BOC - 2005/214. Miércoles 2 de Noviembre de 2005 - 1480

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1480 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Resolución de 27 de octubre de 2005, del Director Ejecutivo, por la que se crean y regulan los ficheros automatizados BADAPMUN, BADAPMUN-DATOS ESPECIALES, APMUN-RESOLUCIONES, APMUN-PERSONAL, APMUN-AGENDA, APMUN-VENTANILLA-ÚNICA, APMUN-SUGERENCIAS y APMUN-VISITA.

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ANTECEDENTES

I

El Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, aprobó el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias, estableciendo en su artº. 229 que la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural es un Organismo Público de naturaleza consorcial para el desarrollo común por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y las administraciones insulares y municipales consorciadas, de la actividad de inspección y sanción en materia medioambiental y de ordenación de los recursos naturales, territoriales y urbanísticos, así como la asistencia a dichas administraciones en tales materias y el desempeño de cuantas otras les encomiende el propio Texto Refundido o le sean expresamente atribuidas.

II

Dado el ingente volumen de información gestionada por este Organismo y para una optimización de los recursos disponibles se ha entendido necesaria la creación y o informatización de distintos registros y bases de datos de la información que se maneja por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural; que redundará en un mejor control y seguimiento de las competencias atribuidas a la misma, optimizando las labores de la inspección, gestión administrativa, certificación y elaboración de estadísticas e informes sobre la evolución del territorio y el Medio Ambiente, así como una mayor seguridad de sus instalaciones

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.

II

El artículo 19, del Decreto 189/2001, de 15 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, atribuye al Director Ejecutivo, entre otras competencias, la representación ordinaria de la Agencia, la dirección de todos los servicios de la Agencia, la organización de los servicios administrativos de la Agencia y la de ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los actos y acuerdos de la Agencia.

Por lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar los ficheros de datos de nueva creación que se relacionan:

Fichero: BADAPMUN.

· Usos y fines previstos:

Fichero correspondiente a la base de datos vinculada al aplicativo informático de gestión de expedientes de infracción, sancionadores y de restablecimiento cuya competencia esté atribuida a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural. Redundará en un mejor control y seguimiento de la indisciplina urbanística y Medioambiental, optimizando las labores de la instrucción, gestión administrativa, certificación y elaboración de estadísticas e informes sobre la evolución del territorio y el Medio Ambiente.

· Procedimiento de recogida de datos:

Denuncias de particulares, denuncias de otras administraciones, denuncias de los Agentes de Medio Ambiente, informes técnicos emitidos por el personal de la APMUN, denuncias e indagatorias remitidas por los agentes del SEPRONA, policía local, alegaciones presentadas por los interesados y pruebas que se practiquen.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Cualquier persona física o jurídica que resulte responsable de una infracción urbanística o medioambiental.

·Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Descripción de la infracción urbanística o medioambiental de la que resulte responsable la persona afectada. Coordenadas geográficas de la situación de la infracción. Filiación, D.N.I., dirección y teléfono del responsable, y cualquier otro interviniente en el procedimiento. Características de la infracción. Licencias, permisos y autorizaciones con las que cuente. Fotografías de la infracción y mapa de situación.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

A Administraciones Locales o Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias, Registradores de la Propiedad, Órganos Jurisdiccionales

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Medio.

Fichero: BADAPMUN-DATOS ESPECIALES

· Usos y fines previstos:

Fichero correspondiente al base de datos vinculada al aplicativo informático de gestión de expedientes de infracción, sancionadores y de restablecimiento cuya competencia esté atribuida a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el que debido a la especial naturaleza de los datos adicionales recogidos dentro de un expediente concreto sea necesario, para prever situaciones especiales durante la tramitación del expediente, un mayor nivel de protección de la información. Redundará en un mejor control y seguimiento de la indisciplina urbanística y medioambiental, optimizando las labores de la instrucción, gestión administrativa, certificación y elaboración de estadísticas e informes sobre la evolución del territorio y el Medio Ambiente.

· Procedimiento de recogida de datos:

Denuncias de particulares, denuncias de otras administraciones, denuncias de los Agentes de Medio Ambiente, informes técnicos emitidos por el personal de la APMUN, denuncias e indagatorias remitidas por los agentes del SEPRONA, policía local, alegaciones presentadas por los interesados y pruebas que se practiquen, actas de constancia elaboradas por inspectores o a agentes de la Autoridad.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Cualquier persona física o jurídica que resulte responsable de una infracción urbanística o medioambiental.

· Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Filiación, D.N.I., dirección y teléfono del responsable, y cualquier otro interviniente en el procedimiento, así como cualesquiera otras circunstancias personales que se aporten al expediente: nivel de rentas, restado de salud, nacionalidad u origen racial o étnico, descripción de infracciones administrativas o penales anteriores u alternas, firma o huella, licencias penitenciarias, formación, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales, puesto de trabajo, datos no económicos de nómina, historial del trabajador, actividades y negocios, licencias comerciales, seguros, hipotecas, subsidios y ayudas, compensaciones e indemnizaciones.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

Órganos Jurisdiccionales, Ministerio Fiscal.

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Alto.

Fichero: APMUN-RESOLUCIONES.

· Usos y fines previstos:

Fichero correspondiente al base de datos de todas las Resoluciones Administrativas emanadas de los órganos de la APMUN. Redundará en un mejor control y seguimiento de la indisciplina urbanística y medioambiental, optimizando la gestión administrativa, certificación y elaboración de estadísticas e informes sobre la actividad administrativa del Organismo.

