, con independencia de que, quienes resulten seleccionados deban presentar, cuando se les requiera, el correspondiente certificado médico oficial.

B) Todos los requisitos enumerados deberán poseerse al tiempo de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deben mantenerse en el momento de la firma del contrato correspondiente, justificándose mediante la presentación de fotocopias cotejadas de las mismas.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal está compuesto por los siguientes miembros:

Presidente:

Titular: Dña. Marta Rosa Ferreira Domínguez, del Cuerpo Superior Facultativo de Administradores, Escala de Administradores Generales.

Suplente: Dña. Candelaria Artengo Rufino, del Cuerpo Administrativo.

Vocal- Secretario: en representación de la Dirección General de la Función Pública.

Titular: Dña. Celia Olga Suárez Estévez, del Cuerpo de Gestión.

Suplente: D. Vicente González Corvo, del Cuerpo de Gestión.

Vocal:

Titular: D. Juan Víctor Jiménez Lorenzo, personal laboral, Grupo III, Técnico Administrativo.

Suplente: Dña. Ruth Dionis Álvarez, funcionaria, Grupo C, del Cuerpo Administrativo.

A propuesta del Comité de Empresa.

Vocal:

Titular: D. Antonio Jesús Delgado Tejera, personal laboral, Grupo IV, Conductor-Subalterno.

Suplente: D. Ramón Sotero Chávez Abrante, personal laboral, Grupo IV, Oficial 1ª.

Vocal:

Titular: D. Andrés Baute Fernández, personal laboral, Grupo IV, Conductor.

Suplente: D. Benigno Acosta García, personal laboral, Grupo III, Encargado de Almacén.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos su Presidente, su Secretario y uno de los vocales, debiendo adoptar sus acuerdos por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estén incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que correspondan según la normativa vigente en el momento de celebración del proceso selectivo. El máximo de asistencias a percibir será de diez, siendo su categoría la cuarta a tenor de lo establecido en el artículo 38 del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones del Servicio.

La Secretaría General Técnica del Departamento podrá designar el personal necesario para colaborar en las tareas extraordinarias de carácter administrativo precisas para el desarrollo del procedimiento selectivo, que percibirá las indemnizaciones por razón del servicio que le correspondan.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

Sexta.- Desarrollo del sistema selectivo.

La selección se realizará por el sistema de oposición, que constará a su vez de dos pruebas, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

La primera prueba consistirá en responder a un cuestionario tipo test de 20 preguntas relacionadas con el temario que figura en el anexo III, con un valor por cada pregunta de 0,25 puntos, a desarrollar en el tiempo máximo de 30 minutos. Las preguntas contestadas erróneamente serán penalizadas con una disminución en 0,125 puntos por cada una de ellas.

La segunda prueba consistirá en la realización de un supuesto práctico sobre conducción, cuyas condiciones serán determinadas por el Tribunal Calificador.

La puntuación máxima a alcanzar en cada una de las pruebas será de 5 puntos. Quienes no alcancen en cada prueba una puntuación mínima de 2,50 puntos quedarán eliminados del proceso selectivo.

Séptima.- Actas del Tribunal.

Por el Secretario del Tribunal se levantará acta de cada sesión, que firmarán los miembros que a la misma asistan, haciéndose constar, en su caso, los aspirantes presentados y las calificaciones obtenidas, así como las incidencias que pudieran darse durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

Finalizados los ejercicios, el Tribunal deberá formular la correspondiente propuesta de contratación a favor del aspirante que, habiendo superado las dos pruebas, haya obtenido la mayor puntuación, una vez sumadas las alcanzadas en cada prueba, remitiéndose el expediente a la Secretaría General Técnica del Departamento.

Octava.- Publicación de la propuesta de contratación.

Por el Secretario del Tribunal se extenderá certificación en la que se relacionarán los aspirantes presentados con las calificaciones alcanzadas en cada ejercicio y, en su caso, las finales, señalando igualmente la correspondiente propuesta de contratación, que deberá publicarse en el tablón de anuncios a que se refiere la base tercera, lo que servirá de emplazamiento a la persona seleccionada para que presente, en los términos que en la misma se señalen, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, la documentación que a continuación se indica:

- Certificado Médico Oficial, en el que conste que no padece enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

- Cartilla de afiliación a la Seguridad Social, siempre que esté afiliado a la misma.

- Declaración a efectos del cumplimiento de la normativa sobre incompatibilidades.

- Documento de alta a terceros.

El aspirante seleccionado quedará decaído en su derecho, si no presenta dicha documentación en el plazo antes referido, y la Administración efectuará llamamientos sucesivos, por orden de puntuación, a los siguientes aspirantes que hayan superado los dos ejercicios de que constan las pruebas del proceso de selección, en el caso de no formalizarse el contrato de trabajo de aquél.

Ver anexos - páginas 21945-21946

A N E X O I I I

TEMARIO CONDUCTOR

Tema 1.- Normas generales de comportamiento en la circulación: señalización de obstáculos o peligros; prevención de incendios; emisión de perturbaciones y contaminantes; control del vehículo; visibilidad en el vehículo y; otras obligaciones.

Tema 2.- Utilización de los carriles: en calzadas con doble sentido de circulación; carriles reversibles; carriles de utilización en sentido contrario al habitual; carriles adicionales de circulación.

Tema 3.- Límite de velocidad: adecuación de la velocidad a las circunstancias; moderación de la velocidad; casos, velocidades máxima y mínima. Reducción de velocidad y distancias entre vehículos.

Tema 4.- Normas de prioridad en las intersecciones: intersecciones señalizadas, intersecciones sin señalizar; normas generales.

Tema 5.- Normas de comportamiento de los conductores respecto de los usuarios, peatones y animales.

Tema 6.- Adelantamiento: normas generales; ejecución; adelantamiento por la izquierda; vehículo adelantando; prohibiciones; supuestos especiales.

Tema 7.- Paradas y estacionamiento: lugar, modo y forma de ejecución: lugares prohibidos.

Tema 8.- Prevención de riesgos laborales.

Tema 9.- Protocolo y cortesía.



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