· Procedimiento de recogida de datos:

Denuncias de particulares, denuncias de otras administraciones, denuncias de los Agentes de Medio Ambiente, informes técnicos emitidos por el personal de la APMUN, denuncias e indagatorias remitidas por los agentes del SEPRONA, policía local, alegaciones presentadas por los interesados y pruebas que se practiquen, información aportada por particulares.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Cualquier persona física o jurídica que resulte responsable de una infracción urbanística o medioambiental. Cualquier persona física o jurídica que se relacione en el tráfico jurídico con la APMUN.

· Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Resoluciones emanadas de los órganos competentes de la Agencia, que recogerán: descripción de la infracción urbanística o medioambiental de la que resulte responsable la persona afectada. Coordenadas geográficas de la situación de la infracción. Filiación, D.N.I. o C.I.F., dirección y teléfono del responsable, y cualquier otro interviniente en un procedimiento, cualquiera que sea su naturaleza tramitado por la APMUN. Características de la infracción. Licencias, permisos y autorizaciones. Fotografías de la infracción y mapa de situación. Pruebas practicadas. Sanción impuesta. Cualesquiera otra información aportada por persona física o jurídica que se relacione en el tráfico jurídico con la APMUN.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

A Administraciones Locales o Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias, Registradores de la Propiedad, Órganos Jurisdiccionales.

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Medio.

Fichero: APMUN-PERSONAL.

· Usos y fines previstos:

Fichero correspondiente la base de datos de los asuntos relacionados con los recursos humanos que prestas servicio en la APMUN, a través de los aplicativos de sistema: SIRHUS, NEDAES y Control Horario, que suponen la gestión de los expedientes del personal funcionario y laboral. Gestión de Personal, gestión de nóminas, formación de personal, acción social a favor del personal la APMUN, promoción y selección de personal, oposiciones y concursos, control horario, control de incompatibilidades.

· Procedimiento de recogida de datos:

Información aportada por el interesado o representante legal, por cualquier Administración pública.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Personal funcionario y laboral con destino y puesto de trabajo en la APMUN.

· Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Filiación, D.N.I., dirección y teléfono, firma y huella digital, imagen, número de registro de personal, estado civil, datos de la familia, sexo, edad, formación, experiencia profesional, cuerpo o escala, categoría profesional, datos no económicos de nómina, datos bancarios, datos económicos de nómina, subsidios, beneficios.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

A Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, Órganos Jurisdiccionales.

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Alto.

Fichero: APMUN-AGENDA.

· Usos y fines previstos:

Fichero correspondiente la base de datos generales de agenda para la administración de los contactos de la APMUN.

· Procedimiento de recogida de datos:

Información aportada por el interesado o representante legal, por cualquier administración pública.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Cualquier persona física o jurídica que pueda entrar en contacto, cualesquiera que sean los motivos con la APMUN.

· Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Nombre y apellidos, razón social, dirección, teléfono, correo electrónico, página WEB, fecha de nacimiento, puesto de trabajo, actividad o negocio.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

No se prevén, salvo requerimiento de órgano jurisdiccional.

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Básico.

Fichero: APMUN-VENTANILLA ÚNICA.

· Usos y fines previstos:

Fichero correspondiente la base de datos de registro de entrada y salida de documentos a través de la "ventanilla única" de la APMUN.

· Procedimiento de recogida de datos:

Información o documentación aportada por el interesado o representante legal, otra administración pública, o remitida por cualquiera de los servicios de la agencia a un tercero u otra administración pública.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Cualquier persona física o jurídica que aporte en el registro de entrada de la APMUN cualquier tipo de documentación o solicitud, así como documentación remitida por otra Administración pública. Cualquier persona física o jurídica a la que se remita a través del registro de salida de la APMUN cualquier tipo de documentación o requerimiento, así como documentación remitida a otra Administración pública.

· Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Nombre y apellidos, razón social, dirección, teléfono, correo electrónico, anotación del asunto sobre el que verse la documentación remitida o que se reciba.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

Inspección General de Servicios del Gobierno de Canarias, Excepcionalmente órganos jurisdiccionales.

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Medio.

Fichero: APMUN- SUGERENCIAS.

· Usos y fines previstos:

Sugerencias y reclamaciones recibidas a través de la WEB del Gobierno de Canarias o recogidas en la "ventanilla única" de la APMUN.

· Procedimiento de recogida de datos:

Información o documentación aportada por el interesado o representante legal, otra administración pública, a través del registro de entrada o por vía telemática.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Cualquier persona física o jurídica que aporte en el registro de entrada de la APMUN cualquier tipo de sugerencia o reclamación.

· Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Nombre y apellidos, razón social, dirección, teléfono, correo electrónico, anotación del asunto sobre el que verse la reclamación o sugerencia.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

Inspección General de Servicios del Gobierno de Canarias, Excepcionalmente órganos jurisdiccionales.

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Medio.

Fichero: APMUN- VISITA.

· Usos y fines previstos:

Llevar un registro de las personas que visiten las instalaciones de la APMUN a través del control de seguridad de acceso físico.

· Procedimiento de recogida de datos:

Anotación del nombre, apellidos y D.N.I. del visitante previa solicitud de exhibición de documentación que la acredite. Video grabación a través de las cámaras de seguridad.

· Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal:

Cualquier persona física que pretenda acceder a las instalaciones y oficinas de la APMUN.

· Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Nombre y apellidos, D.N.I.

· Cesiones de datos que en su caso se prevean

Inspección General de Servicios del Gobierno de Canarias, Excepcionalmente órganos jurisdiccionales.

· Órgano de la Administración Responsable del Fichero

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Servicios o Unidades ante los que se puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación y anulación.

Oficinas y dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Nivel de medidas de Seguridad:

Básico.

Segundo.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de octubre de 2005.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.



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